Acuerdo. En estricto acatamiento a la referida ejecutoria de amparo, se declara insubsistente y sin efecto legal alguno, el acuerdo de fecha doce de septiembre de dos mil once, emitido por esta autoridad en cumplimiento a lo ordenado por el licenciado silvestre lara amador, magistrado ponente de la entonces sala electoral administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, mediante auto de la misma fecha, emitido en el toca administrativo 166/2011; publicado al día siguiente en el periódico oficial del gobierno del estado de tlaxcala, en el cual se suspendió de sus funciones como titular de la notaria publica numero tres de la demarcación de juárez, con sede en huamantla, tlaxcala, al licenciado en derecho carlos eric ixtlapale carmona.
Fecha de publicación | 01 Agosto 2012 |
Número de Gaceta | 31-1ª. SECC. |
Tlaxcala, Tlaxcala; a seis de junio de dos
mil doce. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
D A D A cuenta con el oficio número
29143 , de fecha cinco de junio de dos mil doce
signado por la Licenciada María Guadalupe
Alviso Murillo, Secretaria del Juzgado Segundo
de Distrito en el Estado de Tlaxcala, deducido
del juicio de amparo número de expediente
1529/2011-F, promovido por la LICENCIADA
EN DERECHO VERÓNICA SÁNCHEZ
VEANA, mediante el cual, el Juez Segundo de
Distrito en el Estado de Tlaxcala requiere a mi
investidura para que dentro del término de
veinticuatro horas siguientes a la notificación del
auto a que se refiere dicho oficio, informe sobre
el cumplimiento que haya dado a la ejecutoria
dictada en dicho juicio de garantías o sobre los
actos realizados para tal efecto; visto su
contenido, con fundamento en lo dispuesto por
los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo; 70
fracción XI de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, emito el
siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A C U E R D O
PRIMERO.- En estricto acatamiento a la referida ejecutoria de amparo, se declara insubsistente y sin efecto legal alguno, el acuerdo de fecha doce de septiembre de dos mil once, emitido por esta autoridad en cumplimiento a lo ordenado por el Licenciado Silvestre Lara Amador, Magistrado Ponente de la entonces Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, mediante auto de la misma fecha emitido en el Toca Administrativo 166/2011 publicado al día siguiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, en el cual se suspendió de sus funciones como Titular de la Notaría Pública número Dos de la demarcación de Xicohténcatl, con sede en San Pablo del Monte, Tlaxcala, a la LICENCIADA EN DERECHO VERÓNICA SÁNCHEZ VEANA. -
SEGUNDO.- Se declara insubsistente para todos los efectos legales a que haya lugar, la declaratoria de suspensión de funciones de la LICENCIADA EN DERECHO VERÓNICA SÁNCHEZ VEANA, como Titular de la Notaría Pública número Dos del Distrito de Xicohténcatl con sede en San Pablo del Monte, Tlaxcala; decretada por el suscrito mediante el acuerdo citado en el punto inmediato anterior y que se había determinado duraría hasta en tanto se revocara dicha medida cautelar o bien se resolviera en definitiva sobre la legalidad de los actos controvertidos en el Toca Administrativo 166/2011. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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PRIMERO.- En estricto acatamiento a la referida ejecutoria de amparo, se declara insubsistente y sin efecto legal alguno, el acuerdo de fecha doce de septiembre de dos mil once, emitido por esta autoridad en cumplimiento a lo ordenado por el Licenciado Silvestre Lara Amador, Magistrado Ponente de la entonces Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, mediante auto de la misma fecha emitido en el Toca Administrativo 166/2011 publicado al día siguiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, en el cual se suspendió de sus funciones como Titular de la Notaría Pública número Dos de la demarcación de Xicohténcatl, con sede en San Pablo del Monte, Tlaxcala, a la LICENCIADA EN DERECHO VERÓNICA SÁNCHEZ VEANA. -
SEGUNDO.- Se declara insubsistente para todos los efectos legales a que haya lugar, la declaratoria de suspensión de funciones de la LICENCIADA EN DERECHO VERÓNICA SÁNCHEZ VEANA, como Titular de la Notaría Pública número Dos del Distrito de Xicohténcatl con sede en San Pablo del Monte, Tlaxcala; decretada por el suscrito mediante el acuerdo citado en el punto inmediato anterior y que se había determinado duraría hasta en tanto se revocara dicha medida cautelar o bien se resolviera en definitiva sobre la legalidad de los actos controvertidos en el Toca Administrativo 166/2011. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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