Acuerdo y Documento Correspondiente Al Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'San ángel', Localizado Al Poniente de la Ciudad de Armería, en el Predio Rústico Conocido Como la CURVA.

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 27 de Agosto del año 2016; Núm. 52 pág. 1522.

ACUERDO

Y DOCUMENTO CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "SAN ÁNGEL", LOCALIZADO AL PONIENTE DE LA CIUDAD DE ARMERÍA, EN EL PREDIO RÚSTICO CONOCIDO COMO LA CURVA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.179/2016, de fecha 19 de Julio del año 2016, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 9 de agosto del presente año, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano, de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "SAN ÁNGEL", localizado al Poniente de la Ciudad de Armería, en el predio rústico conocido como La Curva, el cual es promovido por la C. Angélica Salazar Navarro.

SEGUNDO.- Que el H. Cabildo Constitucional del Municipio de Armería, Col., en Sesión celebrada el día 10 de marzo año 2016, aprobó la acutalización el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "SAN ÁNGEL", localizado al Poniente de la Ciudad de Armería, en el predio rústico conocido como La Curva, según certificación del Punto de Acuerdo respectivo expedida el día 14 de Julio de 2016, por el Secretario del H. Ayuntamiento del Municipio ya mencionado.

TERCERO.- Que el Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "SAN ÁNGEL", localizado al Poniente de la Ciudad de Armería, en el predio rústico conocido como La Curva, conforme se asienta en el documento del cual solicitan su publicación.

CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previsto en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "SAN ÁNGEL", localizado al Poniente de la Ciudad de Armería, en el predio rústico conocido como La Curva, de conformidad como se menciona en el Considerando anterior, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virgud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.- Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "SAN ÁNGEL", localizado al Poniente de la Ciudad de Armería, en el

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

predio rústico conocido como La Curva, mismo que fue aprobado por el H. Caldo del Municipio de Armería, en sesión celebrada el día 10 de marzo del año 2016, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día 15 quince de agosto del año 2016 dos mil dieciséis.

Atentamente. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, C. ARNOLDO OCHOA GONZÁLEZ. Rúbrica. EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO, ING. JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ ROMO. Rúbrica.

HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ARMERÍA, COLIMA

PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN "FRACCIONAMIENTO SAN ÁNGEL"

4 Julio de 2016

Versión Abreviada

ANTECEDENTES

INTRODUCCIÓN

La Sra. Angélica Salazar Navarro de Hoyos promueve la autorización del Programa Parcial de Urbanización (PPU) al que denomina "Fraccionamiento San Ángel" en su carácter de propietaria legal de tres fracciones de terreno colindantes que constituyen una unidad con 12,752.89 m2 de superficie, ubicadas en la ciudad de Armería, Colima.

La...

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