Acuerdo por el Que Se Dan a Conocer las Participaciones Federales Ministradas a los Municipios del Estado de Colima Correspondientes Al Primer Trimestre del Ejercicio Fiscal 2018.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 14 de Abril del año 2018; Núm. 28 pág. 983

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS

ACUERDO

POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS PARTICIPACIONES FEDERALES MINISTRADAS A LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE COLIMA CORRESPONDIENTES AL PRIMER TRIMESTRE DEL EJERCICIO FISCAL 2018.

CARLOS ARTURO NORIEGA GARCIA, Secretario de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Colima, en el ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 110 y 113, de la Constitución Política del Estado; 8°, de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Colima; 13, Fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima y 7°, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas; y,

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que a través de lo dispuesto en el artículo 3, fracción I, así como en el Anexo 1, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de noviembre de 2017, se prevén las erogaciones para la distribución de los Ramos, uno de los cuales es el Ramo General 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, que se integra, entre otros, por el Fondo General de Participaciones, Fondo de Fomento Municipal, Fondo de Fiscalización y Recaudación, Participación Específica del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Fondo de Impuesto Sobre la Renta Participable, Incentivo del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios por la Venta Final de Gasolinas y Diesel, Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, Incentivo del Impuesto sobre Automóviles Nuevos e Incentivo del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

SEGUNDO.- Que la Ley de Coordinación Fiscal, en diversas disposiciones, establece la obligación que tienen tanto la Federación de distribuir los fondos mencionados en el párrafo anterior entre las entidades federativas, como éstas de hacerlo entre los municipios que las integran. Igualmente, señala las reglas que deben observarse por parte de la federación y las entidades federativas para efectuar tal distribución.

TERCERO.- Que el artículo 6o., cuarto párrafo, de la Ley de Coordinación Fiscal dispone: "...Los Gobiernos de las entidades, a más tardar el 15 de febrero...También deberán publicar trimestralmente en el Periódico Oficial, así como en la página oficial de Internet del gobierno de la entidad, el importe de las participaciones entregadas y, en su caso, el ajuste realizado al término de cada ejercicio fiscal...".

CUARTO.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó el día 14 de febrero de 2014, en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo 02/2014 por el que se expiden los Lineamientos para la publicación de la información a que se refiere el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal", documento en el cual se determina que la información que constituye el objeto del mismo, se publicará mediante acuerdo en el órgano de difusión oficial del gobierno del estado informante, así como en su página oficial de internet, a más tardar el 15 del mes siguiente a aquel en que se termine el trimestre que corresponda informar (abril, julio, octubre y enero).

En virtud de lo anterior, se expide el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.- En cumplimiento a la obligación que establece el penúltimo párrafo del artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, se dan a conocer los montos ministrados a cada uno de los municipios del Estado de Colima, por concepto del Fondo General de Participaciones, Fondo de Fomento Municipal, Fondo de Fiscalización y Recaudación, Participación Específica del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Fondo de Impuesto Sobre la Renta Participable, Incentivo del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios por la Venta Final de Gasolinas y Diesel, Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, Incentivo por el Impuesto sobre Automóviles Nuevos e Incentivo del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en el primer trimestre del 2018.

SEGUNDO.- Los factores de distribución de los diversos conceptos participables, así como el calendario de entrega de las participaciones, se dieron a conocer mediante acuerdo publicado el día 15 de febrero de 2018, en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".

PARTICIPACIONES FEDERALES MINISTRADAS A LOS MUNICIPIOS EN EL MES DE ENERO DE 2018 (Incluye ajustes pagados en el mes)

Nombre del Municipio

Fondo General de Participaciones

Fondo de

Fomento Municipal

Impuesto sobre Automóviles

Nuevos

Impuesto sobre Tenencia o

Uso de

Vehículos*

Impuesto

Especial sobre Producción y Servicios

Fondo de Fiscalización y Recaudación

Art. 4o

A, Fracción I de la Ley de Coord. Fiscal (Gasolinas).

Fondo de Compensación del Impuesto Sobre Automóviles

Nuevos

Total ISR Participable

Armería

3,193,306

1,197,036

106,275

67

0

0

226,139

13,648.00

594,700

5,331,171

Colima

Comala

1,038,618

0

13,388,541

5,241,642

386,348

116

0

0

620,180

49,617.00

456,977

20,143,421

3,061,225

108,966

58

0

179,517

13,994.00

310,254

4,712,632

Coquimatlán

Cuauhtémoc

1,180,923

96,282

0

2,748,113

1,067,128

94,142

65

0

0

196,328

12,090.00

4,117,866

Ixtlahuacán

3,393,202

112

0

342,716

12,365.00

3,684

05,029,284

3,926,667

Manzanillo

5,691,920

87

0

52,007.00

027,477,394

1,398,749

121,872

42

0

0

59,206

15,651.00

5,522,187

14,572,326

404,962

0

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