Acuerdo por el que se modifican diversos Sistemas de Datos Personales de la Delegación Xochimilco

DELEGACIÓN XOCHIMILCO

El Arquitecto Luis Alfredo Villaseñor Gaona, Director General Jurídico y de Gobierno en Xochimilco de conformidad con lo establecido en los artículos 107 párrafo primero y 117 de los Estatutos de Gobierno, 1, 38 y 39 fracciones VIII, XLV y LIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 25 fracción I, 121, 122 fracción I y último párrafo, 123 fracción XIV y 124 fracción III y XXVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Artículo Primero y Segundo del Acuerdo por el que se Delegan en los Titulares de las Direcciones Generales de la Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana y de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales del Órgano Político Administrativo en Xochimilco, las facultades que se indican. Publicado en la Gaceta Oficial de fecha 29 de Mayo de 2013, 11 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal. 2, 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Numerales 6, 7, 8 y 9 de los Lineamientos para la Protección de los Datos Personales en el Distrito Federal, así como también en el siguiente:

C O N S I D E R A N D O S

  1. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al titular del ente público determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia.

  2. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

  3. Que de manera adicional el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

  4. Que los Sistemas de Datos Personales que se modifican mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Distrito Federal en los términos siguientes: el: "Sistema de Datos Personales de Solicitantes de Servicios Urbanos" con folio: 0416022321100111128, inscrito el veintiocho de noviembre del dos mil once. "Sistema de Datos Personales de Solicitantes de Manifestaciones y Licencias de Construcción" con folio: 0416017091123110621, inscrito el veintiuno de junio de dos mil once. "Sistema de Datos...

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