Acuerdo por el que se crea el sistema de datos personales sistema de amparo en línea de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México

Lic. Margarita Darlene Rojas Olvera, Presidenta Titular de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 6, 7, 8, 9, 21 y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; numerales 6, 7, 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y 32 fracciones VIII, IX, X, XIX, 53, 54 fracciones I, IV, VI, VIII, XII, XIX, XXVI, 57, 58 fracciones I, II, V, IX, XII, 64 fracciones I, II, III, IV, IX, XII, 65, 66 fracciones I, II, V, 70, 71, 91 fracciones I, III, IV, y 97 fracciones I, V, VI, XI, del Reglamento Interior de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, y

Considerando

Que por mandato Constitucional es una garantía individual que ningún individuo sea molestado en su persona, para lo cual las leyes complementarias que se han emitido imponen a los titulares de los Entes Públicos que protejan y salvaguarden la información que existe en los archivos, expedientes físicos y electrónicos que integran con fundamento en sus atribuciones; por lo que en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal en donde se define en forma enunciativa y no limitativa las características de los datos personales y la obligación de integrarlos, registrarlos y protegerlos en un sistema conforme a sus respectivos ámbitos de competencia, en virtud de lo anterior y en consideración a la información y documentos que ostentan las Secretarías Generales de Asuntos Individuales y la Secretaría Auxiliar De Amparos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES SISTEMA DE AMPARO EN LÍNEA DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LACIUDAD DE MÉXICO.

PRIMERO. Que se crea el Sistema de Datos Personales "Sistema de Amparo en Línea" bajo los siguientes términos:

I. Identificación del Sistema de Datos Personales:

Denominación: "Sistema de Amparo en Línea".

Finalidad o Uso Previsto: Recepcionar de manera electrónica las demandas de garantías y promociones relacionados con el juicio de amparo. Notificar de manera electrónica a los quejosos y terceros interesados, así como digitalizar, automatizar y registrar en los sistemas electrónicos e informáticos todas las actuaciones inherentes al juicio de garantías.

Normatividad Aplicable: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de Amparo; Ley Federal del Trabajo; Ley Federal de Responsabilidades de...

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