Acuerdo. En estricto acatamiento a la referida ejecutoria de amparo, se declara insubsistente y sin efecto legal alguno, el acuerdo de fecha doce de septiembre de dos mil once, emitido por esta autoridad en cumplimiento a lo ordenado por el licenciado silvestre lara amador, magistrado ponente de la entonces sala electoral administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, mediante auto de la misma fecha, emitido en el toca administrativo 166/2011, publicado al día siguiente en el periódico oficial del gobierno del estado de tlaxcala, en el cual se suspendió de sus funciones como notario público número tres de la demarcación de cuauhtemoc, con sede en apizaco, tlaxcala, al doctor en derecho eduardo lozano tovar.
Fecha de publicación | 26 Junio 2012 |
Número de Gaceta | 2-EXT. |
Tlaxcala, Tlaxcala; a seis de junio de dos mil
doce. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
D A D A cuenta con el oficio número
29184, de fecha cinco de junio de dos mil doce
signado por el Licenciado José Alejandro
Reséndiz Fragoso, Secretario del Juzgado
Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala
deducido del juicio de amparo número de
expediente 1431/2011-D, promovido por la
LICENCIADA EN DERECHO LILIANA
ELOÍSA GARCÍA BARBA, mediante el cual, el
Juez Segundo de Distrito en el Estado de
Tlaxcala requiere a mi investidura para que
dentro del término de veinticuatro horas
siguientes a la notificación del auto a que se
refiere dicho oficio, informe sobre el
cumplimiento que haya dado a la ejecutoria
dictada en dicho juicio de garantías o sobre los
actos realizados para tal efecto; visto su
contenido, con fundamento en lo dispuesto por
los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo; 70
fracción XI de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, emito el
siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A C U E R D O
PRIMERO.- En estricto acatamiento a la referida ejecutoria de amparo, se declara insubsistente y sin efecto legal alguno, el acuerdo de fecha doce de septiembre de dos mil once, emitido por esta autoridad en cumplimiento a lo ordenado por el Licenciado Silvestre Lara Amador, Magistrado Ponente de la entonces Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, mediante auto de la misma fecha emitido en el Toca Administrativo 166/2011 publicado al día siguiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, en el cual se suspendió de sus funciones como Titular de la Notaría Pública número Tres de la demarcación de Morelos, con sede en Tlaxco, Tlaxcala, a la LICENCIADA EN DERECHO LILIANA ELOÍSA GARCÍA BARBA. - - - - - - - - - - - - - -
SEGUNDO.- Se declara insubsistente para todos los efectos legales a que haya lugar, la declaratoria de suspensión de funciones de la LICENCIADA EN DERECHO LILIANA ELOÍSA GARCÍA BARBA, como Titular de la Notaría Pública número Tres del Distrito de Morelos, con sede en Tlaxco, Tlaxcala; decretada por el suscrito mediante el acuerdo citado en el punto inmediato anterior y que se había determinado duraría hasta en tanto se revocara dicha medida cautelar o bien se resolviera en definitiva sobre la legalidad de los actos controvertidos en el Toca Administrativo 166/2011. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -...
PRIMERO.- En estricto acatamiento a la referida ejecutoria de amparo, se declara insubsistente y sin efecto legal alguno, el acuerdo de fecha doce de septiembre de dos mil once, emitido por esta autoridad en cumplimiento a lo ordenado por el Licenciado Silvestre Lara Amador, Magistrado Ponente de la entonces Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, mediante auto de la misma fecha emitido en el Toca Administrativo 166/2011 publicado al día siguiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, en el cual se suspendió de sus funciones como Titular de la Notaría Pública número Tres de la demarcación de Morelos, con sede en Tlaxco, Tlaxcala, a la LICENCIADA EN DERECHO LILIANA ELOÍSA GARCÍA BARBA. - - - - - - - - - - - - - -
SEGUNDO.- Se declara insubsistente para todos los efectos legales a que haya lugar, la declaratoria de suspensión de funciones de la LICENCIADA EN DERECHO LILIANA ELOÍSA GARCÍA BARBA, como Titular de la Notaría Pública número Tres del Distrito de Morelos, con sede en Tlaxco, Tlaxcala; decretada por el suscrito mediante el acuerdo citado en el punto inmediato anterior y que se había determinado duraría hasta en tanto se revocara dicha medida cautelar o bien se resolviera en definitiva sobre la legalidad de los actos controvertidos en el Toca Administrativo 166/2011. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba