Acuerdo Específico E/JGA/27/2012 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que reforma el artículo 2 del Acuerdo E/JGA/7/2012, relativo a las normas y procedimientos para la operación de las Salas Auxiliares del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Publicado en | Diario Oficial de la Federación |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO E/JGA/27/2012
REFORMA AL ARTICULO 2 DEL ACUERDO E/JGA/7/20012, RELATIVO A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACION DE LAS SALAS AUXILIARES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.
Acuerdo Específico E/JGA/27/2012 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que reforma el artículo 2 del Acuerdo E/JGA/7/2012, relativo a las Normas y Procedimientos para la Operación de las Salas Auxiliares del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
CONSIDERANDO
Primero. Que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es un tribunal de lo contencioso-administrativo, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, de conformidad con el Artículo 73 fracción XXIX-H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relacionado con el diverso 1 de la Ley Orgánica del mismo;
Segundo. Que el artículo 39 de la Ley Orgánica de este Organo Jurisdiccional establece que la Junta de Gobierno y Administración, es el Organo del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones, y que en términos de las fracciones I y XXII, del artículo 41 de la misma Ley, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal y dirigir la buena marcha del mismo, dictando las medidas necesarias;
Tercero. Que en términos de los artículos 46 y 47, del Reglamento Interior del mismo Tribunal se entiende por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias, para lo cual este Organo Colegiado emitirá los acuerdos y las disposiciones de orden y buen gobierno que corresponda, teniendo el carácter de obligatorios y de observancia general en el Tribunal;
Cuarto. Que por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 3 de junio de 2011, se reformó la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a fin de prever la existencia de las Salas Auxiliares;
Quinto. Que mediante Acuerdo SS/3/2012, dictado en sesión del 25 de enero de 2012, el...
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