Acuerdo. En estricto acatamiento a la referida ejecutoria de amparo, se declara insubsistente y sin efecto legal alguno, el acuerdo de fecha doce de septiembre de dos mil once, emitido por esta autoridad en cumplimiento a lo ordenado por el licenciado silvestre lara amador, magistrado ponente de la entonces sala electoral administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, mediante auto de la misma fecha, emitido en el toca administrativo 166/2011, publicado al día siguiente en el periódico oficial del gobierno del estado de tlaxcala, en el cual se suspendió de sus funciones como notario público número tres de la demarcación de morelos, con sede en tlaxco, tlaxcala, a la licenciada en derecho liliana eloisa garcia barba.

Fecha de publicación26 Junio 2012
Número de Gaceta2-EXT.
Tlaxcala, Tlaxcala; a seis de junio de dos mil doce. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - D A D A cuenta con el oficio número 29099, de fecha cinco de junio de dos mil doce signado por el Licenciado José Alejandro Reséndiz Fragoso, Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala deducido del juicio de amparo número de expediente 1542/2011-C, promovido por el LICENCIADO EN DERECHO CESÁREO SANTAMARÍA MADRID, mediante el cual, el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala requiere a mi investidura para que dentro del término de veinticuatro horas siguientes a la notificación del auto a que se refiere dicho oficio, informe sobre el cumplimiento que haya dado a la ejecutoria dictada en dicho juicio de garantías o sobre los actos realizados para tal efecto; visto su contenido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo; 70 fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, emito el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O

PRIMERO.- En estricto acatamiento a la referida ejecutoria de amparo, se declara insubsistente y sin efecto legal alguno, el acuerdo de fecha doce de septiembre de dos mil once, emitido por esta autoridad en cumplimiento a lo ordenado por el Licenciado Silvestre Lara Amador, Magistrado Ponente de la entonces Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, mediante auto de la misma fecha emitido en el Toca Administrativo 166/2011 publicado al día siguiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, en el cual se suspendió de sus funciones como Titular de la Notaría Pública número Uno de la demarcación de Lardizábal y Uribe, con sede en Chiautempan, Tlaxcala, al LICENCIADO EN DERECHO CESÁREO SANTAMARÍA MADRID. - - - - - -

SEGUNDO.- Se declara insubsistente para todos los efectos legales a que haya lugar, la declaratoria de suspensión de funciones del LICENCIADO EN DERECHO CESÁREO SANTAMARÍA MADRID, como Titular de la Notaría Pública número Uno del Distrito de Lardizábal y Uribe, con sede en Chiautempan, Tlaxcala; decretada por el suscrito mediante el acuerdo citado en el punto inmediato anterior y que se había determinado duraría hasta en tanto se revocara dicha medida cautelar o bien se resolviera en definitiva sobre la legalidad de los actos controvertidos en el Toca Administrativo 166/2011. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -...

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