Acuerdo único por el que se establece el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en 18 municipios conurbados del Estado de México, de la Zona Metropolitana del Valle de México

Página 2 27 de diciembre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
ACUERDO ÚNICO. POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA PARA CONTINGENCIAS AMBIENTALES
ATMOSFÉRICAS EN 18 MUNICIPIOS CONURBADOS DEL ESTADO DE MÉXICO, DE LA ZONA
METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO.
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Lic. Raúl Vargas Herrera, Secretario del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México, con fundamento en los
artículos 4 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 18 y 78 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México; 7 fracciones I, II, III, XIII, XX y XXI, 112 fracciones V, VII, X, XI y XII y
113 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 3, 15, 19 fracción XVII, 32 bis fracciones I,
III, VII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.1, 1.2 fracción I, IV, 1.5, 1.6
fracciones I, IX, XII; 2.1, 2.2, 2.8 fracciones I, II, XI, XXVIII , 2.140, 2.141, 2.142, 2.143, 2.146 fracciones I y III, 2.147,
2.149, 2.197, 2.198, 2.199, 2.200 del Código para la Biodiversidad del Estado de México; 1, 251, 252, 297 del
Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México; 5 y 6 fracciones I, IV, VII, X y
XIII del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente; y
CONSIDERANDO
Que el 3 de octubre del 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Convenio de Coordinació n por el que
se crea la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe)”, cuyo objeto es constituir la Comisión como un órgano de
coordinación para llevar a cabo, entre otras acciones, la planeación y ejecución de acciones en materia de protección
al ambiente, de preservación y restauración del equilibrio ecológico en la zona, conformada por los órganos políticos
administrativos desconcentrados del Distrito Federal, así como los municipios de los Estados de Hidalgo, México,
Morelos, Puebla y Tlaxcala.
Que el 19 de diciembre de 2013, se publicó en el Periódico Of icial “Gaceta del Gobierno”, la Ley de Cambio Climático
del Estado de México, que en su artículo 10, crea al Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático (IEECC), como
un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría del
Medio Ambiente.
Que el 19 de diciembre de 2014, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Reglamento Interno del
Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático del Gobierno del Estado de México (IEECC).
Que la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México a través del Instituto Estatal de Energía y
Cambio Climático, está facultado para establecer coordinadamente, con las autoridades competentes de la
administración pública local y federal, la aplicación del Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas.
Que con fecha 1° de julio de 2016, fue publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Acuerdo por el que
se establece el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas, en 18 municipios conurbados del Estado de
México de la Zona Metropolitana del Valle de México.
Que la actualización y modernización de este tipo de programas, fortalece el marco de políticas y estrategias para la
ejecución de medidas tendientes a abatir el deterioro ambiental en el Estado de México, disminuir la contaminación
atmosférica y proteger la salud de los habitantes.
Que la participación coordinada de las dependencias federales, estatales, de los 18 municipios conurbados del
Estado de México y las 16 delegacionales políticas de la Ciudad de México, así como la sociedad y los propietarios de
vehículos automotores, así como de las industrias, comercios, servicios que intervienen en la aplicación del Programa

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