Acuerdo por el que se expiden y señalan los elementos de identificación para los automóviles de alquiler que prestarán sus servicios en el Municipio de Atizapán de Zaragoza en la Zona Esmeralda. (Secretaría de Transporte)

Fecha de publicación24 Marzo 2010
MunicipioAtizapán de Zaragoza
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO
.
DGC NUM. 001 1021
CARA
3282801
Mariano Matamoros Sur No. 308. 50130
Tomo CLXXXIX
$82112/3/00 I /02
Número de ejemplares
iinpriOós:
500
SEÑALAN
ELEMENTOS
E IDENTIFICAGION PARA ,5-08i A
DE ALQUILER
QUE PRESTARAN SUSR
SE ViGni
1,. MUN
ICIPIO
DE
ATIZAPAN DE ZARAGOZA EN LA Z010111
coles 24 de marzo de 2010
No. 56
AVISOS JUDIONALES
t
a48, 297
.
A I, 679, 166.131, 263-M,
_
806, 822, 190-84
I
8
11
458, 55/2
.
8 I, 304-Al, 821. 907, IVA,
962, 910, 861 y
no-A
AVISOS ADMINISTRATIVOS
867, 868, 909, 9I
188-EN.
820, 675,
, 961,
CETA
DEL
GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
"2010. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE MEXICO"
1810-201e
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DE TRANSPORTE
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA,
Secretario de Transporte del Gobierno del Estado de México, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 1. 3, 15, 19 fracción
XV, 33 fracciones I,
V, VIII, XIII, y XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1 y 57, de!
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 1.4. 1.8, 1.9, 7.24, 7.27 fracciones II y IV, 7.28, 7.31, 7.33
fracción
IV,
7.36, 7.38 fracciones I, VIII, X y XII, 7.43, 7.45 y 7.46 del Código Administrativo del Estado de México; 1, 2, 3, 4,
13 fracción I inciso a) 15, 16 fracción I, 25, 30, 31, 32, 33, y 34 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos
del Estado de México; 1, 2, 5, 6 fracciones I, VI, IX, XVII y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Transporte, y:
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2005-2011, prevé en el pilar relativo a Seguridad Económica, en su
vertiente de Desarrollo Económico, entre otras estrategias, el fortalecimiento de la infraestructura de transporte, a través de
las lineas de acción relativas a fortalecer y actualizar el marco normativo, de modo que contribuya a reforzar la operación de
transporte, así como propiciar acuerdos con los concesionarios para continuar con la modernización administrativa del
sector, y su incorporación organizada a los nuevos esquemas para la prestación del servicio.
El artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, establece que es competencia de la
Secretaría de Transporte planear, formular, dirigir coordinar, evaluar, ejecutar y supervisar las políticas y programas para el
desarrollo integral del servicio público de transporte de jurisdicción estatal y de sus servicios conexos.
GACETA
Página 2
GOBIE Ft N 0
24 de marzo
de 2010
El Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 7.2 fracción II, establece que las disposiciones del Libro
Séptimo tienen como finalidad el que se cuente con transporte seguro, eficiente y de calidad.
El citado Código en su artículo 7.3 señala que se considera de utilidad pública e interés general, la construcción,
conservación, operación, explotación, rehabilitación y mantenimiento de las comunicaciones de jurisdicción local, así como
la prestación del servicio público de transporte.
El referido Código, establece en su artículo 7.25 que corresponde a la Secretaria de Transporte, expedir los elementos de
identificación que se estimen necesarios en los vehículos destinados al servicio público de transporte.
Así mismo, el artículo 7.38 fracción XIII, del multicitado Código, establece que es obligación de los concesionarios y
permisionarios, cumplir con los elementos de identificación de los vehículos en términos de las disposiciones reglamentarias
y administrativas.
Con el afán de otorgar a la sociedad mexiquense y a los usuarios del servicio público de transporte, un servicio seguro,
eficiente y de calidad, se han venido desarrollando una serie de acciones tendientes a reordenar el transporte público de la
Entidad, en las cuales han venido participando de manera propositiva los integrantes de este sector.
El programa especial de Transporte Masivo del Estado de México publicado en Gaceta del Gobierno el 22 de Noviembre de
2007, considera que su principal objetivo es fortalecer la infraestructura estratégica de la entidad en materia de transporte y
vitalidades, que permita consolidar una nueva visión de la vida urbana en la entidad, donde el transporte masivo contribuya a
una reducción significativa en los tiempos de traslado, en condiciones de alta seguridad, comodidad, y con el uso eficiente
de nuevas tecnologías, traduciéndose en un ambiente sano y sustentable.
Que para la operación segura y confiable de los mexiquenses en el municipio de Atizapán de Zaragoza para la Zona
Esmeralda, se hace necesario la identificación de los vehículos destinados al transporte público en la modalidad de sitio de
alquiler, lo cual permitirá a los usuarios reconocer este sistema de transporte, así como mejorar la calidad del servicio.
En merito de lo antes expuesto, he tenido a bien realizar el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN Y SEÑALAN LOS ELEMENTOS DE IDENTIFICACION PARA LOS
AUTOMOVILES DE ALQUILER QUE PRESTARAN SUS SERVICIOS EN EL MUNICIPIO DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA
EN LA
ZONA ESMERALDA.
PRIMERO.- Se establecen los elementos de identificación de los vehículos automotores para el servicio discrecional de taxis
afectos a la empresa TAXISTAS UNIDOS ADOLFO RUIZ CORTINEZ,
SEGUNDO.- Los elementos de identificación que tendrán obligatoriamente los vehículos destinados al servicio público de
transporte a que se refiere el presente acuerdo serán:
A. En la parte Exterior:
Identificación de la Zona Esmeralda
Identificación de Taxi Seguro
Numero y caracteres de la matricula de identificación vehicular
Numero Económico
Logotipo yio Razón Social de la empresa
Teléfono de Quejas
7. Las demás que señale el acuerdo
B. En la parte interior:
1. Matricula y tarifa oficial autorizada, en lugar visible.
TERCERO.- Se acuerda que los colores que se asignan como elementos de identificación de los vehículos destinados al
servicio público de transporte de pasajeros de la Terminal de Toluca son:
En color Blanco deberá localizarse el fondo de la unidad.
En color Verde el cofre
y
la cajuela de la unidad.
C. Los PANTONES para los elementos de identificación correspondientes a los automóviles de alquiler de la Zona
Esmeralda son:
Color
Pantone
Naranja
Pantone 179c
Verde
Pantone 376c
Amarillo Pantone 117c
Verde Claro Pantone 368c
Verde Oscuro
Pantone 356c
Roo
Pantone 200c
80% Negro
Negro
Negro
60% Negro

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