Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos Internos del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa Valentina “Atención de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad por el Delito de Feminicidio y Desaparición”.

CAPÍTULO CUARTO
DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS INTEGRANTES DEL COMITÉ
Décimo sexto Las personas integrantes del Comité deberán cumplir con el ejercicio de sus atribuciones, con las
obligaciones contenidas en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, y con las
demás disposiciones legales aplicables.
Décimo séptimo. Las personas integrantes del Comité deberán cumplir con los acuerdos tomados durante la sesión
del Comité; así como con las obligaciones que les correspondan, proporcionando de manera oportuna y adecuada la
información y documentación solicitada.
Décimo octavo. De conformidad con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
de México, las personas integrantes del Comité se obligan a guardar secreto sobre la información referente al
Programa que sea clasificada como confidencial y a no utilizarla en beneficio propio o de intereses ajenos a éste, aún
después de que se concluya su intervención en el Comité.
Décimo noveno. Son obligaciones de las personas integrantes del Comité para el desarrollo de las sesiones:
I. Asistir a las sesiones del Comité;
II. Presentar las solicitudes para acceso al Programa;
III. Cumplir con oportunidad las actividades que les confiera el Comité;
IV. Proporcionar la información y documentación que se les solicite sobre los asuntos que integran el orden del
día y el seguimiento de los acuerdos;
V. Emitir su voto en los acuerdos del Comité; y
VI. Firmar las actas de las sesiones.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO. Los presentes lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial
"Gaceta del Gobierno" y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a estos o concluya el programa.
TERCERO. Todo lo no previsto en los presentes lineamientos será resuelto por el Comité.
CAROLINA ALANÍS MORENO
COMISIONADA EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y
PRESIDENTA DEL COMITÉ TÉCNICO
(RUBRICA).
EL COMITÉ DE ADMISIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA VALENTINA “ATENCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y
ADOLESCENTES EN SITUACIÓN DE ORFANDAD POR EL DELITO DE FEMINICIDIO Y DESAPARICIÓN”, PARA
EL ESTADO DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 9.2.2 FRACCIÓN X,
ASÍ COMO EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL CITADO PROGRAMA
CONSIDERANDO
Que, el Programa Valentina “Atención de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad por el Delito de
Feminicidio y Desaparición” tiene como propósito contribuir al sano desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes
que se encuentran en situación de orfandad a consecuencia de los delitos de feminicidio y desaparición cometidos,

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