Acuerdo por el que Se Reforma el Manual de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado General (ssg) para los Municipios con Población de entre Cinco Mil a Veinticinco Mil Habitantes.

PÁGINA 102 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 9 DE OCTUBRE DE 2018.
ACUERDO por el que se reforma el Manual de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado General (SSG) para los
municipios con población de entre cinco mil a veinticinco mil habitantes.
El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7, 9 y 14 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se reforma el Manual de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado General (SSG) para los
municipios con población de entre cinco mil a veinticinco mil habitantes
CONSIDERANDO
Que el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad
Gubernamental (LGCG), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y
la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los
entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia,
economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos.
Que en este marco y en cumplimiento de sus funciones, el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) publicó
en el Diario Oficial de la Federación el 08 de agosto de 2013, el Acuerdo por el que se reforma el Manual de Contabilidad
Gubernamental del Sistema Simplificado General (SSG) para los municipios con población de entre cinco mil a veinticinco mil
habitantes, así como su reforma del 22 de diciembre de 2014.
Que es necesario realizar las reformas y adiciones, para que la información financiera sea congruente con la normatividad
emitida por el CONAC.
Por lo expuesto, el Consejo Nacional de Armoni zación Contable aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se reforma el Manual de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado General (SSG) para los
municipios con población de entre cinco mil a veinticin co mil habitantes
Se reforman en el Capítulo I Generalidades los apartados de Introducción, Ámbito de Aplicación del Sistema Simplificado
General; en el Capítulo II Plan de Cuentas los apartados de Estructura del Plan de Cuentas, Contenido Del Plan De Cuentas;
el Capítulo III Guías Contabilizadoras; el Capítulo IV Estados Financieros Básicos.
Índice de Capítulos
...
...
...
Capítulo IV Estados Financieros Básicos
Capítulo I Generalidades
Índice
...
...
...
Introducción
De conformidad con el artículo 9, fracc ión XI de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), se presentan las
características de los sistemas que aplicarán de forma simplificada los municipios con menos de veinticinco mil habitantes.
Para estos efectos se considera necesario establecer un sistema para los municipios con menos de cinco mil habitantes el
cual se denomina Sistema Simplificado Básico (SSB); mientras que para los municipios cuya población es de entre cinco mil a
veinticinco mil habitantes se establece el Sistema Simplificado General (SSG). En ambos casos se establecen las
características mínimas que deberán contar, pudiendo adoptar en la medida de sus posibilidades los sistemas de contabilidad
y presupuesto más avanzados.
Las operaciones de registro contable y presupuestario que se presentan en este documento, cubren las transacciones
mínimas que utilizan los municipios, los cuales podrán utilizar de manera supletoria el Manual de Contabilidad Gubernamental,
las Normas y Lineamientos que ha emitido el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), así como sus
respectivas reformas.
Ámbito de Aplicación del Sistema Simplificado General
El SSG será aplicable a los Municipios de cinco mil a veinticinco mil habitantes (de acuerdo a la publicación más reciente
del Instituto Nacional de Estadística y Geografía) y a sus entidades de la administración pública paraestatal. Los Municipios
sujetos al Sistema Simplificado General lo aplicarán hasta en tanto el Consejo Estatal de Armonización Contable, le
comunique al Municipio, que en lugar de aplicar dicho Sistema, deberá cumplir con las obligaciones que como ente público
establece la LGCG y los Acuerdos del CONAC. De lo anter ior, el Consejo Estatal de Armonización Contable de la entidad
federativa de que se trate informará, al CONAC y al Órgano de Fiscalización Superior de la Entidad Federativa, la relación de
Municipios que dejan de aplicar el Sistema Sim plificado General.
Objetivos del Sistema Simplificado General
...
...
...
...
...
Capítulo II Plan de Cuentas
Índice
...
...
...
...
MÉRIDA, YUC., MARTES 9 DE OCTUBRE DE 2018. DIARIO OFICIAL PÁGINA 103
Aspectos Generales
...
Base de Codificación
...
...
GÉNERO: ...
...
...
...
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR