Acuerdo por el que se emiten las Políticas de Protección de Datos Personales en posesión de la Alcaldía

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de enero de 2020

ALCALDÍA EN LA MAGDALENA CONTRERAS

PATRICIA JIMENA ORTÍZ COUTURIER, Alcaldesa del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras, con fundamento en los artículos 1, 2, 7 apartado E, 52 numerales 1 y 4; 53 apartado A, numeral 12, fracción XIII, Apartado B, inciso a) Fracciones III y X de la Constitución Política de la Ciudad de México, así como los artículos 1, 2, 3, 6, 9, 29 fracción XI, XIII y 31 fracciones III y X de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, en su artículo 23 fracción II, dispone entre otros deberes para cualquier órgano del poder ejecutivo de la Ciudad de México, como lo es esta Alcaldía La Magdalena Contreras, el de elaborar políticas y programas de protección de datos personales, obligatorios y exigibles al interior del sujeto obligado. Es así que, este Órgano Político Administrativo, tomando en consideración los principios de lealtad y licitud para el tratamiento de los datos personales en posesión de este sujeto obligado, tiene a bien implementar un conjunto de acciones administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales y los sistemas de datos personales, las cuales se detallan a continuación:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS POLITICAS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

INTRODUCCIÓN

El presente documento tiene como propósito establecer las políticas mínimas que deben seguir los servidores públicos de esta Alcaldía que con motivo de su empleo, cargo o comisión recaben o traten datos personales, a fin de garantizar en todo momento su protección y confidencialidad. Para lo cual, cada área administrativa que conforma este Órgano Político Administrativo adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, robo, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Las Áreas Administrativas de la Alcaldía, sólo deberán obtener y recabar los datos personales que resulten estrictamente necesarios para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, quedando obligados a garantizar en todo momento las condiciones físicas o tecnológicas y los requisitos establecidos en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, así como en su normatividad específica, que resulten necesarias para su adecuado tratamiento, así como su debida administración y resguardo de aquellos que se encuentren bajo su custodia.

Cada persona es propietaria de sus datos personales, por lo que tiene el derecho a que se le informe de manera clara y concreta el tratamiento que se le dará a cada uno de sus datos personales, para que esté en posibilidad de otorgar su consentimiento para el tratamiento de los mismos, por lo que esta Alcaldía y sus servidores públicos, no tienen derecho de propiedad de los datos personales que tratan en el ejercicio de sus atribuciones, salvo disposición expresa de las leyes, pero sí la obligación legal de adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para su debida conservación, resguardo y protección.

DEFINICIONES

En la aplicación de las presentes políticas de protección de datos personales, se deberá entender por:

Áreas: Instancias de la Alcaldía previstas en el Registro de Estructura Orgánica y Manual de Organización ambos de la Alcaldía La Magdalena Contreras, así como Manuales de Procedimientos, reglamentos interiores...

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