Acuerdo por el que se crea el Sistema de Datos Personales de la Delegación Miguel Hidalgo denominado 'Sistema de Datos Personales de Solicitudes Ciudadanas de Parques, Jardines y Sistemas Hídricos

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÈXICO DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

BERTHA XÓCHITL GALVEZ RUIZ, Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, de conformidad con lo establecido en los artículos 87 tercer párrafo, 104, 105, 117 fracciones I y II; del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 3 fracción III, 7, 10 fracción XI, 36, 37, 38 y 39 fracción LIV, y LXXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 120, 121, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal:

CONSIDERANDOS

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia.

Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF), se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que en términos del artículo 21, fracción I de la LPDPDF, el Órgano Político en Miguel Hidalgo, en tanto que es un Ente Obligado responsable del manejo, tratamiento, seguridad y protección de datos personales contenidos en sus sistemas de datos personales, deberá cumplir con las políticas, lineamientos y normas aplicables en la materia.

Que de acuerdo al artículo 5 de la LPDPDF, los sistemas de datos personales en posesión de los entes Obligados se regirán por los principios de licitud, consentimiento, calidad de los datos, confidencialidad, seguridad, disponibilidad y temporalidad

Que el 15 de enero de 2016, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el cual se Reforman, Adicionan y Derogan diversas Disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal...

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