Acuerdo por el que se crea el Sistema de Datos Personales denominado Sistema de Datos Personales de Acciones Sociales

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO DELEGACIÓN COYOACÁN

José Valentín Maldonado Salgado, Jefe Delegacional en Coyoacán, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 inciso A, fracción II y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 104, 105 y 117, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 3 Fracción III, y 39, fracciones XLV y LXXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 5, 6, 7 fracciones I y II, 13, 16, 21 fracciones I y II de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, y así como en los numerales 1, 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Delegación Coyoacán, es un Órgano Político-Administrativo de la Administración Desconcentrada del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su Reglamento, constituido para una eficiente, ágil y oportuna atención de los asuntos competencia de la Administración Pública del Distrito Federal: y por ende un Ente Obligado al cumplimiento de las normas en materia de Transparencia y Protección de Datos Personales, en los términos de las Leyes Reglamentarias.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde determinar al titular del ente público, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de competencia, y que de conformidad con el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos, y su creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que de manera adicional, el numeral 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establece como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO: SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE ACCIONES SOCIALES

I. Identificación del Sistema de Datos Personales.

f0b7 Denominación: Sistema de Datos Personales de Acciones Sociales

f0b7 Normatividad Aplicable:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,

Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos,

Ley Orgánica de la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal,

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal,

Ley de Archivos del Distrito Federal,

Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal,

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal,

Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal,

Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal,

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,

Lineamientos para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR