ACUERDO LEGISLATIVO.- ACUERDO PARA LA REANUDACIÓN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS A LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL EJERCICIO FISCAL 2019, SOLICITUDES Y REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN, INFORMES DE SEGUIMIENTO DEL ESTADO QUE GUARDAN LAS OBSERVACIONES DERIVADAS DE LA REVISIÓN A LA CUENTA PÚBLICA DE EJERCICIOS ANTERIORES, OBLIGACIONES, ENTREGAS Y RESPONSABILIDADES QUE EL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓNEJERCICIOS ANTERIORES, OBLIGACIONES, ENTREGAS Y RESPONSABILIDADES QUE EL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación28 Mayo 2020
Sección
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Mayo 28 de 2020
GOBIERNO DEL ESTADO
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
PODER LEGISLATIVO
ASUNTO: SE EMITE ACUERDO LEGISLATIVO
HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXIV LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
P R E S E N T E.-
La Comisión de Vigilancia de conformidad con el artículo 91 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización
Superior del Estado de Aguascalientes emite el presente Acuerdo Legislativo para la reanudación de
auditorías practicadas a la revisión de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2019, solicitudes y
requerimientos de información, informes de seguimiento del estado que guardan las observaciones
derivadas de la revisión a la cuenta pública de ejercicios anteriores, obligaciones, entregas y
responsabilidades que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes tenga ante
los Entes Públicos y Privados, así como las obligaciones, entregas y responsabilidades que los Entes
Públicos y Privados tengan ante el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes.
ANTECEDENTES
1.- Con fundamento en el artículo 27, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes,
el Órgano Superior de Fiscalización del Estado tiene la facultad de realizar visitas y auditorías con la finalidad
de allegarse de la información necesaria para la revisión, examen y fiscalización de las Cuentas Públicas. El
Capítulo III, Título Segundo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes establecen los
procedimientos para que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado pueda llevar a cabo auditorías,
visitas e inspecciones.
2. A principios de marzo del presente año, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
Aguascalientes inició las respectivas auditorías en los entes públicos.
3.- En fecha 16 de marzo de 2020, el Dr. Miguel Ángel Piza Jiménez, Secretario de Salud del Gobierno
del Estado de Aguascalientes, confirmó el primer caso de contagio del virus denominado COVID-19, conocido
socialmente como coronavirus, en nuestra entidad; siendo que previamente, en f echa 11 de marzo del
presente año, el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom
Ghebreyesus, declaró que el virus denominado COVID-19 como "pandemia".
4.- En fecha 17 de marzo de 2020, la Junta de Coordinación Política, implementó una serie de medidas
con respecto a las actuaciones del H. Congreso del Estado de Aguascalientes; lo anterior a la par de diversos
entes públicos y privados que han implementado aquellas medidas que estiman necesarias e idóneas, en
materia de salud.
5.- El 20 de marzo de 2020 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes la
declaración de suspensión de Sesiones del Pleno Legislativo. En esa misma fecha fue publicado el acuerdo
de la Comisión de Vigilancia de la LXIV Legislatura del H. Congreso del Estado de Aguascalientes, mediante
el cual se suspendían temporalmente las auditorias, solicitudes, informes de seguimiento, obligaciones,
entregas y responsabilidades que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes tuviere
ante los Entes Públicos y Privados de Fiscalización, así como las obligaciones, entregas y responsabilidades
que los Entes Públicos de Fiscalización y Privados tengan ante el Órgano Superior de Fiscalización del
Estado de Aguascalientes.
el Consejo de Salubridad General mediante el cual se declara emergencia sanitaria a causa del COVID-19.
7.- El 31 de marzo de 2020 se publica en el Diario Oficial de la Federación un Decreto por parte de la
Secretaría de Salud en la que se establecen medidas de acción derivadas de la emergencia sanitaria, entre
las que se encuentra la suspensión de actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de abril del presente
año.
8.- Con fecha 4 de mayo de 2020 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes
el No. De Oficio 0282/OL/D mediante el cual la Mesa Directiva para el Segundo Período Ordinario de
Sesiones, correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXIV Legis latura, y en acuerdo

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