ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES, ASÍ COMO LA AMPLIACIÓN DE PLAZOS EN LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES (ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES) RESPECTO DE LOS ASUNTOS QUE SE SEÑALA, COMO MEDIDA PREVENTIVA FRENTE AL CORONAVIRUS (COVID-19)

Fecha de publicación14 Mayo 2020
SecciónPrimera Secció
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 13Mayo 14 de 2020
declaraciones iniciales, de modificación y conclusión, por lo cual los servidores públicos que estén en
oportunidad la puedan presentar.
TERCERO. El presente acuerdo es aplicable a los servidores públicos que están obligados a presentar sus
declaraciones: patrimonial y de interés en la Administración Pública Municipal del Municipio de Calvillo, de
conformidad con la Normatividad aplicable en la materia.
CUARTO. Lo dispuesto en los artículos primero y segundo del presente Acuerdo, estará supeditado a las
determinaciones que la autoridad sanitaria establezca para mitigar y controlar los riesgos para la salud que
implica la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Dado en la ciudad de Calvillo, Aguascalientes, a los 06 días del mes de mayo del año dos mil veinte.
A T E N T A M E N T E
C.P. NOEL ANTELMO RUIZ CARRILLO
TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
DEL MUNICIPIO DE CALVILLO
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Licenciado en Administración de Empresas LUIS GALLO NÁJERA, Contralor Municipal de Jesús María,
Aguascalientes, con aprobación del Maestro e Ingeniero JOSÉ ANTONIO ARÁMBULA LÓPEZ, Presidente
Municipal de Jesús María, Aguascalientes, en ejercicio a las atribuciones que me confieren los artículos 1°
párrafo tercero, 4° párrafo cuarto y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos
2° párrafo cuarto, 4° párrafo once, 8º y del 66 al 72 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes;
1, 2, 21, 22 fracciones I y XIII, 43 fracciones I, XVII y XVIII del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de
Jesús María, Aguascalientes; 6º, 7º, 10 fracciones II, III y VI del Reglamento Interior de la Contraloría
Municipal de Jesús María, Aguascalientes, dentro del ámbito de competencia, se emiten los siguientes:
CONSIDERANDOS
I. Que el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró como pandemia al coronavirus
SARS-CoV2 causante de la enfermedad (COVID-19), en razón de su capacidad de contagio a la población
en general;
II. Que en fecha 20 de marzo de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes,
“DECRETO DE SALUD ANTE CONTINGENCIA POR PANDEMIA COVID-19” ordenándose tomar diversas
medidas sanitarias, derivado de los siguientes puntos considerativos:
I. Que el artículo párrafos segundo y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conf ormidad
con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a
las personas la protección más amplia; debiendo todas las autoridades, en el ámbito de sus
competencias, promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con
los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Asimismo, en su
artículo 4º párrafo cuarto, señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud.
II. Que la Ley General de Salud en su artículo fracción IV reconoce a los gobiernos de las entidades
federativas, como autoridades sanitarias.
III. Que el artículo 4º penúltimo párrafo de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes prevé
que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley establecerá las bases y modalidades
para el acceso a los servicios de salud y determinará la participación del Estado y sus Municipios en la
materia.
IV. Que en términos del artículo 3º de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes corresponde al
Estado de Aguascalientes, planear, organizar y desarrollar el Sistema Estatal de Salud en su
circunscripción territorial en los términos de los Artículos , , y 13 de la Ley General de Salud.

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