Acuerdo No. IEEM/CG/01/2017.- Por el que se da cumplimiento a la sentencia recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano identificado con la clave ST-JDC-336/2016, emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la quinta circunscripción plurinominal con sede en Toluca, Estado de México

Página 2 6 de enero de 2017
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N°. IEEM/CG/01/2017
Por el que se da cumplimiento a la sentencia recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-
Electorales del Ciudadano identificado con la clave ST-JDC-336/2016, emitida por la Sala Regional del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede
en Toluca, Estado de México.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo
presentado por el Secretario del Consejo General; y
R E S U L T A N D O
1.- Que en sesión extraordinaria del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis, este Órgano Superior de Dirección, emitió
el Acuerdo IEEM/CG/57/2016, por el que se aprobaron los “Lineamientos para la Designación de Vocales de las
Juntas Distritales del Proceso Electoral 2016-2017”, así como sus anexos, entre ellos la convocatoria respectiva.
2.- Que el siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General de este Instituto, celebró sesión solemne por la
que se dio inicio formalmente al Proceso Electoral Ordinario 2016-2017, para elegir al Gobernador Constitucional del
Estado de México, para el periodo comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil diecisiete al quince de
septiembre de dos mil veintitrés.
3.- Que el doce de septiembre de dos mil dieciséis, la H. “LIX ” Legislatura Local, expidió el Decreto número 124,
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, en la
misma fecha, en donde se convoca a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a
participar en la elección ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional del Estado de México, para el periodo
comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil diecisiete al quince de septiembre de dos mil veintitrés.
4.- Que en sesión extraordinaria celebrada el treinta de septiembre de dos mil dieciséis, la Junta General expidió el
Acuerdo IEEM/JG/39/2016, por el que aprobó la Lista para la integración de propuestas de Vocales Distritales para el
Proceso Electoral 2016-2017, y su remisión al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
5.- Que en sesión extraordinaria del veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, este Consejo General determinó retirar del
orden del día de la misma, el punto relativo a la designación de los Vocales Distritales del Instituto Electoral del
Estado de México, para el Proceso Electoral 2016- 2017, como consecuencia de la información aportada por algunos
integrantes del Órgano Máximo de Dirección, relativa a diversos aspirantes, y ordenó remitirla a la Junta General para
que adecuara la misma.
6.- Que en cumplimiento a lo ordenado por este Órgano Superior de Dirección, la Junta General celebró el veintinueve de
octubre de dos mil dieciséis, su décima tercera sesión extraordinaria, en la que se llevó a cabo el análisis de la
documentación referida para verificar si se incumplía por parte de diversos aspirantes, algún requisito para ser
propuestos como Vocales Distritales para el presente Proceso Electoral, instruyéndose a la Secretaría Ejecutiva para
que elaborara el Acuerdo donde quedara asentado el análisis de los casos que estimó conducentes; en cumplimiento
a ello, en la misma fecha, en su décima cuarta sesión extraordinaria, la propia Junta General emitió el Acuerdo
IEEM/JG/44/2016.
7.- Que en sesión extraordinaria del treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis, este Consejo General, mediante
Acuerdo IEEM/CG/89/2016, designó a los Vocales Distritales del Instituto Electoral del Estado de México, para el
Proceso Electoral 2016-2017.
8.- Que en fecha cuatro de noviembre de dos mil dieciséis, el ciudadano Javier Espinoza Vázquez aspirante a Vocal
Distrital para el Proceso Electoral 2016-2017, promovió Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales
del Ciudadano Local, a fin de impugnar el Acuerdo referido en el Resultando anterior.
9.- Que en fecha veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis, el Tribunal Electoral del Estado de México, dictó
sentencia en el Juicio identificado con el número JDCL/140/2016, en el que entre otras cuestiones determinó
confirmar el Acuerdo que fue materia de impugnación.
10.- Que el veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis, el ciudadano Javier Espinoza Vázquez presentó ante la
Oficialía de Partes del Tribunal Electoral local, demanda de Juicio para la Protección de los Derechos Político-
Electorales del Ciudadano; a fin de impugnar la precitada resolución.

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