Acuerdo IEE/CG/A007/2017 Que Emite el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, Relativo a la Convocatoria para la Instalación de los Diez Consejos Municipales Electorales, a Efecto de Que Inicien las Actividades Correspondientes Al Proceso Electoral Local 2017-2018 en Sus Respectivas Demarcaciones, de Conformidad con el Artículo 127 del Código Electoral del ESTADO.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 18 de Noviembre del año 2017; Núm. 73 pág. 2987

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO

ACUERDO IEE/CG/A007/2017

QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, RELATIVO A LA CONVOCATORIA PARA LA INSTALACIÓN DE LOS DIEZ CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES, A EFECTO DE QUE INICIEN LAS ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2017-2018 EN SUS RESPECTIVAS DEMARCACIONES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 127 DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO.

A N T E C E D E N T E S

  1. En el desarrollo de la Novena Sesión Ordinaria de este Consejo General, celebrada el día 29 de septiembre del año 2017, se aprobó el Acuerdo número IEE/CG/A063/2017, relativo a la ampliación del plazo del cargo de las y los Consejeros Electorales, que integran actualmente los Consejos Municipales Electorales de la entidad para culminar el Proceso Electoral Local 2017-2018.

    Asimismo, dentro de dicho instrumento legal se aprobó la designación de Consejeras y Consejeros con el carácter de Propietarios, en los municipios de Colima, Comala, Ixtlahuacán y Manzanillo, en virtud de la existencia de vacantes en éstos.

  2. El día 9 de octubre de 2017, durante la Trigésima Octava Sesión Extraordinaria del Periodo Interproceso 2015-2017 del Consejo General se aprobó el Acuerdo IEE/CG/A066/2017, mediante el cual se determinó el Calendario Oficial para el Proceso Electoral Local 2017-2018; precisándose en él, entre otras cosas, el periodo en el que habrán de instalarse los Consejos Municipales Electorales.

  3. En Sesión de Consejo General, celebrada el 12 de octubre de 2017, se efectuó la declaratoria formal del inicio del Proceso Electoral Local 2017-2018.

  4. Con fecha 13 de octubre de 2017, se llevó a cabo la primer reunión de trabajo con las Consejeras y los Consejeros Electorales del Consejo General y las Consejeras y los Consejeros Presidentes de los Consejos Municipales Electorales, a efecto de programar y coordinar los trabajos institucionales tendentes al Proceso Electoral Local, en la cual se proyectó, entre otras cosas, las fechas y horarios para las sesiones de instalación de los referidos órganos municipales que establece el artículo 127 del Código Electoral del Estado de Colima.

  5. El día 30 de octubre de 2017, durante la Segunda Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local 2017-2018, el Consejo General aprobó el Acuerdo IEE/CG/A004/2017, mediante el cual se designó a la ciudadana Amalia Andrés Rivera como Consejera Electoral Propietaria, en sustitución del ciudadano Jaime Valdéz Galván, en virtud de su renuncia, y para la oportuna integración y adecuado funcionamiento del Consejo Municipal Electoral de Comala.

  6. Con fecha 09 de noviembre de 2017, se entregó en la Oficialía de Partes de este Instituto Electoral, un escrito firmado por la C. Ma. Leticia Torres Ahumada, mediante el cual presentó su renuncia con carácter de irrevocable al cargo de Consejera Municipal Electoral de Cuauhtémoc.

  7. El día 13 de noviembre de 2017, en el desarrollo de la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, rindió protesta ante dicho Órgano la C. Amalia Andrés Rivera al cargo de Consejera Electoral Propietaria del Consejo Municipal Electoral de Comala, luego de la designación que con tal efecto emitió el propio Consejo General mediante Acuerdo IEE/CG/A004/2017.

    Con base al antecedente señalado, se emiten las siguientes

    C O N S I D E R A C I O N E S

    1. - El artículo 116, párrafo segundo, fracción IV, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los poderes públicos de las entidades federativas se organizarán conforme la Constitución de cada uno de ellos, las que garantizarán en materia electoral que las autoridades que tengan a su cargo la organización de las elecciones y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en...

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