Acuerdo NO. IEE/CG/A095/2015 Que Emite el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, Relativo a la Expedición de las Constancias de Asignación de Diputados Locales por el Principio de Representación Proporcional, en el Proceso Electoral Local 2014-2015, en Cumplimiento a la Resolución Emitida por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la FEDERACIÓN.

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 26 de Septiembre del año 2015; Núm. 51, pág. 1911.

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA

ACUERDO No. IEE/CG/A095/2015

QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE LAS CONSTANCIAS DE ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2014-2015, EN CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.

IEE/CG/A095/2015

ACUERDO QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE LAS CONSTANCIAS DE ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2014-2015, EN CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.

A N T E C E D E N T E S:

  1. Con fecha 14 de octubre de 2014, en Sesión Solemne se verificó la declaratoria oficial de la instalación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, para el inicio del Proceso Electoral Local 2014-2015, en el que los ciudadanos colimenses ejercieron su voto para elegir al Gobernador del Estado, Diputados al Congreso del Estado por ambos principios, y Miembros de los diez Ayuntamientos de la entidad.

  2. En la Décima Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo General, celebrada el 08 de abril de 2015, mediante acuerdo número IEE/CG/A062/2015, se aprobaron las listas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional postuladas por los partidos políticos con inscripción ante este organismo electoral, entregándose constancias para contender como candidatos al cargo de Diputados Locales por el principio de representación proporcional, en virtud de haber cumplido con los requisitos de elegibilidad previstos en el artículo 24 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, correlacionado con el artículo 21 del Código Electoral de Estado, así como los dispuestos en el numeral 164 y 165 del referido Código.

  3. El día 07 de junio del año que transcurre, se celebró la Jornada Electoral, en los términos de lo mandatado en los artículos 26, 137 y 206 de nuestro Código Comicial, llevándose a cabo entre otras, la elección de diputados locales por ambos principios para integrar el Congreso del Estado; misma que, por mandato constitucional y legal, de manera libre, auténtica, pacífica y periódica, organizó el Instituto Electoral del Estado, por encontrarse encomendado a éste dicha función estatal, participando en los comicios referidos los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, del Trabajo, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, MORENA, Encuentro Social y Humanista.

  4. En el desarrollo...

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