Acuerdo relativo a la creación de un Juzgado de Primera Instancia del Ramo Familiar para el Distrito Judicial de Mazatlán, con sede en la ciudad de Mazatlán, Sinaloa.

EstadoSinaloa
MunicipioMazatlán
GOBIERNO DEL ESTADO
SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
Acuerdo del Supremo Tribunal de Justicia
en Sesión Plenaria Ordinaria del día
seis de marzo de dos mil tres
Acuerdo relativo a la creación de un Juzgado de Primera Instancia del Ramo Familiar para el
Distrito Judicial de Mazatlán, con sede en la ciudad de Mazatlán, Sinaloa.
C O N S I D E R A N D O
Primero. Que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y la tutela de su
adecuado desarrollo un imperativo constitucional de primer orden.
Segundo. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna
que “Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos
para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera
pronta, completa e imparcial”.
Tercera. Que en el Distrito Judicial de Mazatlán funciona un solo Juzgado de Primera Instancia del
Ramo Familiar, el cual resulta insuficiente para atender de manera adecuada el significativo aumento
de asuntos que en materia de derecho de familia se han venido presentando en dicha circunscripción.
Durante el año dos mil dos, dicha órgano jurisdiccional atendió una carga de trabajo superior en
56.5% a cualquiera de los tres juzgados del mismo ramo que funcionan en el Distrito Judicial de
Culiacán, lo cual patentiza la conveniencia de crear un nuevo Juzgado de la materia con el fin de que
la justicia familiar sea impartida en apego a los principios de prontitud, celeridad y calidad.
Cuarto. Que conforme a lo dispuesto por la fracción III del artículo 19 de la ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Sinaloa, el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia tiene atribuciones para
dictar las medidas que se estimen convenientes para que la administración de justicia sea honesta,
pronta, completa e imparcial.
Quinto. Que según lo dispone el artículo 51 de la Ley Orgánica invocada, le corresponde al Pleno
del Supremo Tribunal de Justicia, determinar el número de Juzgados de Primera Instancia conforme
a las necesidades del servicio judicial.
Por tanto, con fundamento en las disposiciones legales supracitadas, este Supremo Tribunal de
Justicia en Pleno expide el siguiente:
A C U E R D O*
Primero. Se acuerda la creación de un Juzgado de Primera Instancia del Ramo Familiar para el
Distrito Judicial de Mazatlán, Sinaloa, con residencia en la ciudad del mismo nombre.
* Publicado en el P.O. No. 35, viernes 21 de marzo de 2003.

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