ACUERDO LEGISLATIVO PARA EXPEDIR LA CONVOCATORIA QUE CONTIENE LAS BASES Y METODOLOGÍA PARA LA CELEBRACIÓN DEL PARLAMENTO JUVENIL

Fecha de publicación17 Agosto 2020
SecciónPrimera Secció
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 5Agosto 17 de 2020 (Primera Sección)
la mayoría relativa, y deberá realizarse dentro de los diez días siguientes a la aprobac ión del
Informe. Siendo que en caso de contar con dicha mayoría, habrá de tomárseles protesta a
los designados para que inicien con sus funciones y facultades de ley.
SÉPTIMA.- SITUACIONES EXTRAORDINARIAS
Si se detectase que algún candidato presentó documentación alterada, ocultó información o
ésta no fue veraz, se dejará sin efecto su registro, y se dará parte a la Fiscalía General del
Estado de Aguascalientes, para los efectos legales a que haya lugar.
No procederá recurso alguno contra los acuerdos tomados por la Comisión Ordinaria
Legislativa de Transparencia y Anticorrupción, en virtud de la presente Convocatoria.
Los casos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por el voto de la mayoría
de los integrantes de la Comisión Ordinaria Legislativa de Transparencia y Anticorrupción.
OCTAVA.- PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN
La presente Convocatoria deberá publicarse por una sola vez en el Periódico Oficial del
Estado de Aguascalientes, y en el portal de internet del Congreso del Estado, así como en
sus páginas de redes sociales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Instrúyase a la Secretaría General del Poder Legislativo, para que preste los apoyos
necesarios para el cumplimiento del presente Acuerdo Legislativo.
SALA DE COMISIONES DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO
AGUASCALIENTES, AGS, A 17 DE JULIO DE 2020
COMISIÓN DE POSTULACIONES
COMISIÓN DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCIÓN
H. CONGRESO DEL ESTADO. LXIV LEGISLATURA
ACUERDO LEGISLATIVO
ARTÍCULO PRIMERO.- El H. Congreso del Estado a través de la Comisión de la Juventud de la LXIV
Legislatura, con fundamento en lo previsto por los Artículos 55, 56 Fracción XIII, 69 Fracción V y 90 Fracción
contenidas en los Artículos 5°, 11, y 12 Fracción XIII del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legi slativo
del Estado de Aguascalientes, y en las demás disposiciones normativas y reglamentarias aplicables, emite el
presente Acuerdo Legislativo para expedir la Convocatoria que contiene las Bases y Metodología para
la celebración del Parlamento Juvenil, en su edición 2020, al tenor de lo siguiente:
CONVOCATORIA
PARA LA CELEBRACIÓN DEL PARLAMENTO JUVENIL
DEL H. CONGRESO DEL ESTADO EN SU EDICIÓN 2020
A todas las y los jóvenes que tengan entre 18 y 29 años, con residencia en el Estado de
Aguascalientes, que se encuentren interesados en participar y expresar sus puntos de vista
y opiniones respecto de los diversos temas de actualidad que afectan la realidad de nuestra
Entidad, de conformidad con las siguientes:
BASES
PRIMERA.- UBICACIÓN Y FECHA
El Parlamento Juvenil es la expresión de la Juventud del Estado de Aguascalientes
respecto de los asuntos de actualidad y preocupación de este sector de la población, mismo
que se realizará los días 26 y 27 de agosto de 2020, en las instalaciones del H. Congreso
del Estado, ubicado Plaza de la Patria 105 Norte y 109 Oriente, ambos en la Zona Centro

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