Acuerdo por el que se emite por segunda ocasión el Aviso por el que se da a conocer la Norma Ambiental Emergente para el Distrito Federal NAEDF-003-AIRE-2016, que establece los Límites Máximos Permisibles de Emisiones a la Atmósfera que deberán cumplir los responsables de las Fuentes Emisoras ubicadas en la Ciudad de México, que realicen la Actividad de Cremación de Cadáveres Humanos, de Restos Humanos Áridos, o la Incineración de Cadáveres de Animales

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Tanya Müller García, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México y Presidenta del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 5, 15 fracción IV, 16 fracción IV, y 26 fracciones I, III, IV, IX y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1 fracciones I, II y V, 2 fracciones I, VII y IX, 5, 6 fracción II, 9 fracciones IV, VII, XXVII, XXVIII, XLII, XLIII y LIII, 18 fracciones II y III, 19 fracción IV, 36 fracción I, 37, 38, 39, 41, 42, 123, 126, 130, 131 fracción II, 132 fracción I y 133 fracciones IV, VII y X, 135 fracciones I y II, y 151 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; 7° fracción IV, numeral 2, y 55 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 23 de abril de 2002; y Acuerdos por los que se reforma el diverso por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 19 de agosto de 2005 y 4 de julio de 2007, derivados de las reformas al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 19 de enero y 28 de febrero de 2007; y

CONSIDERANDO

Que el artículo 42 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal a la letra refiere: "2026En casos de emergencia que pongan en riesgo la integridad de las personas o del ambiente, la Secretaría podrá publicar en la Gaceta Oficial normas ambientales del Distrito Federal sin sujetarse al procedimiento establecido en el artículo anterior. Estas normas tendrán una vigencia máxima de seis meses. En ningún caso se podrá expedir más de dos veces consecutivas la misma norma en los términos de este artículo2026".

Que el 23 de enero del presente año, con la finalidad de prevenir, controlar y mitigar la emisión de contaminantes a la atmósfera para mejorar la calidad del aire en la Ciudad en beneficio de sus habitantes, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso por el que se da a conocer la Norma Ambiental Emergente para el Distrito Federal NAEDF-003-AIRE-2016, que establece los límites máximos...

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