Acuerdo por el que se Delegan en el Director General de Administración de la Alcaldía enBenito Juárez, las Facultades que se indican

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de Octubre de 2018

ALCALDÍA BENITO JUÁREZ

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA ALCALDÍA BENITO JUÁREZ, LA FACULTAD DE OTORGAR Y SUSCRIBIR CONTRATOS, CONVENIOS, DOCUMENTOS Y DEMÁS ACTOS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE DENTRO DEL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES Y QUE SON NECESARIOS PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, ASÍ COMO PARA LA OPERACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN CUANTO AL MANEJO Y ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS MATERIALES, HUMANOS Y FINANCIEROS.

LICENCIADO SANTIAGO TABOADA CORTINA, ALCALDE DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN BENITO JUÁREZ, con fundamento en lo dispuesto por los artículo 122 apartado A Bases I y VI incisos a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 1 numerales 1, 4 y 5, artículo 52 numerales 1, 2 y 4, artículo 53 apartado A numerales 1, 2 fracción I, XX y XXI, 12, 13 y 14 apartado B numerales 1, 3, inciso a), b) y

  1. de la Constitución Política de la Ciudad de México, artículos 1, 2 fracción I, 3, 4, 5, 6, 15, 20, 21, 29 30, 31, 32 fracción I, 40, 41, 62, 63, 71 fracción II párrafo cuarto y 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, y artículos 120, 121, 122, último párrafo, 122 Bis, fracción III, inciso "B" y 125 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, en relación con el artículo trigésimo transitorio del Decreto por el que se Expide la Constitución Política de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

I. Que la Alcaldía Benito Juárez, es un Órgano Político Administrativo del Gobierno de la Ciudad de México, cuya administración publica corresponde al Alcalde, misma que está dotada de personalidad jurídica y autonomía funcional con respecto a su administración y acciones de gobierno en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás ordenamientos federales, locales y de la propia demarcación, así como las que deriven de los convenios que se celebren con el Gobierno de la Ciudad de México o con otras demarcaciones de la Ciudad.

II. Que los actos de Administración Publica de la Alcaldía Benito Juárez, se sujetarán a los principios de buena administración, buen gobierno y gobierno abierto con plena accesibilidad, basado en la honestidad, transparencia, rendición de...

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