ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA FÓRMULA Y METODOLOGÍA PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL “FORTAMUN-DF”, PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021.

Fecha de publicación29 Enero 2021
SecciónPrimera Secció
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 13Enero 29 de 2021
SECRETARÍA DE FINANZAS
Acuerdo por el que se da a conocer la fórmula y metodología para la distribución
de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal “FORTAMUN-DF”,
para los municipios del Estado de Aguascalientes para el ejercicio fiscal 2021
C.P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, en
cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 25, 26 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 22 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 35 de la Ley de
Planeación; 1°, 2°, 41, 85, 107 y demás aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria y su Reglamento; 1°, 25, 36, 37, 38, 48 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal; 1°, 3 fracción XVIII,
7 y el anexo 22 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021,
publicado el 30 de noviembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación; el acuerdo por el que se da a
conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración
durante el Ejercicio Fiscal 2021, de los recursos correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones
a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Munici pios,
a que se refiere el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, publicado el 21 de diciembre de 2020 en el
Diario Oficial de la Federación; así como conforme al contenido de los artículos 1º, 36, 46 fracción VII, 49, y
63 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; así como 1º, 2º, 3º, 4º, 9°, 10 fracción IV y XIII,
11, 14, 15 primer párrafo, 16, 18 fracciones I, III y XIII, 19, 27 fracciones II, VIII, X, XI, XIII, XXIV, 29, 32 fracción
V, 34 fracciones I, V, VIII, XX, XXI y XLI, y 44 fracciones XVII, XXIX y XXXII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 1º, 29 fracciones II y III, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37
segundo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Aguascalientes; 17 del Presupuesto de
Egresos del Estado de Aguascalientes para el ejercicio fiscal 2021; 1°, 2°, 5° y 6° fracción XXIII y XXVI, 13
fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Estado de Aguascalientes; 1º, 2º, 7°, 8°,
9° fracción VIII y XV del Reglamento Interior de la Coordinación General de Planeación y Proyectos; y en
atención a los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021 en sus artículos 3° fracción
XVIII, 7°; y su Anexo 22 prevé recursos en el Ramo 33 de Aportaciones Federales para el Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal.
Que los recursos de dicho Fondo deben ser distribuidos entre los Municipios mediante la fórmula y
metodología señaladas en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.
Que la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 36, establece que los Gobiernos Estatales, deberán publicar
en sus respectivos órganos oficiales de difusión, los montos que correspondan a cada Municipio por concepto
de este Fondo, así como el calendario de ministraciones, a más tardar el 31 de enero de cada año.
Con base en lo previsto en el artículo 38 de la Ley de Coordinación Fiscal, calculará las distribuciones y hará
la entrega a los municipios, debiendo publicar en el Periódico Oficial del Estado a más tardar el 31 de enero
del ejercicio fiscal aplicable, las fórmulas y su respectiva metodología, justificando cada elemento, así como
el calendario de enteros en que la Secretaría deberá entregar a los municipios, los recursos que les
correspondan.
Que la citada Ley de Coordinación Fiscal, en su artículo 38, establece que el Ejecutivo Federal, a través de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, distribuirá el Fondo mencionado en proporción directa al número
de habitantes con que cuente cada Estado, de acuerdo a la información Estadística más rec iente, que al efecto
emita el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y que los Estados a su vez, distribuirán los
recursos que correspondan a sus Municipios, atendiendo estrictamente a los mismos criterios.
Que el Decreto número 445 relativo al Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes para el ejercicio
fiscal del año 2021, mismo que fuera publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 29 de
diciembre de 2020, establece en su artículo 17, que la distribución de los rec ursos del Fondo de Aportaciones
para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, se realizará
de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Que el 21 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el ACUERDO por el que se
da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR