Acuerdo Que Reforma y Adiciona Diversas Disposiciones del Reglamento Municipal para el Fomento a la Lectura y Al LIBRO.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 25 de Noviembre del año 2017; Núm. 75 pág. 3084.

DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA, COL.

ACUERDO

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL FOMENTO A LA LECTURA Y AL LIBRO.

M.C.S. HÉCTOR INSÚA GARCÍA, Presidente Municipal de Colima, a sus habitantes, sabed:

Que el Honorable Cabildo Municipal se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

ACUERDO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL FOMENTO A LA LECTURA Y AL LIBRO.

El Honorable Cabildo del Municipio de Colima, Colima, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Colima, 87, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 47, fracción I, 53, fracción XI, 116 y 117 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; 63, fracciones XIV y XVII, 65, fracción XII, 132, 133, fracciones I, II, VIII, 136, 139 y 140 del Reglamento del Gobierno Municipal de Colima; ha tenido a bien aprobar el presente Acuerdo, conforme a los siguientes:

CONSIDERANDOS:

PRIMERO.- Que el artículo 92 fracción l de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima establece la obligación de las Comisiones del Ayuntamiento de proponer, discutir y dictaminar los asuntos municipales que le sean turnados.

SEGUNDO.- Que en fecha 11 de octubre de 2017 recibimos el memorándum número No. S-1426/2017, signado por el ING. FRANCISCO SANTANA ROLDÁN, en su carácter de Secretario del Ayuntamiento, turnando a estas comisiones para el análisis, estudio y dictaminación, el punto de acuerdo relativo a reformar y adicionar diversas disposiciones del Reglamento Municipal para el Fomento a la Lectura y al Libro; mismo que fue presentado por la C. INGRID ALINA VILLALPANDO VALDEZ, Regidora del H. Cabildo del Municipio de Colima, en sesión ordinaria de Cabildo de fecha 10 de octubre de 2017.

TERCERO.- Que la iniciativa presentada por la C. INGRID ALINA VILLALPANDO VALDEZ, Regidora del H. Cabildo del Municipio de Colima, en sus considerandos menciona lo siguiente:

"PRIMERO.- Que es una facultad de quienes son integrantes del Cabildo, proponer y presentar iniciativas de reglamentos, bandos y demás disposiciones administrativas de observancia general o de reformas o adiciones, tal y como lo previene el artículo 53 fracción Xl de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, asimismo, esta facultad está contenida en el artículo 65 fracción XII del Reglamento del Gobierno Municipal de Colima.

SEGUNDO.- Que el 24 de julio de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, abrogando la anterior con el mismo nombre que fuera publicada el 08 de junio del año 2000. En la nueva Ley se establece el marco de las garantías constitucionales de libertad de escribir, editar y publicar libros sobre cualquier materia, propiciando el acceso a la lectura y al libro a toda la población. Además, obliga a los tres niveles de gobierno como autoridades responsables de aplicarla y coadyuvar dentro del ámbito de competencia de cada uno, para la realización de acciones que garanticen sus objetivos.

TERCERO.- Que el 02 de septiembre del año 2006 fue publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" la Ley Estatal para el Fomento a la Lectura y al Libro, misma a la que se le realizaron diversas reformas a raíz de la entrada en vigor de la nueva Ley nacional. En la Ley Estatal se establece en los artículos 1, 6, 9, 17 fracción VII y 27 la participación de los Gobiernos Municipales junto con el Gobierno del Estado para emprender acciones de fomento a la lectura entre la población, asimismo, establece la obligación de crear comisiones municipales de fomento a la lectura y al libro, involucrándolas en el diseño y aplicación de estrategias estatales.

CUARTO.- Que el 27 de septiembre del año 2008 fue publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el actual Reglamento Municipal para el Fomento a la Lectura y al Libro, el cual tiene por objeto regular, normar y organizar los esfuerzos del Ayuntamiento para fomentar la lectura entre los colimenses, así como dotar a este órgano de gobierno de los instrumentos normativos básicos para aprovechar las políticas federales y estatales en la materia, que garanticen los derechos, así como prevean las obligaciones y restricciones tanto para la sociedad como para las autoridades municipales.

QUINTO.- Que en fecha 31 de agosto del año 2017 se llevó a cabo en Sala de Cabildo localizada en Palacio Municipal, una reunión de estudio y análisis del citado Reglamento Municipal para el Fomento a la Lectura y al Libro, con la finalidad de conocer oportunidades de mejora o actualización del mismo; en la que participaron e intervinieron diversos integrantes del funcionariado municipal. De esta reunión resultaron propuestas, pero también la petición de que éste reglamento se armonizara en su contenido con las legislaciones nacional y estatal y, en su caso con normas oficiales que correspondan. Se solicitó también que personal experto realizara un análisis jurídico de esta norma municipal.

SEXTO.- Que también se solicitó la opinión técnica del C. Davide Arena, Director General Adjunto de Cultura y Educación del H. Ayuntamiento de Colima, ya que su conocimiento y experiencia en el tema le convierten en persona idónea para rendir un adecuado criterio en cuanto a mejoras que se pueden realizar al Reglamento Municipal para el Fomento a la Lectura y al Libro, además de que ocupa la posición gubernamental encargada de aplicar, vigilar e interpretar el contenido de este reglamento.

SÉPTIMO.- Que derivado del análisis jurídico realizado al Reglamento Municipal para el Fomento a la Lectura y al Libro, se concluyó que puede mejorarse con propuestas de reformas y adiciones, con la finalidad de fortalecer el trabajo de las autoridades municipales en lograr los objetivos que se persiguen con las Leyes Federal y Estatal en la materia; se identificaron los siguientes puntos susceptibles de mejora:

· El no contar con el sustento legal en referencia a la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro y la Ley Estatal para el Fomento a la Lectura y al Libro, así como a otras disposiciones que generan la obligación municipal de regular el tema en cuestión;

· El carecer de la disposición que marca la supletoriedad legal necesaria en caso de duda en la aplicación o interpretación del reglamento, o cuando existan otros asuntos que merezcan regulación sobre este tema, pero no estén contenidos en el ordenamiento que se analiza;

· El apartado de conceptos y definiciones, fundamental para aclarar significados, así como para interpretar y aplicar correctamente las disposiciones que contiene el reglamento, carece del necesario y riguroso orden alfabético;

· Es condición básica de toda norma el describir de manera clara qué autoridades son competentes para su debida interpretación y aplicación, carencia de la que adolece este reglamento y que debe ser subsanada sin demora;

· Se identifica la necesidad de prever mayor comunicación y coordinación entre la Dirección General Adjunta de Cultura y Educación y el Archivo Histórico Municipal, así como de éstas con otras dependencias municipales, con la finalidad de crecer el...

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