Acuerdo por el que se crea, el sistema de datos personales, Apoyos de Emergencia Social Tlalpan, 2020

ALCALDÍA EN TLALPAN

Dra. Patricia Elena Aceves Pastrana, Alcaldesa en Tlalpan, con fundamento en los artículos 6 apartado A, fracción II, III, 16, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 1 numeral 5 y artículo 7 apartado E de la Constitución Política de la Ciudad de México; 3, 4, 5, 228 y 229 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 3 fracciones XXVIII y XXIX, 22, 23 fracción XIII, 36, 37 fracciones I y III, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, así como 63 y 64, de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

  1. Que la Alcaldía Tlalpan es una autoridad reconocida por la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México. Este último ordenamiento establece que, para una mejor administración de las alcaldías, se contarán con Unidades de Área que serán las encargadas de atender, de acuerdo a su competencia, los asuntos que señalen los ordenamientos aplicables y lo que instruya el titular de la alcaldía.

  2. Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal en su artículo 3 señala que una Acción Social es un conjunto de actividades institucionales de desarrollo social y de bienestar normadas por Lineamientos de Operación y que tienen carácter contingente, temporal, emergente o casuístico.

  3. Que el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social es el encargado de emitir los criterios para la elaboración de Lineamientos Generales de Operación de Acciones Sociales, de esta manera realizaron la publicación de los Lineamientos para la elaboración de Acciones Institucionales de Desarrollo Social (Acciones Sociales) cuyo propósito es establecer el marco de actuación y los criterios generales a los que deberán atenerse las acciones sociales, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México.

  4. Que en diciembre de 2019, en la ciudad de Wuhan de la República Popular China surgió el virus SARSCoV2 (COVID-19) el cual se ha expandido en todo el mundo. Debido a la propagación y a las características de dicho virus se ha puesto en riesgo la salud de la población, siendo su principal contagio por contacto de personas infectadas o por tocar objetos y superficies infectadas.

  5. Que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró que la enfermedad por virus COVID-19 es oficialmente una pandemia. Asimismo, la OMS y la Secretaría de Salud Federal emitieron recomendaciones a la población para prevenir del contagio de la enfermedad del coronavirus (COVID-19) como mantener un metro de distancia entre las personas, y limitar al máximo reuniones numerosas, entre otras.

  6. Que el 30 de marzo el Consejo de Salubridad General a través de su presidente y secretario, publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARSCoV2 (COVID-19).

  7. Que el 30 de marzo del presente año se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Primer decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en la Ciudad de México para evitar el contagio y propagación del COVID-19, entre cuyas acciones están utilizar como elementos auxiliares todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes en las zonas, colonias y comunidades afectadas en la Ciudad de México; contratar y adquirir todo tipo de bienes, arrendamientos y prestación de servicios de equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, etcétera; llevar a cabo las acciones necesarias para el abastecimiento de agua potable, así como las demás acciones que se consideren necesarias.

  8. Que el 31 de marzo del presente año se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Aviso por el que se da a conocer la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor del Consejo de Salud de la Ciudad de México, en concordancia con la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General, para controlar, mitigar y evitar la propagación del COVID-19.

    32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de mayo de 2020

  9. Que el 1 de abril del presente año se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Tercer acuerdo por el que se determinan acciones extraordinarias en la Ciudad de México para atender la declaratoria de emergencia...

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