Acuerdo No. IEEM/CG/116/2016.- Por el que se aprueba el Manual para integrantes de Mesa Directiva de Casilla (versión CAE), el rotafolio de la jornada electoral, versiones aula y domicilio, así como el folleto de información básica para la ciudadanía sorteada

5 de enero de 2017 Página 7
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N°. IEEM/CG/116/2016
Por el que se aprueba el Manual para integrantes de Mesa Directiva de Casilla (Versión CAE), el Rotafolio de la Jornada
Electoral, versiones Aula y Domicilio, así como el Folleto de Información Básica para la Ciudadanía Sorteada.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por
el Secretario del Consejo General, y
R E S U L T A N D O
1. Que el diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se
reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
materia política-electoral.
En el Transitorio Octavo, párrafos primero y segundo del mismo Decreto se precisa lo siguiente:
OCTAVO.- Una v ez integrado el Instituto Nacional Electoral y a partir de que entren en vigor las
normas previstas en el Transitorio Segundo anterior, las funciones correspondientes a la capacitación
electoral, así como la ubicación de las casillas y la designación de funcionarios de la mesa directiva, en los
procesos electorales locales, se entenderán delegadas a los organismos públicos locales.
En este caso, el Instituto Nacional Electoral podrá reasumir dichas funciones, por mayoría del
Consejo General.”
2. Que en sesión extraordinaria del catorce de julio de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral
aprobó el Acuerdo INE/CG100/2014, denominado: “Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el
que se Reasumen las funciones correspondientes a la Capacitación Electoral, así como la Ubicación de las Casillas y la
Designación de Func ionarios de la Mesa Directiva en los Procesos Electorales Locales, delegada a los Organismos
Públicos Locales”.
3. Que el treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y
Soberano de México “Gaceta del Gobierno”, el Decreto número 85, emitido por la H. “LIX” Legislatura Local, por el que se
reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de México.
Entre las reformas sustanciales que se realizaron al referido Código, se encuentra la incorporación de la Dirección de
Participación Ciudadana como una de las áreas ejecutivas de este Organismo Electoral.
4. Que el siete de septiembre de dos mil dieciséis, este Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, celebró
Sesión Solemne para dar inicio al Proceso Electoral Ordinario 2016-2017, para elegir al Gobernador Constitucional del
Estado de México, para el periodo comprendido del 16 de septiembre de 2017 al 15 de septiembre de 2023.
5. Que en sesión extraordinaria del siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacion al
Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG661/2016, denominado: “Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral
por el que se aprueba el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral”, mismo que fue publicado en el Diario
Oficial de la Federación, el trece de septiembre del mismo año.
6. Que en la fecha señala en el Resultando anterior, este Órgano Superior de Dirección celebró sesión extraordinaria en la
que, con motivo del inicio del Proceso Electoral Ordinario 2016-2017, determinó mediante Acuerdo IEEM/CG/78/2016, la
nueva integración de sus Comisiones, entre ellas, la Especial de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, la cual
quedó conformada de la siguiente manera: Presidente Consejero Electoral, Mtro. Saúl Mandujano Rubio; Integrantes
Consejeras Electorales Mtra. Palmira Tapia Palacios y Mtra. Natalia Pérez Hernández, como Secretario Técnico el Titular
de la Dirección de Organización, y un representante de cada partido político.
Dicha Comisión tiene entre sus objetivos, auxiliar a este Consejo General en la coordinación con el Instituto Nacional
Electoral, de las actividades previstas en la legislación federal o local en la materia, que requieran de la emisión de
lineamientos, acuerdos y criterios por parte del Consejo General dicha Autoridad Administrativa Nacional Electoral -como
es el caso de la capacitación electoral-.
7. Que el doce septiembre de dos mil dieciséis, la H. “LIX” Legislatura Local, expidió el Decreto número 124, publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Méxi co “Gaceta del Gobierno” en la misma fecha, en donde
se convoca a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a participar en la Elección

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