Acuerdo NO. 63 por el Que Se Aprueba Reformar los Incisos B) y C), y Se Adiciona Un Inciso D), Al Acuerdo 62, Aprobado el 31 de Octubre de 2017.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 11 de Noviembre del año 2017; Núm. 72 pág. 2879.

GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

POR EL QUE SE APRUEBA REFORMAR LOS INCISOS B) Y C), Y SE ADICIONA UN INCISO D), AL ACUERDO 62, APROBADO EL 31 DE OCTUBRE DE 2017.

EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA, EN SESIÓN DE HOY, TUVO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE: ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA REFORMAR LOS INCISOS B) Y C), Y SE ADICIONA UN INCISO D), AL ACUERDO 62, APROBADO EL 31 DE OCTUBRE DE 2017.

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Qué con fecha 31 de octubre del presente año, el H. Congreso del Estado expidió el Acuerdo 62 para dar cumplimiento a los artículos 31 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, 8° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como 8°, 9° y 193 de su Reglamento; a través del cual se determinó citar en comparecencia en el Recinto Legislativo de esta Soberanía, a los siguientes Secretarios del Gobierno del Estado: Secretario de Seguridad Pública; Procurador General de Justicia; Secretario de Educación; Secretario de Cultura; Secretario de Planeación y Finanzas; Secretaria de Movilidad; Secretario de Administración y Gestión Pública; Secretario de Turismo; Secretario de Salud y Bienestar Social; Secretaria de Desarrollo Social; Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Contralora General del Estado.

En el mismo Acuerdo se estableció que dichas comparecencias se desarrollarán de conformidad a lo establecido por el artículo 193 del reglamento de La Ley Orgánica del Poder Legislativo. Por lo tanto, el Coordinador de cada Grupo Parlamentario y los Diputados Únicos, debían inscribir sus participaciones a través de la Oficialía Mayor, a más tardar el día 1 de noviembre del 2017, en el entendido de que, de no realizarse dicha inscripción, se entendía su renuncia al derecho de intervenir en las comparecencias de los secretarios, contralora y procurador antes mencionados.

SEGUNDO.- Para efectos de regular el resolutivo SEGUNDO del Acuerdo 62 arriba mencionado, se propone que el orden de participación de cada legislador con los funcionarios comparecientes, sea atendiendo el modelo siguiente:

  1. Protesta del Secretario o Secretaria de Gobierno del Estado;

  2. Intervención del Secretario hasta por 10 minutos;

  3. Intervención hasta por 5 minutos de un representante por cada Grupo Parlamentario y Diputados Únicos de esta Soberanía, bajo el siguiente orden; Partido Acción Nacional, Partido...

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