Acuerdo por el que se dan a conocer la fórmula, metodología, distribución y calendario de las asignaciones por municipio que corresponden al Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF), para el ejercicio fiscal 2017

Página 2 30 de enero de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LA FÓRMULA, METODOLOGÍA, DISTRIBUCIÓN Y CALENDARIO DE
LAS ASIGNACIONES POR MUNICIPIO QUE CORRESPONDEN AL FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL
MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FISMDF), PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2017.
C O NS I D E RA N D O
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017 , en sus Artículos 3 Fracción XVIII y 7 en
relación con los Anexos 1.C. y 22 prevé recursos a través del Ramo General 33, Aportaciones Federales para Entidades
Federativas y Municipios, en el que está incluido el Fondo para la Infraestructura Social Municipal y d e las Demarc aciones
Territoriales del Distrito Federal, para ser distribuidos entre las entidades federativas.
Que és tas a su vez se deben asignar a los municipios en términos del “Acuerdo que tiene por objeto dar a conocer las
variables y fuentes de información para apoyar a las entidades federativas en la aplicación de la fórmula de distribución del
Fondo para la Infraestructura Social Municipal y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para el Ejercicio Fisca l
2016” publicado en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Desarrollo Social el 9 de enero del año 2017.
Que la misma Ley de Coordinación Fiscal en su Artículo 35, establece que la distribución de los recursos del Fondo para la
Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, debe publicarse e n el Periódico
Oficial del Gobierno a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal correspondiente, así como la fórmula y metodología
aplicada, justificando cada uno d e sus elementos, p revio convenio con la Secreta ría de Desarrollo Social, y comunicar a los
gobiernos municipales el calendario de enteros.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los Artículos 26, 115 y 134 de la Constitución Política de los Esta dos Unidos
Mexicanos; 31 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 25 fracción III, 32, 33, 34 y 35 de la Ley de
Coordinación Fiscal; 3 fracción XVIII y 7 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017; 78, 129
y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 15, 19 fracción III y 24 fracciones XX y LXIV de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 13, 227, 228 fracción III, 230, 231, 232, 233, 234, 235,
236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 327, 327-A y 327-B, del Código Financiero del Estado de México y Municipios;
Artículo 1 numerales 9, 9.2, y 9.2.3.2 de la Ley de Ingresos del Estado d e México para el Ejercicio Fiscal 2017; Artículo 1
numerales 8, 8.3 y 8.3.1 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2017; 6, 7
fracciones XI inciso j) y XL; y 9 fracciones XIII y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, se expide el
siguiente:
A C U E R D O
Primero.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer la fórmula, metodología y calendario de enteros para la
distribución entre los municipios, de las Aportaciones Federales previstas en el Fondo para la
Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2017, así como las asignaciones presupuestales resultantes de la aplicación de dicha metodología.
Segundo.- El total de recursos que conforman este Fondo asciende a la cantidad de $4,036,294,888 (CUATRO MIL
TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
OCHO PESOS), el cual incluye las deducciones señaladas en e l Artículo 49 fracciones IV y V de la Ley de
Coordinación Fiscal, cifra que fue publicada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el Diario
Oficial de la Federación, el 21 de diciembre de 2016 y su distribución fue c onvenida con la SEDESOL,
como lo establecen los artículos 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Tercero.- Las aportaciones de este F ondo deberán ser utilizadas en las obras y acciones señaladas en el Artículo 33
del Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal y conforme a la normatividad aplicable que para tal efecto
se emita.
Cuarto.- La fórmula aplicada para la distribución de este Fondo entre los municipios es la indicada en el Artículo 34,
de acuerdo a lo que establece el Artículo 35, ambos de la Ley de Coordinación Fiscal y es la siguiente: la
suma ponderada, que representa la Masa Carencial Municipal (MCM):

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