Acuerdo por El que Se Expide el Código de ética y Las Reglas de Integridad para Los Servidores Públicos de La Fiscalía General del Estado de Colima.

Tomo 105, Colima, Col., sábado 25 de julio de 2020; Núm. 51; pág. 10

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE COLIMA ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA Y LAS REGLAS DE INTEGRIDAD PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE COLIMA. ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA Y LAS REGLAS DE INTEGRIDAD PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE COLIMA. El Visitador General de la Fiscalía General Estado de Colima, Licenciado Álvaro Ramírez Rodríguez, con fundamento en los artículos 35, 36 y 37 numeral 1 fracciones I, II y XI, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima, en relación con el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y CONSIDERANDO PRIMERO. En fecha 07 de noviembre de 2015, se publicó en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, diversas reformas a las disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, reconociendo a la Fiscalía General del Estado de Colima, como un Órgano Estatal Autónomo. Para lo cual, en fecha 21 de agosto de 2018, se publicó la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima, dotándose de autonomía a la Institución mediante la declaratoria de entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General del Estado, de fecha 25 de agosto de 2018. SEGUNDO. Derivado de la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General como un Órgano Autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía de gestión y autonomía técnica. Esta institución podrá emitir acuerdos, circulares, directrices, protocolos, instructivos, manuales de organización y de procedimiento, así como las disposiciones técnicas y administrativas que sean materia de su competencia, y/o cualquier otro lineamiento de carácter interno que considere necesario para el debido funcionamiento de la Institución, así como para alcanzar sus objetivos y cumplimentar a cabalidad las funciones conferidas por la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima. TERCERO. Derivado de la entrada en vigor y del funcionamiento de la Fiscalía General del Estado de Colima, como un organismo autónomo, resulta necesario que la Institución cuente con documentos rectores, que garanticen a la ciudadanía que los servidores públicos que prestan sus servicios, sean rectos en su actuar durante el ejercicio de sus funciones. Así mismo, resulta oportuna la creación e implementación de un Código de Ética y sus Reglas de Integridad, como conjunto ordenado de reglas y preceptos que se establecen con la finalidad de precisar de manera concreta las obligaciones y atribuciones éticas de los servidores públicos de cada una de las áreas que integran la Fiscalía General del Estado de Colima, el cual deberán de respetar durante el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y tendrá una observancia obligatoria para todo el personal de la Institución. Por tal razón, resulta necesario emitir el presente acuerdo a fin de dotar a esta Institución con el instrumento legal para el eficaz y eficiente desempeño de sus funciones, de tal forma que constituya un principio rector que fortalezca la credibilidad de la sociedad en el quehacer institucional, por tal motivo he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA Y LAS REGLAS DE INTEGRIDAD PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE COLIMA. ARTÍCULO PRIMERO. El presente tiene por objeto crear el Código de Ética y las Reglas de Integridad para los Servidores Públicos de la Fiscalía General del Estado de Colima, en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. ARTÍCULO SEGUNDO. El Código de Ética y las Reglas de Integridad para los Servidores Públicos de la Fiscalía General del Estado de Colima, plasman los principios, valores y conductas éticas que permiten respetar las reglas laborales y normas jurídicas, para que el Servidor Público pueda conducir su actuación en un sentido recto, mientras permanece desempeñando el empleo, cargo o comisión que le ha sido conferido. ARTÍCULO TERCERO. El presente Código de Ética y las Reglas de Integridad serán aplicables para los servidores públicos y personal en general que se desempeñe en la Fiscalía General del Estado de Colima. ARTÍCULO CUARTO. El lenguaje empleado en el Código de Ética y las Reglas de Integridad, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representa a ambos sexos, los cuales fueron elaborados considerando un lenguaje claro, incluyente y no sexista.

ARTÍCULO QUINTO Para efectos del contenido del Código de Ética y Reglas de Integridad, se entenderá por: I

Acoso Sexual: a la forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos; Bases: a las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Fiscalía General del Estado de Colima; Código de Conducta: al instrumento emitido por el titular del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General del Estado de Colima; Código de Ética: al Código de Ética y Reglas de Integridad de los Servidores Públicos de la Fiscalía General del Estado de Colima, contenido en el presente Acuerdo; Comité: al Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés; Órgano Interno de Control: a la unidad administrativa a cargo de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno dentro de la Fiscalía General del Estado de Colima, es decir, la Visitaduría General; Conflicto de Intereses: a la situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público, puedan afectar el desempeño independiente e imparcial de sus empleos, cargos comisiones o funciones;

II. III. IV. V. VI.

VII.

VIII. Denuncia: a la narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a un servidor público, y que resulta presuntamente contraria a los Códigos de Ética, Conducta o a las Reglas de Integridad; IX. Hostigamiento sexual: al ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva; Lineamientos Generales: a los Lineamientos Generales para el establecimiento de acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos estatales en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés; Fiscalía: Fiscalía General del Estado de Colima; y Reglas de Integridad: a las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública, contenidas en el Código de Ética de la Fiscalía.

X.

XI. XII.

ARTÍCULO SEXTO El Código de Ética se regirá bajo los siguientes principios de actuación los cuales serán de observancia general para los Servidores Públicos de la Fiscalía en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y serán los siguientes: I

Legalidad. Los servidores públicos hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas otorgan a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones; Honradez. Los servidores públicos se conducen con rectitud, sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete el ejercicio de sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio; Lealtad. Los servidores públicos corresponden a la confianza que el Estado les ha conferido, tienen vocación absoluta de servicio a la sociedad y satisfacen el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al bienestar de la población; Imparcialidad. Los servidores públicos dan a los ciudadanos y a la población en general el mismo trato, no conceden privilegios, preferencias a organizaciones o personas, ni permiten que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva; Eficiencia. Los servidores públicos actúan conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales.

II.

III.

IV.

V.

según sus responsabilidades a través del uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad...

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