Acuerdo por el que se instruye a la persona titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, a otorgar el apoyo económico correspondiente al programa social “Seguro de Desempleo” para el ejercicio 2019, a las personas trabajadoras (locatarias y empleadas) afectadas directamente con la pérdida del empleo o la disminución de sus ingresos con motivo de la ejecución de las obras de rehabilitación en los mercados públicos que se indican

2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de diciembre de 2019

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

JEFATURA DE GOBIERNO

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122, Apartado A, fracción III y 134 primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10, apartado B, numeral 5, incisos b), numerales 12 y 14, así como en los artículos 28, 32, apartados A numeral 1 y C numeral 1, incisos a) y b) así como 60, numeral 1, párrafo cuarto, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 7, 10, fracción II, 11 fracción I, 12, 14, 16 fracciones V y XVII, 18, 20, fracciones I, V y IX, 21 párrafo primero, 30 fracción III y 41 fracciones XXVII y XXXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 3 y 8 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo del Distrito Federal; 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Administración Pública; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; y 7, fracciones V, inciso C) y XVII, inciso C), 147, fracciones I y II y 222, fracciones I y IV del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo, establecen que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, por tanto, el trabajo, la previsión social y la protección al empleo constituyen una premisa fundamental del Gobierno de la Ciudad de México.

Que la Constitución Política de la Ciudad de México, tutela el derecho humano al trabajo y establece que toda persona que desempeñe una ocupación en la Ciudad, temporal o permanente, asalariada o no, tendrá derecho a ejercer un trabajo digno.

Que a la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, le corresponde originalmente todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos a la Ciudad, y la misma se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, entre otras, por la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a la cual le corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, protección y defensa de los derechos humanos laborales, promoción del trabajo digno, previsión social y protección social al empleo.

Que la Secretaría de Trabajo y Fomento...

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