Acuerdo por el cual se dan a conocer las modificaciones a los Lineamientos de Operación de la acción social, “Programa Mercomuna Gustavo A. Madero, acción emergente de alimentación y economía local”; para el ejercicio fiscal 2020”, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 27 de abril de 2020

ALCALDÍA EN GUSTAVO A. MADERO

RUBÉN LINARES FLORES, Director General de Desarrollo Social en la Alcaldía Gustavo a. Madero, con fundamento en los artículos; 11, 33, 34 Fracción I, 35, 36, 37, 38 y 38 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículos 34, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y los Lineamientos para la Elaboración de Acciones Institucionales de Desarrollo Social (Acciones Sociales) 2020; así como, el Ordinal Tercero del Acuerdo por el que se delega en la persona Titular de la Dirección General de Desarrollo Social y de la Dirección Ejecutiva de Cultura, Recreación y Deporte las facultades derivadas de las atribuciones que se indican y expresamente les otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes a la Alcaldía de Gustavo A. Madero y su Titular, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con fecha 31 de enero de 2020; y

CONSIDERANDO

  1. Que con fecha 13 de abril de 2020, la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad de México, mediante el oficio SEDECO/OSE/265/2020, ha enviado a este Órgano Político Administrativo, el padrón de familias del Programa de Abasto Social de leche Liconsa, mismo que contiene el nombre de la persona beneficiaria, domicilio y punto de venta de leche, localizado en la jurisdicción de Gustavo A. Madero; y que servirá como referencia para la implementación de la Acción Social;

  2. Que con fecha 27 de abril de 2020 fue publicado el "Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la acción social, "Programa Mercomuna Gustavo A. Madero, Acción Emergente de Alimentación y Economía Local"; para el ejercicio fiscal 2020", por parte de la Alcaldía Gustavo A. Madero, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México;

  3. Que mediante oficio CDMX/CEDS/DG/307/2020 de fecha 27 de abril de 2020, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México dio a conocer los lineamientos generales para el diseño y la implementación de la acción social Mercomuna, solicitando que los Lineamientos de Operación de la acción social, "Programa Mercomuna Gustavo A. Madero, Acción Emergente de Alimentación y Economía Local"; para el ejercicio fiscal 2020, se ajustaran a los criterios indicados, realizando las adecuaciones o modificaciones que correspondan;

  4. Que mediante el oficio SCG/DGCOICA/251/2020 de fecha seis de mayo de dos mil veinte, la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de Coordinación de Órganos Internos de Control en Alcaldías, ha tenido a bien exhortar al cumplimiento del diverso CDMX/CEDS/DG/307/2020 de fecha veintisiete de abril de dos mil veinte, emitido por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México;

  5. Que mediante oficio CDMX/CEDS/DG/348/2020 de fecha 30 de abril de 2020, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México informó que no tenía inconveniente en que se llevara a cabo la publicación de las modificaciones a los Lineamientos de Operación de la acción social, "Programa Mercomuna Gustavo A. Madero, Acción Emergente de Alimentación y Economía Local"; para el ejercicio fiscal 2020, por lo cual he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL, "PROGRAMA MERCOMUNA GUSTAVO A. MADERO, ACCIÓN EMERGENTE DE ALIMENTACIÓN Y ECONOMÍA LOCAL"; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA 27 DE ABRIL DE 2020.

ÚNICO. - Se modifican los apartados siguientes: 4. Diagnóstico: Definición de la población objetivo, Población beneficiaria; 5. Objetivos Generales y Específicos: Objetivos Específicos; 6. Metas Físicas: segundo párrafo; 7. Presupuesto: segundo párrafo; 8. Temporalidad: Fecha de Término y Apartado B Fecha de Término; 10. Procedimiento de Acceso. (Se toman medidas de distanciamiento social): primer párrafo, se agrega segundo párrafo, Apartado A últimos tres párrafos, Apartado B, Apartado C, el Apartado D y el Apartado E, así como De los procedimientos; 11. Criterios de elegibilidad de la población beneficiaria: Apartado A y B primer párrafo; 12. Operación de la Acción Social: numeral II Apartado B; Procedimiento de instrumentación de la Acción Social se le agrega el numeral 13 y se modifica el Apartado E;

13. Difusión: se modifica y se incorpora como numeral 14. Difusión; 14. Padrón de beneficiarios: se modifica y se

38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de mayo de 2020

establece como numeral 15. Padrón de personas beneficiarias y listado de personas comerciantes y/o locatarias, se modifican sus dos párrafos quedando como Apartado A y B; 15. Criterios de exigibilidad y procedimiento de acceso: se modifica y queda como numeral 16. Criterios de exigibilidad y procedimiento de acceso; 16. Evaluación y monitoreo: se modifica y queda como 17. Evaluación y monitoreo. Lo anterior para quedar de la manera siguiente:

4. Diagnóstico. Antecedentes. 2026

2026

2026

Problema o necesidad social que atiende la acción.

2026

Definición de la población objetivo y beneficiaria

Población objetivo

  1. Hasta un total de 76 966 personas que formen parte del Programa Liconsa; y

  2. Hasta 33 000 personas habitantes de Gustavo A. Madero que no formen parte del Programa Liconsa.

    Población beneficiaria

    Se otorgarán hasta 230 898 apoyos económicos directos a través de Documentos con Valor Nominativo (vales con estrictas medidas de seguridad) a 76 966 familias, con un alcance global que impactará benéficamente a un estimado de 307,864 personas que son beneficiarias del Programa de Abasto Social de Leche Liconsa, en virtud de que son quienes sufren un mayor índice de rezago social, en especial aquellos hogares que son integrados por niñas y/o niños de 6 meses a 12 años de edad, mujeres de 13 a 15 años, mujeres en periodo de gestación o lactancia, mujeres de 45 a 49 años, personas con enfermedades crónicas, personas con discapacidad y personas adultas mayores de 60 años.

    Adicionalmente, se otorgarán hasta 33 000 apoyos directos a través de documentos con valor nominativo (vales con estrictas medidas de seguridad), a igual número de individuos, quienes han sufrido de manera especial, los estragos económicos de la emergencia sanitaria, que ha ocasionado la pérdida total o la drástica disminución de sus ingresos, incrementando con ello la condición de vulnerabilidad de ese sector de la población de Gustavo A. Madero. Por tratarse de apoyos individuales, podrán ser beneficiados hasta tres integrantes de una misma familia.

    5. Objetivos Generales y Específicos

    Objetivo General

    2026

    Objetivos Específicos

    El otorgamiento de 230 898 apoyos que se realizarán mediante la entrega de documentos con valor nominativo (vales con estrictas medidas de seguridad), que podrán ser intercambiados en comercios locales o en mercados dentro de la demarcación de Gustavo A. Madero, sean carnicerías, pescaderías, pollerías...

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