Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la realización de la Revisión Documental y la Inspección Física, Mecánica y Equipamiento Auxiliar de las Unidades que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Publico Individual, denominada Revista Vehicular, correspondiente al año 2017

26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Marzo de 2017

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LA REVISIÓN DOCUMENTAL Y LA INSPECCIÓN FÍSICA, MECÁNICA Y EQUIPAMIENTO AUXILIAR DE LAS UNIDADES QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PUBLICO INDIVIDUAL, DENOMINADA REVISTA VEHICULAR, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017.

LICENCIADO HECTOR SERRANO CORTES, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos con fundamento en lo establecido en los artículos 122, apartado A fracción V y SEGUNDO Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Reforma en materia política de la Ciudad de México, publicada el día 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación; 1°, 12 fracciones I, II, IV y VI, 87 y 93 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7 párrafo primero, 15 fracción IX, 16 fracción II y IV y 31 fracciones I y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, así como los Transitorios Tercero y Quinto de su Reforma publicada el 14 de julio de 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; 222 fracción X y 294 del Código Fiscal del Distrito Federal 2016; 1, 2 fracciones I, II y V, 7, 9 fracción LXXXVI, 12 fracciones I, VI, XVI, XVIII y XIX, 55 fracción I, 56 fracción I inciso c), 85 fracción III, 89 párrafo primero, 90, 110 fracciones I, III, XII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XXV, 118, 119, 120, así como los Transitorios Quinto y Sexto de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 7° fracción IX inciso C numeral 2, 26 fracción X, 30 fracción I, 34 Bis C fracción II, 37 fracción XVIII y 95 Quinquies fracciones I, II, III, V, VIII, IX y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 2° fracción VIII, 3°, 6°, 33 fracciones IV, V, VI, XVIII y XIX y 102 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que una de las facultades de la Secretaría de Movilidad es la de dictar las medidas relativas a la prestación del Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual;

Que la Secretaría de Movilidad debe vigilar el cumplimiento de esas medidas, por lo que debe verificar que la prestación del Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual se realice en condiciones óptimas, garantizando en todo momento, la seguridad y confort de los usuarios, además de verificar que la concesión de dicho servicio se esté explotando de forma regular, permanente y continua;

Que la Revista Vehicular Anual es el instrumento legal mediante el cual el Gobierno de la Ciudad de México, verifica y certifica la situación documental y las condiciones físicas de los vehículos que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual, para así procurar mayor seguridad a los usuarios de este medio de transporte y a la ciudadanía en general;

Que con fecha 26 de agosto de 2014 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el "Aviso por el que se determinan las características, especificaciones, cromática, rótulos y medios de identificación oficiales, que de manera obligatoria deberán incorporar a los vehículos que prestan el servicio de transporte público individual de pasajeros "taxi" en el Distrito Federal";

Que con fecha 17 de agosto de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México "Aviso por el que se da a conocer la Cromática para los vehículos que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual Taxi Híbrido de la Ciudad de México";

Que los concesionarios del Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual, están obligados a cumplir con las disposiciones de la Ley de Movilidad del Distrito Federal y prestar el servicio en unidades que cumplan con las disposiciones de seguridad, higiene, confort, así como las especificaciones técnicas que emita la Secretaría de Movilidad; Que el proceso de revista tiene la finalidad de continuar impulsando la transformación del transporte público concesionado en la Ciudad de México y que este servicio se lleve a cabo con eficiencia y eficacia y garantice la seguridad de usuarios, peatones y los derechos de los concesionario se fortalezcan; así como proponer la conservación, mantenimiento y renovación del parque vehicular destinado a la prestación del servicio público; por todo lo antes puesto se expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LA REVISIÓN DOCUMENTAL Y LA INSPECCIÓN FÍSICA, MECÁNICA Y EQUIPAMIENTO AUXILIAR DE LAS UNIDADES QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PUBLICO INDIVIDUAL, DENOMINADA REVISTA VEHICULAR, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017.

PRIMERO. Para efectuar el trámite de la Revista Vehicular Anual 2017, de las unidades destinadas al Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual es requisito indispensable ser titular de la concesión emitida por la Secretaría de Movilidad.

SEGUNDO. Todos los concesionarios del Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual, legalmente reconocidos por la Secretaría de Movilidad, deben realizar el pago de derechos por el trámite de revista vehicular anual 2017, con independencia del modelo del vehículo registrado, y realizar el trámite de Revista Vehicular Anual 2017...

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