ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL MANUAL DE IDENTIDAD DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación20 Enero 2020
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 105Enero 20 de 2020 (Primera Sección)
ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
ACUERDO AS/001/2020
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL MANUAL DE IDENTIDAD DEL ÓRGANO SUPERIOR DE
FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Mtra. Yolytzín Alelí Rodríguez Sendejas, en suplencia por ausencia definitiva del Auditor Superior de
Fiscalización del Estado de Aguascalientes, acorde a lo establecido en los artículos 98, párrafo segundo de
la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes y 17 del Reglamento Interior del Órgano
Superior de Fiscalización del Estado, así como por Acuerdo Legislativo de fecha 30 de abril de 2019
publicado en el Periódico Oficial del Estado el 6 de mayo de 2019, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 27 A, párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 1º, 4º párrafo tercero, 94, 100 fracciones I, V y XXVII, de la Ley
de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes; 1º, 2º, 5º, 6º párrafo primero y 7º fracción VII del
Reglamento Interior citado, conforme a los siguientes:
ANTECEDENTES
1. El 2 de octubre de 2017 se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Decreto Número 136 por el que
se expide la Ley de Imagen Institucional para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
2. La Ley en mención señala que lo dispuesto en dicho instrumento normativo es de observancia general
en el Estado de Aguascalientes, incluido el Poder Legislativo.
De igual manera, dispone que la imagen institucional debe ser acorde a la pluralidad ideológica,
política, económica, social, histórica y cultural, así como a los valores, usos y costumbres que
distinguen a la sociedad de Aguascalientes.
3. El artículo primero transitorio del Decreto por el que se emite la Ley de Imagen Institucional establece
como plazo de inicio de vigencia para el Poder Legislativo el 15 de septiembre de 2018.
CONSIDERANDOS
I. Que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado como órgano auxiliar del Congreso del Estado de
Aguascalientes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 fracción V y 27 A de la Constitución
Política del Estado de Aguascalientes, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía
técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones.
II. Que al frente de dicha Entidad de Fiscalización habrá un Auditor Superior, el cual tiene como
atribución expedir los manuales de organización y procedimientos, así como otras disposiciones que se
requieran para la debida organización y funcionamiento del Órgano Superior de Fiscalización del Estado.
III. Que atendiendo lo señalado en la Ley de Imagen Institucional, las dependencias y entidades, deberán
emitir su Manual de Identidad Institucional, en el cual se establecerá de manera enunciativa mas no
limitativa: la forma de uso del escudo oficial, la determinación de la tonalidad de los colores institucionales,
los formatos y pautas que se emplearán en los materiales impresos y audiovisuales, entre otros.
IV. Que una vez revisados los lineamientos contenidos en la Ley de la materia, se determinó que la
imagen institucional de la Entidad de Fiscalización no cumple con lo preceptuado en la normatividad, toda
vez que el logo actual no se ajusta a los colores institucionales, pues hace alusión a tonos de partidos
políticos.
V. Que atendiendo lo señalado en el artículo 13 párrafo segundo de la Ley de la materia, y con el fin de
unificar y homologar la imagen del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes a la del
Congreso del Estado, se solicitó apoyo a dicha entidad pública para la elaboración de nuevo logotipo.
VI. Que una vez remitida la propuesta por parte del área de comunicación social del Poder Legislativo del
Estado, el pasado 15 de noviembre de 2019; revisado su contenido y alcance, la imagen que representa a
la Entidad de Fiscalización del Estado cambia y se establecen en el presente documento de manera
específica los elementos que consolidan la nueva identidad visual, tipografías, colores del escudo oficial,
así como presentación en papelería oficial como es tarjetas de presentación, sobres, gafetes, entre otros.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Mtra. Yolytzín Alelí Rodríguez Sendejas, en suplencia por
ausencia definitiva el Auditor Superior del Órgano de Fiscalización, emite el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Se expide el Manual de Identidad del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
Aguascalientes, al tenor siguiente:
CONTRALORÍA INTERNA
H. CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Aguascalientes, Aguascalientes, 2 de abril de 2019
Conforme al mandato establecido por el artículo 101 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del
Estado de Aguascalientes y en acato al Artículo Sexto Transitorio del Decreto 124 a través del cual se expidió
Legislatura del Congreso del Estado, actuando con fundamento en la atribución conferida por el artículo 49
fracción XIII del Reglamento Interior del Poder Legislativo, y en virtud de la aprobación por parte del Comité
de Administración de fecha 20 de noviembre de 2018, sobre el Acuerdo emitido por ésta Contraloría Interna
respecto a la división de autoridades para ejercer las atribuciones que la ley otorga para actuar en
Procedimientos de Responsabilidades Administrativas, y dado que ha causado baja quien estuviere a cargo
del Departamento de Normatividad, Responsabilidades y Situación Patrimonial, se determina que de acuerdo
a la estructura actual de éste Órgano Interno de Control será equiparado para su actuación en la siguiente
DESIGNACIÓN:
I.- Autoridad Investigadora: la Unidad de Transparencia, estando a cargo el Licenciado en Derecho Pedro
Alejandro Soto Vázquez;
II.- Autoridad Substanciadora: el Departamento de Normatividad, Responsabilidades y Situación
Patrimonial, estando a cargo la Licenciada en Derecho Anabelle Chávez González; y
III.- Autoridad Resolutora: el Contralor Interno, siendo el titular el Maestro en Educación, así como en
Mercadotecnia Roberto Aníbal Valdés Ahumada.
Se tienen a las autoridades señaladas como legalmente autorizadas para ejercer las funciones inherentes al
cargo que se les asignó, a partir de la fecha de expedición de ésta designación, dejando sin efecto la anterior.
MTRO. ROBERTO ANÍBAL VALDÉS AHUMADA
CONTRALOR INTERNO
DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

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