Acuerdo de la Secretaría de Educación por el que se modifican las reglas de operación del Programa de Desarrollo Social Permanencia Escolar para Estudiantes de Educación Media Superior y Superior en el Estado de México

Página 2 30 de enero de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
LICENCIADA ANA LILIA HERRERA ANZALDO, SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MÉXICO; 3, 15, 19 FRACCIÓN VI, 29 Y 30 FRACCIÓN I Y XIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 3 FRACCIÓN XI Y 17 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO; 19, 20 Y 26 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE
MÉXICO; 11, 12 FRACCIONES VI Y IX, 27 FRACCIONES XXI Y XLVII DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE
MÉXICO; Y EL ARTÍCULO 6 FRACCIONES I, XI Y XV DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN; Y
CONSIDERANDO
Que el 28 de ene ro del año dos mil dieciséis, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el Acuerdo por el que
se da continuidad al Programa de Desarrollo Social Permanencia Escolar para Estudiantes de Educación Media Superior y
Superior en el Estado de México, así como, la modificación y establecimiento de las Reglas de Operación del Programa.
Que este Programa, tiene como finalidad reducir las desigualdades regionales, de género y entre grupos sociales en las
oportunidades educativas, mediante el otorgamiento de apoyos económicos promoviendo la permanencia y el egreso de los
estudiantes a partir del bachillerato y hasta la licenciatura.
Por ello, se ha determinado dar continuidad al Programa de Des arrollo Social Permanencia Escolar para Estudiantes
de Educación Media Superior y Superior en el Estado de México, para su ejecución en c ada ejercicio fiscal según
corresponda, a fin de incentivar a los jóvenes a la conclusión de sus estudios, dando prioridad a los alumnos de escasos
recursos o que se e ncuentren en zonas de alta marginación social, el cual se regirá por sus Reglas de Operación, de
conformidad con la Ley de Desarrollo Social del Estado de México y su respectivo Reglamento.
Que mediante oficio número 21506A000/RO-012/2017, de fecha 16 de enero de 2017, la Dirección General de Programas
Sociales de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de México, en términos de lo establecido en el
artículo 23 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México, emitió la autorización a las presentes
modificaciones a las Reglas de Operación. Por lo que en mérito de lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DE LA SECRETARIA DE ED UCACIÓN POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL PERMANENCIA ESCOLAR PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN MEDIA
SUPERIOR Y SUPERIOR EN EL ESTADO DE MÉXICO, Y.
ÚNICO. Se reforman las fracciones VI y VIII del numeral 7.1.1, numeral 7.1 .5, así como el numer al 9.1.4; numeral 13 y; s e
deroga el último párrafo del numeral 9.1.3 del Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de
Desarrollo Social Permanencia Escolar para Estudiantes de Educación Media Superior y Superior en el Estado de México,
publicado el 28 de enero de 2016 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, para quedar como sigue:
1. a 7.1. …
7.1.1. Fracciones I. a V. …
VI. Acreditar su inscripción en alguna de las instituciones educativas establecidas en las presentes Reglas de Operación, así
como comprobar ser estudiante regular, con excepción de los casos siguientes:
a). Cuando el alumno acredite encontrarse desfasado de semestre, cuatrimestre o trimestre según sea el caso, por
movilidad académica en el país o en el extranjero; y
b). Cuando acredite no tener alguna materia pendiente de aprobar, al momento de registrarse al programa.
VII. …
VIII. Informar al momento de solicitar el apoyo, si es beneficiario de dos o más programas federales y estatales; y
IX. …
7.1.2. a 7.1.4
7.1.5. Integración del Padrón

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