Acuerdo de Supresión del Sistema de Datos Personales denominado “SDP de Usuarios de Iztapalapa Exprés”

DELEGACIÓN IZTAPALAPA

Dione Anguiano Flores, Jefa Delegacional en Iztapalapa de conformidad con lo establecido en los artículos 87 tercer párrafo, 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; los artículos 7, 10 fracción IX, 37 y 39 fracciones VIII, XLV y LIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los artículos 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, los numerales 6, 7, 8 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y:

CONSIDERANDO

  1. Que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde al titular del ente público determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia.

  2. Que el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece que cada ente público, publicará la creación, modificación o supresión de Sistemas de Datos Personales en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

  3. Que el Sistema de Datos Personales, SDP de Usuarios de Iztapalapa Exprés, con folio 0409002200369100506, fue inscrito en el Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales, administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, el seis de mayo del dos mil diez.

  4. Que mediante Circular JD/02/2012, de fecha veintidós de junio de dos mil doce, la entonces Jefa Delegacional, C. Clara Marina Brugada Molina, emitió el Acuerdo por el que se informa la Entrada en Operación del Sistema Denominado "Iztapalapa Activa" para la Captación, Atención, Canalización y Monitoreo de Solicitudes Ciudadanas de Servicios Públicos y Reportes de Emergencias", en cuyo acuerdo Tercero, se determinó cancelar el funcionamiento de la Línea Exprés que atendía los servicios de luminarias, fugas de agua y bacheo.

  5. Que el lineamiento 9, de los Lineamientos de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; establece que en caso de que el titular del ente público o, en su caso, el responsable del Sistema de Datos Personales determine la supresión de un Sistema de Datos Personales, esta se hará mediante la publicación del acuerdo respectivo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Por lo expuesto he tenido a bien...

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