Acuerdo por el que se crea el Comité Interno de Factibilidades de Agua y Saneamiento de Toluca, como órgano encargado de determinar de manera colegiada, la viabilidad para el otorgamiento de los dictámenes de factibilidad para la dotación de los servicios públicos de agua potable y drenaje

Fecha de publicación05 Abril 2010
EstadoEstado de México
MunicipioToluca
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No. 62
EL AYUNTAMIENTO DE TOLUCA
2009 - 2012
ESTADO DE MÉXICO
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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TOLUCA, MEXICO
DIRECCIÓN GENERAL DEL ORGANISMO AGUA
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ACUERDO por el que el Ingeniero Jorge Juan Pérez García, Director General de Agua y Saneamiento de
Toluca, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 y 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 122 y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 123, 125
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GOBIERNO
5 de abril de 2010
fracción I y 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 3 fracciones II y IX, 4 fracciones I, III, VI,
VIII, IX y XIII y 18 fracción VIII de la Ley que crea al Organismo Público Descentralizado por Servicio de carácter
Municipal denominado Agua y Saneamiento de Toluca, crea el Comité Interno
.
de Factibilidades de Agua y
Saneamiento de Toluca, de conformidad con los siguientes:
ANTECEDENTES
Que en fecha 15 de noviembre de 2004, se integró por vez primera el Comité Interno de Factibilidades de
Agua y Saneamiento de Toluca.
Que en los archivos del Organismo no se registra antecedente alguno que sustente legalmente la creación de
dicho Comité Interno de Factibilidades.
Que resulta indispensable dar sustento legal al referido Comité, pues es necesario contar con un grupo de
trabajo que tenga como función principal determinar de manera colegiada la procedencia del otorgamiento de los
dictámenes de factibilidad, para dotar de los servicios públicos de agua potable y drenaje a las personas físicas
y/o morales que lo soliciten, previo cumplimiento de los requisitos legales, administrativos y fiscales
correspondientes.
En mérito de lo anteriormente expuesto y:
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que mediante Decreto número 245 expedido por la H. XLVII Legislatura del Estado de México,
publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" de fecha 5 de julio de 1980, se publicó la Ley que crea al
Organismo Público Descentralizado por Servicio de Carácter Municipal Agua y Saneamiento de Toluca.
SEGUNDO. Que uno de los objetivos del Organismo consiste en la construcción, conservación, operación y
administración de los servicios de agua potable y alcantarillado, así como en la dotación del suministro del vital
liquido a la población del municipio de Toluca, de conformidad a la disponibilidad del recurso, en términos de la
legislación aplicable.
TERCERO. Que es indispensable que el Organismo Agua y Saneamiento de Toluca cuente con un órgano
colegiado que revise, analice y dictamine sobre la procedencia o no, de las solicitudes de factibilidad de alto
impacto para dotar de los servicios públicos de agua potable y drenaje a los nuevos desarrollos habitacionales,
comerciales, industriales o de servicios que los soliciten, previo cumplimiento de los requisitos legales,
administrativos y fiscales correspondientes.
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CUARTO. Que el mencionado Comité • Interno de Factibilidades estará integrado por las áreas internas
involucradas en el tema, dependientes de la Dirección General, Dirección de Administración y Finanzas, Dirección
de Planeación y Dirección de Operación.
QUINTO. Que el Consejo Directivo del Organismo autorizó en sesión de fecha 11 de noviembre de 2009, que en
mi calidad de Director General proveyera en la esfera administrativa el instrumento legal para crear el Comité
Interno de Factibilidades, por lo que en razón de ello he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
Artículo 1.- Se crea el Comité Interno de Factibilidades de Agua y Saneamiento de Toluca como órgano
encargado de determinar de manera colegiada, la viabilidad para el otorgamiento de los dictámenes de
factibilidad para la dotación de los servicios públicos de agua potable y drenaje.
Artículo 2.- El Comité Interno de Factibilidades de Agua y Saneamiento de Toluca estará integrado por:
El Director General, en su carácter de Presidente del Comité;
El Director de Planeación, como Primer Vicepresidente;
El Director de Administración y Finanzas, como Segundo Vicepresidente;
Cuatro vocales, que serán el Director de Operación, el Subdirector de Comercialización, el Subdirector de
Estudios y Proyectos y el Subdirector de Asuntos Jurídicos, quien además será el Secretario de Actas;
Un Relator Ponente, que será el Jefe del Departamento de Factibilidades, y:
El Contralor Interno.
En los casos en que eventualmente no pueda asistir alguno de los titulares antes mencionados, podrá enviar a un
representante adscrito a su unidad administrativa, con todos los derechos y obligaciones inherentes a este
acuerdo.
Artículo 3.- Con excepción del Relator Ponente, el Secretario de Actas y el Contralor Interno, que sólo tendrán
derecho a voz, los demás integrantes podrán intervenir y votar sobre los acuerdos que se tomen, los cuales se
aprobarán sólo por unanimidad de votos.
Artículo 4.- El Comité tendrá las siguientes atribuciones:
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Aprobar el otorgamiento de los dictámenes de factibilidad para la dotación de los servicios de agua potable
y drenaje de alto impacto, solicitados por las personas físicas o morales para usos habitacional, comercial,
industrial o de servicios.
Resolver sobre el cambio de obras complementarias realizadas por los desarrolladores de los conjuntos
habitacionales, siempre y cuando sea por causa de utilidad para la mejor prestación de los servicios que
tiene a su cargo el Organismo.
Resolver sobre la compensación de obras complementarias realizadas por desarrolladores de los conjuntos
habitacionales, siempre y cuando sea por causa de utilidad para la mejor prestación de los servicios que
tiene a su cargo el Organismo.
Determinar la aprobación o negativa del dictamen para nuevos conjuntos urbanos, cuando se trate de
desarrolladores de los conjuntos habitacionales que estén en proceso de cumplir con obligaciones a favor
del Organismo.
Solicitar y aprobar las medidas de apremio y disciplinarias para desarrolladores que no hayan dado
cumplimiento a las condicionantes del dictamen, independientemente de las cargas establecidas en el
contrato que con motivo de la solicitud de factibilidad se haya signado.
Aprobar la recepción de las obras de urbanización y complementarias de los conjuntos, una vez que se
haya cumplido con todas y cada una de las condicionantes establecidas en el acuerdo correspondiente.
Artículo 5. Para otorgar el dictamen, el Comité deberá observar los siguientes factores:
Capacidad para la prestación del servicio;
Viabilidad para la construcción de obras de infraestructura a cargo del desarrollador;
Análisis de zonas de conflicto social, en su caso;
Evaluación, cuando proceda, del costo de las obras complementarias que sean necesarias requerirle al
desarrollador;
Determinación de la construcción de obras especiales a desarrollar, como perforación de pozos, plantas de
tratamiento, pozos de absorción o cualquier otra que por la naturaleza de la solicitud se requiera, de
acuerdo con las circunstancias técnicas que previamente se determinen;
Aprobación de las liquidaciones que por concepto de pago de derechos y otros ingresos estén a cargo de
los desarrolladores;
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Autorización de la forma de pago de los enteros correspondientes por parte de los beneficiarios del
dictamen de factibilidad;
Determinación y aprobación del monto por concepto de aportación para mejoras de cada desarrollador;
Cualquier otro que en su caso, le señale la ley.
Artículo 6.
El Comité sesionará de manera ordinaria por lo menos una vez al mes, previa convocatoria del
Presidente del Comité.
Artículo 7.
Para que la sesión se lleve a cabo, deberán estar presentes al menos la mitad más uno de los
integrantes del Comité.
Artículo 8.
En las Sesiones se desahogarán los puntos del orden del día a tratar, de acuerdo con lo que el Jefe
del Departamento de Factibilidades someta a consideración del Comité.
Artículo 9.
Por cada una de las sesiones se levantará el acta correspondiente.
Artículo 10.
El Comité ponderará la necesidad de someter a la consideración del Consejo Directivo del
Organismo los lineamientos que en su caso se consideren necesarios para regular de mejor manera la actuación
de este órgano colegiado.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en la "Gaceta Municipal" y en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
Dado en la Ciudad de Toluca, capital del Estado de México a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil
diez.
INGENIERO JORGE JUAN PÉREZ GARCÍA
DIRECTOR GENERAL
(RUBRICA).
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5 de abril de 2010
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
FRACCIONAMIENTO AZTECA, S.A.
(EMPLAZAMIENTO).
Se hace de su conocimiento que JUAN MARCOS
MARTINEZ AZOMOZA, le demanda en la vía ordinaria civil
(usucapión), en el expediente número 426/2009, las siguientes
prestaciones: que se declare al suscrito JUAN MARCOS
MARTINEZ AZOMOZA, legítimo propietario del bien materia de la
presente demanda, que es el ubicado en el lote número 24, de la
manzana 227, de la calle Tepanecas, ubicado en el
fraccionamiento Azteca, el cual cuenta con las siguientes
medidas y colindancias: al norte: 18.00 metros colinda con el lote
23, al sur 18.00 metros colinda con lote 25, al oriente: 7.00
metros colinda con lote 56, y al poniente: 7.00 metros colinda con
calle Tepanecas, mismo que cuenta con una superficie total de
126.00 metros, asimismo solicitando se cancele la inscripción
correspondiente en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio, en virtud de que dicho inmueble se encuentra a
nombre del codemandado FRACCIONAMIENTO AZTECA S.A.
Comunicándole a usted que se le concede el plazo de treinta
días, a fin de que produzca su contestación a la demanda
contados a partir del siguiente al de la última publicación del
presente edicto, si pasado este plazo no comparece por sí, por
apoderado o gestor que pueda representarlo se seguirá el juicio
en su rebeldía, haciéndosele las posteriores notificaciones aún
las de carácter personal en términos de lo dispuesto por los
artículos 1.165, 1.170 del Código de Procedimientos Civiles en
vigor.
Publíquese por tres veces de siete en siete días en el
periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO, en un periódico de
mayor circulación en este municipio y en el boletín judicial.-Doy
fe.-Dado en Ecatepec de Morelos, Estado de México, a los diez
días del mes de marzo del año dos mil diez-Segundo Secretario
de Acuerdos, Lic. Lucia Herrera Mérida-Rúbrica.
209-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
MAURICIO RIVERA TORRES PRADO.
ALVARO SANTILLAN ANGELES, parte actora en el juicio
ordinario civil sobre usucapión tramitado bajo el expediente
número 75/10 de este Juzgado le demanda a MAURICIO
RIVERA TORRES PRADO, las siguientes prestaciones: La
prescripción positiva (usucapión), del inmueble ubicado en el lote
14, manzana 32, de la calle Plazuela 2 de la Plaza del Carmen,
colonia Plazas de Aragón, Nezahualcóyotl, Estado de México,
fundándose en los siguientes hechos: el día veintisiete de junio de
mil novecientos noventa y dos, ALVARO SANTILLAN ANGELES
celebró contrato privado de compraventa con PRIMITIVO TERAN
ARROYO, respecto del bien inmueble en comento, por lo que,
ignorándose el domicilio de MAURICIO RIVERA TORRES
PRADO, se le emplaza por edictos para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir del día siguiente al de la última
publicación conteste la demanda entablada en su contra con el
apercibimiento que de no comparecer a juicio, por sí, por
apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio
en su rebeldía, se le previene para que señale domicilio en esta
ciudad, ya que de no hacerlo las posteriores notificaciones se le
harán por lista y boletín judicial, quedando a disposición del
demandado las copias de traslado en la Secretaría de este
Juzgado.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en la GACETA DEL GOBIERNO que se edita en Toluca, México,
y en un periódico de mayor circulación de esta ciudad, que tenga
publicación diaria y que cubra un territorio más amplio, así como
en el boletín judicial del Estado de México, se expide el presente
en ciudad Nezahualcóyotl, México, a los diez días del mes de
marzo del dos mil diez-Secretario, Lic. Julio César Cedillo
Gómez, Primer Secretario de Acuerdos del Juzgado Cuarto Civil
del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, México.-Rúbrica,
211-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO
DE MEXICO CON RESIDENCIA EN CIUDAD
NEZAHUALCOYOTL
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL
QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- JUZGADO
DECIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE
MEXICO, CON SEDE EN NEZAHUALCOYOTL, A ONCE DE
MARZO DE DOS MIL DIEZ.
A LOS C. MA. RUFINA GONZALEZ GARCIA y JULIO
CESAR GAMBOA CRUZ.
El licenciado José Manuel Torres Angel, Juez
Décimosegundo Distrito en el Estado de México, con residencia
en Nezahualcóyotl, ordena emplazar a ustedes como terceros
perjudicados, mediante edictos, los cuales se publicarán por tres
veces, de siete en siete días, como está ordenado en auto de
cinco de marzo del año en curso, para que comparezcan a
deducir sus derechos, en el término de treinta dias, contados a
partir del día siguiente al en que se efectúe la última publicación;
en los autos del juicio de amparo 1057/2009-111-1, promovido por
Guillermina Ramírez López, por propio derecho, contra actos del
Juez Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Texcoco, Estado de México y otra autoridad, se les notifica que la
audiencia constitucional tendrá verificativo a las nueve horas con
diez minutos del diecisiete de marzo de dos mil diez, la cual será
diferida tomando en cuenta el término de la última publicación,
además se encuentra a su disposición en la secretaría de este
juzgado copia simple de la demanda de ampara-El Secretario del
Juzgado Decimosegundo de distrito en el Estado de México, con
residencia en Nezahualcóyotl, Guido Pérez Ramírez-Rúbrica.
216-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
EFREN AYALA GONZALEZ
EMPLAZAMIENTO.
Se hace de su conocimiento que EFREN AYALA
GONZALEZ, demandó en la vía ordinaria civil, en el expediente
737/2009, las siguientes prestaciones: A).- De EFREN AYALA
GONZALEZ para purgar vicios derivados de la adquisición; de la
declaración de que ha operado en mi favor la prescripción
positiva de la casa número 73 setenta y tres de la calle Tenoch y
terreno sobre el cual esta construida, que es el lote marcado con
el número 54 cincuenta y cuatro, de la manzana 308 trescientos
ocho, del fraccionamiento Azteca, ubicado en el municipio de
Ecatepec de Morelos, distrito de Tlalnepantla, Estado de México:
y que tienen las siguientes medidas y colindancias: al norte: en
15.00 quince metros con lote 53 cincuenta y tres, al sur: en igual
medida con lote 55 cincuenta y cinco, al este: en 3.00 ocho
metros, con lote calle Tenoch, y al oeste: en igual longitud con
lote 24 veinticuatro con una superficie total de 120.00 ciento
veinte metros cuadrados, B).- Como consecuencia de lo anterior,
la cancelación de la inscripción del lote de terreno y casa
habitación descrito en el inciso que antecede y que aparece
inscrito a favor del SR. EFREN AVALA GONZALEZ bajo la
partida número 711 setecientos once, volumen 182 ciento
ochenta y dos, libro primero, sección primera, de fecha 04 de
febrero de 1972, debiendo en consecuencia quedar inscrito a mi
nombre como legitimo propietario y que tiene las medidas y
colindancias descritas en el inciso que antecede, C).- El pago de
los gastos y costas que el presente juicio origine. Comunicándole
que se le concede el término de treinta días, a fin de que
produzca su contestación a la demanda, contados a partir del
5
de abril
de 2010
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siguiente al en que surta efectos la última publicación del
presente edicto, si pasado este término no comparece por sí, por
apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio
en su rebeldía, haciéndosele las posteriores notificaciones aún
las de carácter personal en términos de lo dispuesto por el
artículo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles.
Publíquese por tres veces con intervalos de siete en siete
días cada uno en la GACETA DEL GOBIERNO, periódico de
mayor circulación en el municipio, en el boletín judicial y en la
puerta de este tribunal.-Doy fe.-Dado en Ecatepec de Morelos,
México, diez de marzo del año dos mil diez-Secretario de
Acuerdos, Lic, Leticia Rodríguez Vázquez.-Rúbrica.
964.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
EDICTO
MARIA DE LOURDES GAMBOA CASTRO, por su propio
derecho promueve ante el Juzgado Quinto Civil de Primera
Instancia de Cuautitlán, México, en el expediente número 368/09,
Juicio Ordinario Civil, en contra de JUAN CARLOS GONZALEZ y
EMILIANO GARCIA GOMEZ:
PRESTACIONES,
Se declare propietaria del inmueble ubicado en
Avenida Tladepan, Edificio 2, Departamento 11, del Conjunto
Habitacional CuautitIán Cebadales, perteneciente al Municipio de
Cuautitlán, Estado de México.
La inscripción ante el Registro Público de la Propiedad
y del Comercio de la sentencia que se dicte.
C.- El pago de Gastos y Costas que origine el presente
juicio.
HECHOS.
En fecha cinco de agosto de dos mil ocho, la suscrita
María de Lourdes Gamboa Castro, celebré contrato de
Compraventa en mi carácter de compradora con el señor
Emiliano García Gómez, en su carácter de vendedor, respecto del
inmueble ubicado en Edificio 2, Departamento 11, Conjunto
Habitacional Cuautitlán Cebadales, Cuautitlán, Estado de México,
tal y como se acredita con el documento base de la acción que se
exhibe.
Con fecha veintiuno de abril de dos mil tres, el señor
Emiliano García de Gómez, adquirió mediante contrato de
compraventa celebrado con el señor Juan Carlos González el
inmueble materia del presente juicio, tal y como se acredita con el
documento que en original se anexa.
El inmueble motivo del presente juicio tiene una
superficie de construcción de 61.54 (sesenta y un metros
cincuenta y cuatro centímetros cuadrados), y con las siguientes
medidas y colindancias:
PLANTA BAJA:
Al norte: en 2.775 metros y 3.025 metros y linda con Area
Común, al este: en 7.95 metros y linda con departamento 10, al
sur: en 5.80 metros y linda con área común, al oeste: en 6.20
metros y linda con Depto. 12 y 1.75 metros con área común.
PLANTA ALTA:
Al norte: en 5.80 metros y linda con vacío (área común y
departamento mismo), al este: en 6.20 metros y linda con
departamento 10, al sur: en 5.80 metros y linda con vacío a área
común, al oeste: en 6.20 metros y linda con departamento 12.
ARRIBA: Con departamento 111.
ABAJO: Con cimentación
Como lo acredito con el certificado de libertad o
existencia de gravámenes que se exhibe, el inmueble motivo del
presente juicio se encuentra inscrito en el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio del Distrito de Cuaufitlán, Estado de
México, bajo los siguientes datos regístrales: Partida 358,
Volumen 247, Libro Primero, Sección Primera de fecha 22 de
octubre de 1990, a nombre del señor JUAN CARLOS
GONZALEZ
Es el caso que desde que la suscrita adquirí el
inmueble motivo del presente juicio siempre lo he poseído en
concepto de propietaria, en forma pacifica, en forma continua,
públicamente, motivo por el cual ha operado en mi favor la
prescripción positiva.
Tomando en consideración que el señor Emiliano
García Gómez adquirió el inmueble motivo del presente juicio
mediante contrato de compraventa celebrado con el señor Juan
Carlos González en fecha veintiuno de abril de dos mil tres, hace
aproximadamente seis años, y la suscrita adquirió dicho inmueble
mediante contrato de compraventa celebrado con el señor
Emiliano García Gómez, en fecha cinco de agosto de 2008, esto
es, hace siete meses, por lo que se da el supuesto que contempla
el artículo 5.130 fracción I de la ley en cita, por lo que ocurre a la
presente vía a solicitar la declaración judicial de que ha operado a
favor de la suscrita MARIA DE LOURDES GAMBOA CASTRO, la
usucapión respecto del predio de mi propiedad que ha quedado
debidamente descrito, ordenando en su momento procesal
oportuno se dicte sentencia definitiva y una vez que cause
ejecutoria ésta, se gire oficio al Registro Público de la Propiedad y
del Comercio con residencia en Cuautitlán, Estado de México,
para que lleve a cabo la inscripción respectiva.
Para su publicación por tres veces con intervalos de siete
en siete días, en el periódico oficial 'GACETA DEL GOBIERNO"
del Estado de México y en un periódico de mayor circulación de
esta entidad, así como en el Boletín Judicial a fin de hacerles
saber a los demandados que deberán comparecer ante este
Tribunal a producir su contestación a la incoada en su contra,
dentro del plazo de treinta días contados a partir del día siguiente
al de la última publicación, con el apercibimiento que si
transcurrido el plazo indicado no comparecen por sí, por
apoderado o gestor que los represente, se seguirá el juicio en su
rebeldía, y se les harán las posteriores notificaciones, aún las de
carácter personal, por medio de lista de acuerdos que se fija en la
tabla de avisos de este Juzgado en términos del artículo 1.181 del
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.
Pronunciado en Cuautitlán, Estado de México, el nueve de
febrero del año dos mil diez-Doy fe.-Segundo Secretario Judicial,
Lic, Noé Eugenio Delgado Millán.-Rúbrica.
335-A1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
EDICTO
ALFREDO NAVARRO ORTEGA, promueve ante el
Juzgado Quinto Civil de Primera Instancia de Cuautitlán, México,
en el expediente número 1032/09, Juicio Ordinario Civil, en contra
de JOSE JOAQUIN BECERRA RANSOM y GUILLERMINA
ESTRADA RUIZ: Reclamando entre otras prestaciones la
declaración judicial que ha prescrito a su favor el inmueble
ubicado en Avenida Planicie, número diecinueve, (actualmente
21), manzana cuarenta, lote once, Fraccionamiento Izcalli San
Pablo, Tultitlán, Estado de México; con las siguientes medidas y
colindancias: al norte: siete metros con Avenida Planice; al sur:
siete metros con Avícola Comercial Azteca; al oriente: diecisiete
metros con quince centímetros con lote doce; poniente: diecisiete
metros con quince centímetros con lote diez; con una superficie
total de 120.50 (ciento veinte metros con cincuenta centímetros
cuadrados), el que adquirió mediante contrato de promesa de
venta y contrato de compra venta de fecha 23 de octubre de
1988.
Para su publicación por tres veceR de con intervalos de
siete en siete días, en el periódico oficial "GACETA DEL
GOBIERNO" del Estado de México y en un periódico de mayor
circulación de esta entidad, asi como en el Boletín Judicial a fin
de hacerle saber a la parte demandada JOSE JOAQUIN
BECERRA RANSOM y GUILLERMINA ESTRADA RUIZ, que
deberá comparecer ante este Tribunal a producir su contestación
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0G 401C EE 11-4151,
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5 de abril de 2010
a la incoada en su contra, dentro del plazo de treinta días
contados a partir del día siguiente al de la última publicación, con
el apercibimiento que si transcurrido el plazo indicado no
comparece por sí, por apoderado o gestor que los represente, se
seguirá el juicio en su rebeldía, y se le hará las ulteriores
notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista de
acuerdos que se fija en la tabla de avisos de este Juzgado en
términos del artículo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles
del Estado de México. Pronunciado en Cuautitlán, Estado de
México, el ocho de marzo del año dos mil diez.-Doy fe.-Segundo
Secretario Judicial, Lic. Noé Eugenio Delgado Millán.-Rúbrica.
335-A1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
A: BARTOLO SALAS VILLALOBOS.
En el expediente número 1088/09, relativo al juicio
Ordinario Civil, promovido por JOSE HERNANDEZ FLORES, en
contra de BARTOLO SALAS VILLALOBOS y MARIA DEL
CARMEN HERNANDEZ, el Juez Quinto Civil de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México,
dictó un auto en fecha cuatro de marzo de dos mil diez, mediante
el cual se ordenó emplazamiento por edictos al demandado
BARTOLO SALAS VILLALOBOS, reclamando las siguientes
prestaciones: A) La declaración de que ha operado la
prescripción a favor del actor en este Juicio JOSE HERNANDEZ
FLORES, del lote de terreno 5-B de la manzana 210 ubicado en
la calle Abasolo, número oficial 51-B, Colonia Independencia,
anteriormente fraccionamiento denominado Independencia
"Corral Viejo", municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de
México; B) El lote 5 de la manzana 210 ubicado en la calle
Abasolo del Fraccionamiento denominado Independencia "Corral
Viejo", municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, tiene
una superficie de 367.12 metros cuadrados, de esta superficie
solamente demando la prescripción de 224.83 metros cuadrados,
superficie que tengo en posesión, tal como consta en el
certificado de inscripción y en mi documento base de la acción: C)
Que una vez que cause ejecutoria la sentencia definitiva, y que
favorezca a los intereses de la suscrita actor en este juicio, JOSE
HERNANDEZ FLORES, del lote de terreno 5-B de la manzana
210, ubicado en la calle Abasolo, número oficial 51-B, colonia
Independencia, Anteriormente Fraccionamiento denominado
Independencia "Corral Viejo", municipio de Tlalnepantla de Baz,
Estado de México, el suscrito designará Notario Público del
Estado de México, a fin de que protocolice la sentencia definitiva;
y D) Se condene al demandado al pago de gastos y costas que
se originen con motivo del presente juicio. Fundando su demanda
en los siguientes hechos: 1. En fecha diez de junio de mil
novecientos noventa y ocho. MARIA DEL CARMEN
HERNANDEZ FLORES, celebró contrato privado de compraventa
con BARTOLO SALAS VILLALOBOS, por la cantidad que se
menciona en el contrato privado de compraventa, 2. En fecha
treinta de junio de dos mil tres, el promovente celebró contrato
privado de compraventa con su hermana MARIA DEL CARMEN
HERNANDEZ FLORES, por la cantidad de $270,000.00
(DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA
NACIONAL), tal como consta en la segunda cláusula del
documento base de la acción; 3. Debido a que la hermana del
ocursante, nunca le demando a la persona que le compró, el
otorgamiento de firma y escritura pública, entonces me veo
imposibilitado de demandante el otorgamiento de firma y escritura
pública, por que todavía se encuentra inscrito en el INSTITUTO
DE LA FUNCION REGISTRAL a nombre del señor BARTOLO
SALAS VILLALOBOS, por esa causa demando en términos del
artículo 5.140 del Código Civil vigente del Estado de México; 4. El
lote 5-B, del cual demando la prescripción a mi favor, tiene las
siguientes medidas y colindancias: al norte: 19.50 y 16.80 metros
colinda con los lotes cuatro y cinco A; al sur: 34.55 metros colinda
con el lote seis; al oriente: 7.15 y 1.90 metros colinda con el lote
5A y calle Abasolo; al poniente: 10.90 metros colinda con el lote
diecisiete. Con una superficie de 224.83 metros cuadrados con
ochenta y tres centimetros; 5. Desde la fecha de la celebración
del contrato de compraventa con mi vendedora, se me hizo
entrega de la posesión material y jurídica del lote de terreno que
ahora demando la prescripción a mi favor, desde esa fecha he
venido pagando el impuesto predial a mi nombre como lo probare
en el periodo probatorio, recibos por consumo de agua y otras
constancias documentales que presentare, este hecho le consta a
varios vecinos de la colonia y de las colonias circunvecinas que
en su momento procesal oportuno proporcionare los nombres de
los testigos y sus domicilios, por lo que he venido ejerciendo
actos de dominio en lote de terreno que pretendo prescribir; 6. A
partir de la celebración del contrato privado de compraventa por
el lote 5-B, documento base de mi acción, lo he venido
poseyendo en concepto de propietario, de buena fe, en forma
pacifica, pública y continua, este hecho le consta a muchos de
mis vecinos de mi colonia, y de las colonias circunvecinas, saber,
como lo obtuve, a quien se lo compre, a quien se le reconoce
como dueño por el lote de terreno materia del juicio; 7. Con la
prueba testimonial consistente en las declaraciones de los
señores SEBASTIAN HERNANDEZ, JOSE GUADALUPE
HERNANDEZ HERNANDEZ y FRANCISCO JAVIER
HERNANDEZ DELGADO, probare todos los elementos de la
prescripción, la causa generadora de la posesión, desde cuando
poseo el lote de terreno materia del juicio, en que calidad lo
poseo, a quien se le reconoce como propietario del lote de
terreno que demando la prescripción a mi favor, ya que a estas
personas les constan los hechos, porque desde que compro mi
hermana MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ FLORES, fueron
invitados para que presenciaran el hecho de compra y venta.
Al constar en autos los informes de diversas autoridades,
sin que haya sido posible localizar al demandado BARTOLO
SALAS VILLALOBOS, se ordenó emplazarlo por medio de
edictos, que deberán publicarse por tres (3) veces de siete (7) en
siete (7) días, en el periódico oficial "GACETA DEL GOBIERNO",
en otro de mayor circulación en esta ciudad y en el Boletín
Judicial; haciéndole saber que deberá presentarse en el local de
este Juzgado a contestar la demanda entablada en su contra,
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de que surta
efectos la última publicación de los Edictos, apercibiéndole que
en caso de no hacerlo por sí, por gestor o apoderado que lo
represente, el juicio se seguirá en su rebeldía, previniéndole
además que deberá señalar domicilio dentro de la población,
donde se ubica este Tribunal para oír y recibir notificaciones de
su parte, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo las
notificaciones, se harán por medio de lista y Boletín Judicial;
fijándose además en la puerta del Tribunal una copia íntegra de la
presente resolución, por todo el tiempo en que dure el
emplazamiento.
Se expiden en la Ciudad de Tlalnepantla, Estado de
México, a los nueve días del mes de marzo de dos mil diez.-Doy
fe: Segundo Secretario de Acuerdos, Lic. Othón Fructuoso
Bautista Nava.-Rúbrica.
335-A1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO TERCERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
EMPLAZAMIENTO.
HIGINIO DEL RIO ACEVEDO.
La actora ELVIRA PULIDO OCEGUERA, interpuso
procedimiento judicial no contencioso en el expediente 891/06,
relativo al juicio declaración de ausencia, en el cual se dictó un
auto que a la letra dice: Ecatepec de Morelos, México, a siete de
enero del dos mil nueve.-Visto su contenido, con fundamento en
5
de abril
de 2010
C A eC
OEL
GOBIERNO
Página 9
el articulo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles vigente del
Estado de México, se ordena la publicación de edictos para
efecto de notificar a HIGINIO DEL RIO ACEBEDO, por ignorarse
su domicilio actual, por edictos que contendrán una relación
sucinta de la demanda, por lo que se publicarán por tres veces de
siete en siete días, en el periódico oficial GACETA DEL
GOBIERNO, en otro de mayor circulación en esta población y en
el Boletín Judicial, haciéndole saber al ausente que deberá
presentarse a este juzgado dentro del plazo de treinta días
contados a partir del siguiente al de la última publicación del
edicto, para hacer valer lo que a sus intereses convenga; además
se fijará en la puerta de este juzgado una copia íntegra de esta
resolución por todo el tiempo del emplazamiento, haciéndosele
saber que queda a su disposición en la secretaria de este
Juzgado, las copias simples de traslado correspondiente que si
pasado el plazo no comparece por si, por apoderado o por gestor
que pueda representarlo. se
seguirá el juicio en rebeldía, así
mismo deberá de proporcionar domicilio para oír y recibir
notificaciones dentro de esta población, en el entendido que de
no hacerlo las posteriores y aún las personales le surtirán por lista
y Boletín Judicial.-Ecatepec de Morelos, México, 13 de enero del
2009.-Primer Secretario de Acuerdos, Lic. Refugio Ortiz Prieto.-
Rúbrica.
335-A1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO SEPTIMO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-NAUCALPAN DE JUAREZ
EDICTO
SOCORRO OLVERA MERLO y NIEVES OLVERA MERLO.
EXPEDIENTE: 522/2005.
Se les hace saber que BERTHA VALLE LOPEZ,
representada por OSCAR CHIQUILLO BEN-DAVID, denunció
juicio sucesorio intestamentario a bienes de OLVERA MERLO
ANGEL, quien falleció el día seis de septiembre de mil
novecientos noventa y nueve en Naucalpan de Juárez, Estado de
México, quien tuvo su último domicilio en la casa marcada con el
número treinta y dos de la calle de Valle de Jilotepec en la
Colonia El Mirador en Naucalpan de Juárez, Estado de México,
que el de cujus contrajo matrimonio con la señora Bertha Valle
López, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día cuatro de
marzo de mil novecientos cincuenta y cuatro bajo el régimen de
Sociedad Conyugal, en dicho matrimonio no procrearon hijos, y
que el Juez del conocimiento previamente tomó las providencias
necesarias para cerciorarse del desconocimiento del domicilio
actual de las hermanas del de cujus Socorro y Nieves Olvera
Merlo, en consecuencia ordenó se citara por edictos, en términos
del artículo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles en vigor,
haciéndosele saber que'deberá comparecer ante este juzgado
dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del
día siguiente al en que surta efectos la última publicación,
apersonarse en la presente sucesión deduciendo los derechos
que les pudieran corresponder, por sí, por apoderado o por gestor
que pueda legalmente representarlas, con el apercibimiento que
de no hacerlo el juicio se seguirá en su rebeldía y las posteriores
notificaciones aún las personales se le harán en términos del
artículo 1.170 del Código Adjetivo en la materia; haciéndoseles
saber que deberán señalar domicilio para oír y recibir
notificaciones de su parte, dentro del perímetro de donde esté
este Juzgado; Colonia El Conde, Naucalpan, México.
Para su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del
Estado, en un periódico de mayor circulación en esta Ciudad, en
la tabla de este Juzgado y en el Boletín Judicial una copia íntegra
del edicto, por tres veces de siete en siete días.-Se expide en
Naucalpan, México, a los diecisiete días del mes de febrero del
dos mil diez-Segundo Secretario de Acuerdos, Lic. Juan Carlos
Rosas Espinosa.-Rúbrica. 335-A1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
En los autos del expediente 1112/2008, relativo al Juicio
Ordinario Civil, promovido por ANDRADE GODINEZ
GUILLERMO en contra de VICTORIA LUNA UGALDE DE
MENDEZ, JOSE LUIS MENDEZ ALCANTARA, MARGARITA
UGALDE DE LUNA y AVIOS S.A. El Juez del conocimiento
ordenó el emplazamiento de la parte demandada por medio de
edictos, demandando las siguientes prestaciones: I) La
declaración judicial, mediante sentencia definitiva, de que se ha
consumado la usucapión a favor del actor respecto del inmueble
marcado con el número 64-A de la calle de Zahuallán, esquina
Avenida Morelos, municipio de Tlalnepantla, Estado de México,
con una superficie de cuarenta y ocho metros cuadrados, con las
siguientes medidas y colindancias: al norte: cuatro metros con
setenta centímetros con Carmen García Torres de Luna, al sur:
cuatro metros veinticinco centímetros con Avenida Morelos, al
oriente: diez metros setenta y cinco centímetros con la calle de
Zahuatlán, al poniente: diez metros sesenta y cinco centímetros
con la señora María Guadalupe Luna de Cornejo, la anterior a
efecto de purgar vicios por la adquisición y en términos del
artículo 205 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la
Renta. II) La declaración judicial, mediante sentencia definitiva de
que el actor se ha convertido en propietario del lote de terreno
precisado y casa construida sobre él, así como de todo cuanto de
hecho y de derecho le corresponde al inmueble señalado en
términos de lo dispuesto por los artículos 5.127, 5.128 y 5,129 del
Código Civil vigente para el Estado de México, por haber reunido
los requisitos que señalan los artículos 5.128 y 5.130 del
ordenamiento legal mencionado. Ordenando su publicación por
tres veces de siete en siete días en el periódico oficial "GACETA
DEL GOBIERNO", en otro de mayor circulación en la población
donde se haga la citación y en el Boletín Judicial, haciéndole
saber que debe presentarse dentro del plazo de treinta días,
contados a partir del siguiente al de la última publicación.
apercibiendo a la parte demandada que si pasado el término del
emplazamiento no comparece por si. por apoderado o por gestor
que pueda representarle, se seguirá el juicio en su rebeldía
haciéndole las posteriores notificaciones por medio de lista fijada
en lugar visible de este juzgado. Se expiden a los dieciséis días
de octubre del dos mil nueve.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos,
Lic. Dalel Gómez Israde.-Rúbrica.
335-A1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-IXTAPALUCA
EDICTO
ISIDRO MENDOZA LAGUNAS.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha uno de
marzo del año dos mil diez, dictado en el expediente número
145/2009,:que se ventila en el Juzgado Segundo Civil de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Chalco, con residencia en
Ixtapaluca, Estado de México, relativo al juicio ordinario civil,
usucapión, promovido por SERBANDO ALVARADO ALVITER en
contra de ISIDRO MENDOZA LAGUNAS e INSTITUTO DE LA
FUNCION REGISTRAL DEL ESTADO DE MEMO, se le hace
saber que la parte actora, le demanda a ISIDRO MENDOZA
LAGUNAS. A).- La propiedad por usucapión de la casa y terreno
sita en calle Casino de la Selva lote 11 manzana 10, colonia
Alfredo del Mazo González, municipio de Ixtapaluca, con una
superficie de 208.00 metros cuadrados y con las siguientes
medidas y colindancias siguientes: al noroeste: en 11.00 metros
con lote diez, al sureste: en 10.95 metros con Avenida Casino de
la Selva, al suroeste: en 11.00 metros con calle Privada y al
noroeste: en 18.90 metros con lote 12, haciéndole saber que
deberá presentarse ante este Juzgado para deducir sus
derechos, dentro del plazo de treinta días contados a partir del
día siguiente al en que surta efectos la última publicación, con el
apercibimiento que en caso de no comparecer a dar contestación
a la instaurada en su contra, por sí, o por apoderado legal que le
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5 de abril de 2010
represente, se seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndole las
ulteriores notificaciones por lista y boletín, se ordena fijar en la
puerta de
-
éste Juzgado una copia íntegra de la resolución por
todo el tiempo del emplazamiento.
Publíquese por tres veces de siete en siete días en un
periódico de circulación diaria de este municipio, en la GACETA
DEL GOBIERNO de la entidad, y en el boletín judicial, expedido
en Ixtapaluca, Estado de México, a los doce días del mes de
marzo del año dos mil diez-Doy fe.-Segundo Secretario de
Acuerdos, Lic. Ramiro González Rosario.-Rúbrica.
212-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
DICTO
CC. PRIMA ROJAS PEREZ DE ARVIZU conocida también como
ELEUTERIA PRIMA ROJAS PEREZ DE ARVIZU y J. JESUS
ARVIZU POSADAS.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha cuatro
de marzo de dos mil diez, dictado en el expediente número
1136/2008, relativo al juicio ordinario civil promovido por MARCO
LINO ARVIZU ROJAS en contra de PRIMA ROJAS PEREZ DE
ARVIZU, conocida también como ELEUTERIA PRIMA ROJAS
PEREZ DE ARVIZU y J. JESUS ARVIZU POSADAS, se expide el
presente para hacerles saber que el actor les demanda la acción
de otorgamiento y firma de escritura del contrato privado de
compraventa de fecha diez de abril de mil novecientos noventa,
respecto del bien inmueble ubicado en calle Miguel Negrete lote
23 veintitrés, manzana 4 cuatro, colonia Juárez Pantitlán, en
Nezahualcóyotl, Estado de México, en cuya demanda el actor, en
forma sucinta dice haber adquirido de PRIMA ROJAS PEREZ DE
ARVIZU, conocida también como ELEUTERIA PRIMA ROJAS
PEREZ DE ARVIZU y J. JESUS ARVIZU POSADAS, mediante el
precitado
contrato,
por
la
cantidad
de
6220,000.00
(DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M.N. 00/100), sirviendo
como recibo de pago el propio contrato, aduce que no obstante
que le entregaron la posesión que ha la fecha ha detentado en
forma pacífica. pública y continua los vendedores se han
abstenido de formalizar ese acto legal, argumentando el pago de
la cantidad extra, en consecuencia, como parte demandada y al
desconocerse su actual domicilio, se les emplaza a juicio por
medio de edictos, haciéndoles saber que deberá de presentarse
dentro del plazo de treinta días contados a partir del día siguiente
al en que surta efectos
la
última publicación, con el
apercibimiento que en caso de no comparecer a dar contestación
a la instaurada en su contra por sí, o por apoderado legal que le
represente, se le seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndole las
ulteriores notificaciones en términos del artículo 1.170 del Código
de Procedimientos Civiles vigente en la
entidad, fijándose
además en la tabla de avisos de este Juzgado una copia íntegra
de la resolución por todo el tiempo del emplazamiento.
Publíquese por tres veces de siete en siete días en la
GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en un periódico
de mayor circulación en esta ciudad y en el boletín judicial,
expedido en Nezahualcóyotl, Estado de México, a los diez días
de marzo del año dos mil diez-Doy fe.-Secretario de Acuerdos,
Lic. Maria Rosalba Briceño Alvarado.-Rúbrica.
210-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-AMECAMECA
DICTO
BORIS ISRAEL RAMIREZ GOMEZ.
Por el presente se hace saber que en el Juzgado Tercero
Civil de Primera Instancia de Chalco, con residencia en
Amecameca, Estado de México. existe radicado el expediente
1243/2007, relativo al juicio ordinario civil, especial de desahucio,
donde solicita el actor b desocupación y entrega de la casa
ubicada en calle Victoria número 21 en Amecameca, Estado de
México, promovido por LUCIA G. CARDENAS FLORES, contra
BORIS ISRAEL RAMIREZ GOMEZ, respecto del juicio especial
de desahucio y dado que no fue posible localizar el domicilio
actual del demandado, se ordena sea emplazado y requerido por
medio de edictos para que dentro del plazo concedido justifique
con los recibos respectivos encontrarse al corriente en el pago de
las rentas adeudadas y en caso de no hacerlo se le previene al
demandado para que desocupe el bien arrendado dentro del
plazo de sesenta días posteriores a los del emplazamiento,
apercibido del lanzamiento a su costa, por lo que publíquense los
edictos por tres veces de siete en siete días en la GACETA DEL
GOBIERNO del Estado y en otro periódico de mayor circulación
en la entidad.-Dados en Amecameca, México, a veintiuno de
septiembre del dos mil nueve.-Doy fa-El Primer Secretario de
Acuerdos, Lic. Héctor González Romero.-Rúbrica.
214-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
DICTO
SUCESION DE MA. DEL REFUGIO CRUZ BRETADO
REPRESENTADA POR SU ALBACEA SUSANA GASTALDI
CRUZ.
RICARDO REYES CRUZ, EDUARDO REYES CRUZ y
MARTHA PATRICIA REYES CRUZ, parte actora en el juicio
ordinario civil sobre usucapión tramitado bajo el expediente
número 735/09 de este Juzgado le demanda la sucesión de MA.
DEL REFUGIO CRUZ BRETADO representada por su albacea
SUSANA GASTALDI CRUZ, las siguientes prestaciones: La
prescripción positiva, respecto del lote de terreno veintiséis,
fracción sur, manzana ciento dieciocho (118) de la colonia
Tamaulipas, sección Virgencitas, de ciudad Nezahualcóyotl.
Estado de México, fundándose en los siguientes hechos: con
fecha quince de agosto del año mil novecientos noventa
RICARDO REYES CRUZ, EDUARDO REYES CRUZ y MARTHA
PATRICIA REYES CRUZ, celebraron contrato privado de
compraventa con JOSE GUADALUPE REYES FLORENTINO,
respecto del bien inmueble en comento, por lo que, ignorándose
el domicilio de sucesión de MA. DEL REFUGIO CRUZ BRETADO
representada por su albacea SUSANA GASTALDI CRUZ, se le
emplaza por edictos para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir del día siguiente al de la última publicación
conteste la demanda entablada en su contra con el
apercibimiento que de no comparecer a juicio, por sí, por
apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio
en su rebeldía, se le previene para que señale domicilio en esta
ciudad, ya que de no hacerlo las posteriores notificaciones se le
harán por lista y boletin judicial, quedando a disposición de la
demandada las copias de traslado en la Secretaría de este
Juzgado.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en la GACETA DEL GOBIERNO que se edita en Toluca, México,
y en un periódico de mayor circulación de esta ciudad, que tenga
publicación diaria y que cubra un territorio más amplio, así como
en el boletín judicial, del Estado de México, se expide el presente
en ciudad Nezahualcóyotl, México, a los nueve días del mes de
marzo del año 2010 dos mil diez.-Secretario, Lic. Julio César
Cedillo Gómez, Primer Secretario de Acuerdos del Juzgado
Cuarto Civil del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, México.-
Rúbrica.
213-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
DICTO
C. RUFINO GOMEZ CARBALLO.
En el expediente 1235/2009, relativo al juicio ordinario civil
sobre divorcio necesario promovido por TOMASA AGUILAR
OUIRAZCO en contra de RUFINO GOMEZ CARBALLO y dando
cumplimiento al artículo 1.181 del Código de Procedimientos
Civiles en vigor se le hace saber que existe una demanda en su
contra ante el Juzgado Primero Familiar de Texcoco, Estado de
México. existe una demanda reclamándole las siguientes
prestaciones: A).- La disolución del vínculo matrimonial, por la
5 de abril de 2010
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C E11-r.
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Página II
causal prevista en la fracción XIX décimo novena del artículo 4.90
del Código Civil vigente en la entidad. 81.- La disolución y
liquidación de la sociedad conyugal. C).- El pago de gastos y
costas que el presente juicio origine, en caso de temeraria e
infundada oposición, por lo que emplácese al demandado por
medio de edictos que contendrá una relación sucinta de la
demanda hechos básicos de la demanda, contrajeron matrimonio
el diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho
contrajeron matrimonio, bajo el régimen de sociedad conyugal, en
fecha cinco de julio del dos mil uno dejamos de vivir bajo el
mismo techo, convivir y cohabitar, que se publicarán tres veces
de siete en siete días en el periódico oficial GACETA DEL
GOBIERNO en otro de mayor circulación en la población donde
se haga la citación y en boletín judicial, haciéndole saber que
debe presentarse dentro del plazo de treinta días contados a
partir del día siguiente al de la última publicación. El Secretario
fijará además, en la puerta del tribunal una copia íntegra de la
resolución, por todo el tiempo del emplazamiento, si pasado este
plazo no comparece por si, por apoderado o por gestor que
pueda representarlo, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole
las ulteriores notificaciones por lista y boletín. Se expide el
presente edicto a los dieciséis días del mes de marzo del dos mil
diez.-Doy fe.-Primer Secretario de Acuerdos, Lic. en Derecho Iván
Sosa García.-Rúbrica.
215-B1.-23 marzo, 5 y 14 'abril.
JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO: 1503/09,
JUICIO: DIVORCIO NECESARIO.
ACTOR: MARIA BARON GUZMAN.
DEMANDADO: MATEO LOPEZ LOPEZ.
EMPLAZAR A: MATEO LOPEZ LOPEZ.
La señora MARIA BARON GUZMAN, promueve en la vía
ordinaria civil, el divorcio necesario reclamando las siguientes
prestaciones: a).- La disolución del vínculo matrimonial que los
une. b).- Liquidación de la sociedad conyugal, c).- El pago de
gastos y costas que el presente juicio origine. El último domicilio
conocido lo fue el ubicado en: calle Imploración No. 108, colonia
Benito Juárez, en Nezahualcóyotl, Estado de México, y por
ignorarse su domicilio actual, se le hace saber al demandado
MATEO LOPEZ LOPEZ que deberá comparecer en un plazo no
mayor de treinta días contados a partir del siguiente al de la
última publicación a dar contestación a la instaurada en su contra,
se fijará además en la puerta del tribunal una copia íntegra de la
resolución, si pasado este término no comparece por sí, por
apoderado o por gestor que pueda representarla, se seguirá el
juicio en rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones de
conformidad a lo establecido por el articulo 1.170 del Código de
Procedimientos Civiles.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en
otro de circulación en esta ciudad y en el boletín judicial, dado en
ciudad Nezahualcóyotl, México, a los veintiséis días del mes de
febrero del año dos mil rliez.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic.
Karina Leticia Hernández Cortéz.-Rúbrica.
218-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
GUADALUPE COBA GRANADOS.
JOSE ARGUIJO PLOMARES, promoviendo por su propio
derecho ante el Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Ecatepec, Estado de México, bajo el
expediente número 610/2009, relativo al juicio ordinario civil sobre
(usucapión), promovido en contra de GUADALUPE COBA
GRANADOS, respecto del inmueble denominado Potrero Chico,
de la Avenida Fresno, lote quince, manzana uno, colonia
Tulpetlac, municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México,
el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias: al norte:
15.00 metros con lote 17, al sur: 15.00 metros con lote 13, al
oriente: 8.00 metros con lote 16, y al poniente: 8.00 metros con
Avenida Fresno, mismo que adquirió el promovente por contrato
de compraventa celebrado con GUADALUPE COBA
GRANADOS, en fecha diez de mayo del año dos mil y
entregándole la posesión del mismo el día veintiuno de mayo del
mismo año, fecha a partir de la cual ha poseído ese inmueble en
calidad de propietario, en forma pública, pacífica, continua y de
buena fe, realizando actos de posesión y dominio sobre el mismo,
por lo que demanda como prestaciones: "A).- De GUADALUPE
COBA GRANADOS la prescripción positiva por usucapión del
terreno denominado Potrero Chico, de la Avenida Fresno del lote
quince, de la manzana uno de la colonia Tulpetlac, municipio de
Ecatepec de Morelos, Estado de México, cuyas medidas y
colindancias se detallan más adelante". Y toda vez que se
desconoce el actual domicilio de la demandada GUADALUPE
COBA GRANADOS, se ordenó emplazarles por medio de edictos
que contendrán una relación sucinta de la demanda y que
deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el
periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en otro de
mayor circulación en esta población y en el boletín judicial,
haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de
treinta días contados a partir del día siguiente al de la última
publicación. Habiéndose fijado además en la puerta del tribunal
una copia íntegra de la presente resolución por todo el tiempo del
emplazamiento, previniéndole que si pasado dicho plazo no
comparece por si, por apoderado o por gestor que pueda
representarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole las
notificaciones en términos de los artículos 1.168 y 1.170 del
Código de Procedimientos Civiles.-Doy fe.-Ecatepec de Morelos,
Estado de México, a veintiocho de enero del dos mil diez.-
Secretario, Lic. Ruperta Hernández Diego.-Rúbrica.
219-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA-TECAMAC
EDICTO
En el expediente número 132/2009, RUBEN SANCHEZ
ALVARADO, promueve juicio en la vía ordinaria civil sobre
usucapión, en contra de CARLOS GUTIERREZ RODRIGUEZ y
GUADALUPE URIBE DE GONZALEZ en la que entre otras
cosas solicita la declaración judicial de que se ha convertido en
propietario de una fracción del terreno denominado "Cañada San
Miguel", ubicado en el pueblo de San Jerónimo Xonacahuacan,
municipio de Tecámac, Estado de México, con las siguientes
medidas y colindancias: al norte: 50.50 metros y colinda con
propiedad de Enriqueta Serna; al sur: 50.31 metros y colinda con
fracción restante, al oriente: 29.76 metros y colinda con propiedad
de Eufracio Romero, al poniente: 29.76 metros y colinda con
propiedad de Teresa Mejía; con una superficie de 1,500.00
metros cuadrados, adquiriendo el inmueble por medio de un
contrato de compraventa con el señor IVAN MIGUEL
GUTIERREZ HERNANDEZ el ocho 08 de diciembre del año dos
mil 2000, y que éste a su vez en la misma forma lo adquirió de
ERNESTO SANCHEZ FLORES, en fecha uno 01 de abril del año
dos mil 2000; y éste de CARLOS GUTIERREZ RODRIGUEZ y
GUADALUPE URIBE DE GONZALEZ en fecha quince 15 de
diciembre de mil novecientos noventa y ocho 1998; el cual se
encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad desde el
nueve 09 de febrero de mil novecientos noventa 1990, bajo la
partida número 467, volumen 33, del libro primero, de la sección
primera; y en fecha uno 01 de marzo de mil novecientos noventa
y cinco 1995 bajo la partida número 964, volumen 54, del libro
primero, de la sección primera; admitiéndose la demanda por
auto del diez 10 de febrero del dos mil nueve 2009, ordenándose
en proveído del once 11 de noviembre del año dos mil nueve el
emplazamiento a GUADALUPE URIBE DE GONZALEZ y
CARLOS GUTIERREZ RODRIGUEZ, por medio de edictos, a los
cuales se les hace saber que deben presentarse por sí, por
apoderado legal o gestor que pueda representarles en este juicio
dentro del plazo de treinta días contados a partir del día siguiente
Página 12
GACETA
OEL_ GOB.r E Pi O
5 de abril de 2010
al de la última publicación a dar contestación a la demanda
incoada en su contra, apercibiéndoles que de no comparecer, el
juicio se seguirá en su rebeldía. También se les previene para
que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones de su parte
dentro de la ubicación de este Juzgado y en su caso se les harán
las posteriores notificaciones por lista y boletín. Debiendo fijar en
la puerta de este Juzgado una copia íntegra de la resolución, por
todo el tiempo del emplazamiento.
Se expiden los presentes en cumplimiento a lo ordenado
por auto del once 11 de marzo del dos mil diez 2010 para su
publicación por tres veces de siete en siete días, en el periódico
oficial GACETA DEL GOBIERNO, en un periódico de mayor
circulación en esta población y en el boletín judicial, en Tecámac,
Estado de México, el dieciséis 16 de marzo del dos mil diez
2010.-Doy fe.-Secretaria de Acuerdos, Licenciada M. Yolanda
Martínez Martínez.-Rúbrica. 217-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
NOTIFICACION.
JOSE DOLORES ZARAGOZA ROJAS se hace de su
conocimiento que el señor ROBERTO VILLAGRANA
HERNANDEZ denuncio ante este Juzgado bajo el número de
expediente 713/2009 el juicio ordinario civil usucapión,
fundándose en los siguientes hechos: 1.- Desde el tres de marzo
de 1995 el suscrito es poseedor del inmueble la fracción de
terreno ubicado en lote número 169 del terreno denominado "La
Laguna" en el municipio de Ecatepec, con registro catastral de
carril 4 parcela 169 terreno 38 clave 094-22-016-58, mediante la
compraventa que de éste efectúe a través del contrato de
compraventa respectivo de esa fecha, por lo cual desde esa
fecha tomé posesión de forma pacífica, pública, continua, de
buena fe del citado inmueble; 2.- La referida posesión del predio
citado fue obtenida mediante la compraventa efectuada al C.
JOSE DOLORES ZARAGOZA ROJAS, para lo cual se firmo el
contrato privado de compraventa que anexo al escrito inicial de
demanda, el cual fue pagado de contado a la firma del mismo,
haciéndome el vendedor entrega de la posesión física y material
del inmueble antes citado, 3.- A partir de la entrega de dicho bien,
he efectuado las mejoras necesaria al predio y de igual manera
he venido efectuando las contribuciones e impuestos generados
por tal inmueble, como lo acredito con los recibos de pago de
impuestos y cargas fiscales que desde ahora agrego al presente
escrito; 4.- Es así que he venido poseyendo el multicitado bien de
forma pacífica, pública, continua, ininterrumpidamente y en
calidad de propietario desde el año de 1995 del bien, fracción de
terreno ubicado en lote número 169, del terreno denominado La
Laguna, Ecatepec de Morelos, Estado de México, con una
superficie de 200 metros cuadrados, con registro catastral de
carril 4, parcela 169, terreno 38, clave 094-22-016-58; 5.- Tal
inmueble se encuentra inscrito en el Instituto de la Función
Registra' correspondiente a Ecatepec bajo la partida 689,
volumen 1048, libro primero, sección primera, apareciendo
además al margen anotaciones de apeo y deslinde bajo la partida
376, volumen 1223, libro primero sección primera, 6.- En tal
circunstancia es que me veo obligado a tramitar en la presente
vía y en la forma propuesta formal demanda en contar de los
demandados por el multicitado terreno, por haber transcurrido el
tiempo necesario y haber concurrido en la promovente las
condiciones legales necesarias para que así se me declare,
habiendo operado en mi favor la usucapión o prescripción positiva
de ese inmueble; con fundamento en lo dispuesto por el artículo
1,181 del Código de Procedimientos Civiles, emplácese a JOSE
DOLORES ZARAGOZA ROJAS y OTROS, por medio de edictos,
que se publicará tres veces de siete en siete días, en el periódico
GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro de
mayor circulación en esta ciudad, así como en el Boletin Judicial,
haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de
treinta días contados a partir del siguiente al de la última
publicación. Se le apercibe para que, si pasado este término no
comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda
representarlo, se seguirá el juicio en su rebeldía, teniéndosele por
contestada la demanda en sentido negativo, haciéndole las
ulteriores notificaciones en términos del artículo 1.170 del Código
Procesal Civil.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO que se edita en
la ciudad de Toluca, México y en el periódico de mayor
circulación en ésta población, así como en el boletín judicial del
Estado de México, así como en la Tabla de Avisos de éste
Juzgado por todo el tiempo de la notificación. Dado a los veintidós
días del mes de enero del dos mil diez.-Doy fe.-Secretario de
Acuerdos, Lic. Leticia Rodriguez Vázquez.-Rúbrica.
220-B1.-23 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
GRACIELA WEINSTOCK DE SALAMANOVITZ.
En el expediente marcado con el número 272/2005-2,
relativo al Juicio Ordinario Civil, reivindicatoria promovido por
ALVARO BADILLO MARQUEZ. en contra de ANTONIO
MORALES CHIQUITO, VIRGINIA TREJO MORALES y MARCO
ANTONIO URBANO TREJO; respecto del lote de terreno número
29 veintinueve, de la manzana 385 trescientos ochenta y cinco,
Colonia Aurora, conocido públicamente con el número 290
doscientos noventa, de la calle Chaparrita, de la Colonia Benito
Juarez en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, con las
siguientes medidas y colindancias. al
norte: 17.00 metros con lote
28; al sur: 17.00 metros con lote 30). al oriente. 9.00 metros con
calle Chaparrita, al poniente: 9.40 metros con lote 3, con una
superficie aproximada de. 153.00 metros cuadrados. Por
acuerdos de fechas 13 trece de enero y 09 nueve de febrero
ambos del año en curso, se acordó emplazarla a juicio como
litisconsorte en el presente asunto, en atención a que las
personas que a continuación se refieren le reclaman las
siguientes prestacioness.
Por su parte, el señor ANTONIO MORALES CHIQUITO,
le demanda en la via reconvencional: a) La declaración de
nulidad de juicio concluido respecto del juicio de usucapión
ventilado ante el Juez Segundo de lo Civil de primera instancia
del Distrito Judicial de Ciudad Nezahualcoyotl. Estado de México,
bajo el número de expediente 732/2002, promovido por ALVARO
BADILLO MARQUEZ, en contra de GRACIELA WEINSTOCK DE
SALAMANOVITZ, b) El apercibimiento de abstención para el C.
ALVARO BADILLO MARQUEZ de cualquier acto de molestia
sobre la posesión que deriva de comodato disfruto sobre el
inmueble ubicado en el número 290 doscientos noventa de la
calle Chaparrita, en la Colonia Benito Juárez de esta Ciudad, c) El
pago de gastos y costas generadas por la tramitación del
presente juicio hasta su total culminación. En virtud de que en
forma sucinta de los hechos de su demanda, en fecha 15 quince
de septiembre del 2002 dos mil dos, el actor reconvencionista
celebró contrato de comodato con EVARISTO MORALES
BAÑUELOS, respecto de una vivienda ubicada en el domicilio
antes referido, anexando el documento respectivo. Que en fecha
6 seis de mayo del 2005 dos mil cinco, se le notificó por parte de
este Juzgado de una demanda ordinaria civil reivindicatoria por
parte de ALVARO BADILLO MARQUEZ, quien se ostenta como
propietario del inmueble que ocupo, basando su derecho en las
copias certificadas del juicio 732/2002 del Juzgado Segundo Civil
de este Distrito Judicial, relativo al Juicio Ordinario Civil sobre
usucapión, que el señor ALVARO BADILLO MARQUEZ fue
propietario del inmueble motivo de este juicio hasta 1982 mil
novecientos ochenta y dos, cuando el 29 veintinueve de octubre
le vendió a EVARISTO MORALES BAÑUELOS. Que el actor
reconvencional ocupa al inmueble desde el 15 quince de
septiembre del año 2002 dos mil dos en calidad de comodatario,
compartiendo la posesión con otras personas pero nunca con
ALVARO BADILLO MARQUEZ. Que FIDELIA PIEDRAS
5 de abril de 2010
C sea C E "'Asea
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Página 13
RAM/REZ quien fue uno de los testigos presentados en el juicio
de usucapión que se impugna, es la esposa de ALVARO
BADILLO MARQUEZ, quienes conjuntamente viven en el 288
doscientos ochenta y ocho de la calle Chaparrita, en la colonia
Benito Juárez, es decir, en el lote colindante sur del que nos
ocupa, personas que veo con frecuencia. Que dicho inmueble
antes que el actor reconvencionista lo ocupara, lo habitaron
personas diversas también comodatarios de EVARISTO
MORALES BAÑUELOS.
Asi mismo VIRGINIA TREJO MORALES, le demanda en
la
via RECONVENCIONAL: a) La declaración de nulidad de juicio
concluido respecto del juicio de usucapión ventilado ante el Juez
Segundo de lo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México. bajo el número de
expediente
732/2002, promovido por ALVARO BADILLO
MARQUEZ,
en contra de GRACIELA WEINSTOCK DE
SALAMANOVITZ. b) El apercibimiento de abstención para el C.
ALVARO BADILLO MARQUEZ de cualquier acto de molestia
sobre la posesión que deriva de comodato disfruto sobre al
inmueble ubicado en el número 290 doscientos noventa de la
Calle Chaparrita. en la Colonia Benito Juárez de esta Ciudad, c)
El pago de gastos y costas generadas por la tramitación del
presente juicio hasta su total culminación En virtud de que en
forma sucinta de los hechos de su demanda, en fecha 06 seis de
marzo del 2000 dos mil, la actora reconvencionista celebró
contrato de comodato con EVARISTO MORALES BAÑUELOS,
respecto de una vivienda ubicada en el domicilio ambas referido,
anexando el documento respectivo. Que en fecha 6 seis de mayo
del 2005 dos mil cinco, se le notificó por parte de este Juzgado de
Hila demanda ordinaria civil reivindicatoria por parte de ALVARO
BADILLO MARQUEZ, quien se ostenta como propietario del
inmueble que ocupo. basando su derecho en las copias
certificadas del juicio 732/2002 del Juzgado Segundo Civil de este
Distrito Judicial, relativo al Juicio Ordinario Civil sobre usucapión,
que el señor ALVARO BADILLO MARQUEZ fue propietario del
inmueble motivo de este juicio hasta 1982 mil novecientos
ochenta y dos. cuando el 29 veintinueve de octubre le vendió a
EVARISTO MORALES BAÑUELOS, Que el actor reconvencional
ocupa el inmueble desde el 06 seis de marzo del año 2000 dos
mil en calidad de comodatario, compartiendo la posesión con
otras personas pero nunca con ALVARO BADILLO MARQUEZ -
Que FIDELIA PIEDRAS RAMIREZ quien fue uno de los testigos
presentados en el juicio de usucapión que se impugna, es la
esposa de ALVARO BADILLO MARQUEZ, quienes
conjuntamente viven en el 288 doscientos ochenta y ocho de la
calle Chaparrita, en la Colonia Benito Juárez, es decir, en el lote
colindante sur del que nos ocupa, personas que veo con
frecuencia.
Que dicho inmueble antes que el actor
reconvencionista lo ocupara, lo habitaron personas diversas
también comodatanos de EVARISTO MORALES BAÑUELOS.
Por último el señor EVARISTO MORALES BAÑUELOS.
le demanda
en la via reconvencional: a) La declaración de
nulidad de juicio concluido respecto del juicio de usucapión
ventilado ante el Juez Segundo de lo Civil de primera Instancia
del Distrito Judicial de Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México,
bajo el número de expediente 732/2002, promovido por ALVARO
BADILLO MARQUEZ, en contra de GRACIELA WEINSTOCK DE
SALAMANOVITZ b) El otorgamiento y firma de escritura que
respecto del inmueble materia de este juicio está obligado el C.
ALVARO BADILLO MARQUEZ dada la venta que realizó con el
actor reconvencionista. c) El pago de gastos y costas generadas
por la tramitación del presente juicio hasta su total culminación
Argumentando el actor en los hechos de su demanda que en
fecha 29 veintinueve de octubre de 1982 mil novecientos ochenta
y dos. cedió la propiedad del inmueble materia de este juicio el
propio ALVARO BADILLO MARQUEZ, tal y como constan en la
cesión de derechos que obra en la última de las páginas del
contrato que originariamente en calidad de vendedora celebró
con AURORA-ORIENTE, S A y como comprador MARIO
PACHECO FLORES, siendo este último quien en fecha 28
veintiocho de noviembre de 1968 mil novecientos sesenta y ocho,
cedió los derechos de este contrato al hoy actor. Que el 16
dieciséis de junio del 2005 dos mil cinco, fue notificado por este
Juzgado de la demanda ordinaria civil de juicio reivindicatoria
promovido por ALVARO BADILLO MARQUEZ, basando su
derecho en las copias certificadas de/ juicio 732/2002 del Juzgado
Segundo Civil de este Distrito Judicial, relativo al Juicio Ordinario
Civil sobre Usucapión. Que el señor ALVARO BADILLO
MARQUEZ fue propietario del inmueble motivo de este juicio
hasta 1982 mil novecientos ochenta y dos, cuando el 29
veintinueve de octubre le vendió al suscrito EVARISTO
MORALES BAÑUELOS. Que el actor reconvencional ocupa el
inmueble desde que adquirió el inmueble materia del presente
juicio, entregando al C. ALVARO BADILLO MARQUEZ cualquier
derecho sobre el mismo, por lo que es materialmente imposible
que se cumpla con los requisitos establecidos en el juicio referido,
y menos con las características necesarias para obtener
sentencia favorable de usucapión. Que el inmueble ha detentado
la posesión permitiendo incluso la posesión de diversas personas
como lo son PEDRO CHIQUITO IBARRA, ALFREDO CORTES
RODRIGUEZ, entre otras personas que son conocidas del actor y
su esposa dada la vecindad que mantuvieron, quien falsamente
declaró la posesión de su marido del inmueble materia de este
Ignorándose su domicilio se le emplaza para que
comparezca por si, por apoderado o por gestor que pueda
representarla a juicio dentro del plazo de treinta dias contados a
partir del siguiente al en que surta efectos la última publicación, a
dar contestación a las demandas reconvencionales instauradas
en su contra, ante este Juzgado Primero Civil de Nezahualcóyotl,
México, apercibida que de no comparecer dentro del referido
plazo se seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndole las
posteriores notificaciones en términos del articulo 1.170 del
Código de Procedimientos Civiles en vigor.
Quedando en la Secretaria de este Juzgado. a
disposición de la demandada reconvencionista las copias simples
de traslado.
Publiquese por tres veces de siete en siete días en el
periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México,
Boletín Judicial, Tabla de Avisos de este Juzgado y en un diario
de circulación diaria de amplio territorio. Se expide en Ciudad
Nezahualcóyotl, Estado de México, a los 25 veinticinco dias del
mes de febrero del año dos mil diez 2010.-Doy fe.-Secretario de
Acuerdos, Lic, Maria Rosalba Briceño Alvarado.-Rúbrica.
187451.-1 i , 23 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
EDICTO
C FERNANDO TREJO ESCAMILLA
En el expediente número 1366/2009, CARMEN RIVERA
ALONSO, por su propio derecho demanda de FERNANDO
TREJO ESCAMILLA, ante el Juzgado Primero Familiar de
Texcoco, México, en el Juicio Ordinario Civil, sobre divorcio
necesario, dándose cumplimiento en los articulos 1.138 y 1.181
del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de
México, se le hace saber que existe un juicio ordinario civil, sobre
divorcio necesario; demandándole para ello las siguientes
prestaciones: A) La disolución del vinculo matrimonial, con
fundamento en el articulo 4.90 fracción XIX del Código Civil
vigente en el Estado de México. B) La liquidación y disolución de
la Sociedad Conyugal, C) El pago de gastos y costas. Basándose
en los siguientes hechos: I.- Con fecha cinco de octubre de mil
novecientos noventa y seis, contraje matrimonio civil con el señor
FERNANDO TREJO ESCAMILLA. bajo el régimen de sociedad
Página 14
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CEL
GOBIERNO
5 de abril de 2010
conyugal.
Durante nuestro matrimonio procreamos un hijo de
nombre FERNANDO TREJO RIVERA.
Nuestro domicilio '
conyu
g
al lo establecimos el ubicado en Cerrada de Camino Real
numero 10, Barrio de Tulantongo, Municipio de Texcoco, Estado
de México. desde el dia cinco de febrero de mil novecientos
noventa y siete abandonó el domicilio conyugal el señor
FERNANDO TREJO ESCAMILLA. desbbligándose de la
manutención de nuestro menor hijo, asi como también de las
obligaciones de la casa. Toda vez que se
ignora donde se
encuentra FERNANDO TREJO ESCAMILLA y que se han
tomado las providencias necesarias a que se refiere los preceptos
jundicos que se invocan, hágase saber el Juicio Ordinario Civil
sobre divorcio necesario, a través de edictos, los que contendrán
una relación sucinta de la demanda y deberán publicarse por tres
veces. de siete en siete dias, en el periódico oficial "GACETA
DEL GOBIERNO del Estado", en otro de mayor circulación en la
poblacion donde se hace la citación y el Boletín Judicial,
haciéndole saber que debe presentarse a
juicio por si, por
apoderado o por gestor, dentro del plazo de treinta días contados
a partir del dia siguiente al de la última publicación, apercibido
que en caso de no hacerlo se seguirá el juicio en rebeldía.
haciéndole las ulteriores notificaciones aún las de carácter
personal por lista y Boletín Judicial.-Se expide el presente edicto
ri los veintiséis días del mes de febrero de dos mil diez -Segundo
Secretario de Acuerdos, Lic en D. Marisol Florencio Fernández.-
R ida rica.
178-B1 -11. 23 marzo y 5 abril
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL-CHIMALHUACAN
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO: 384/2009.
SAUL NAVA GONZALEZ
En el expediente 384/2009, FABIOLA ESMERALDA
MARTINEZ LUNA, promovió por su propio derecho en la via
ordinaria civil, usucapión en contra de ESTHER CORDOVA
CEDANO y SAUL NAVA GONZALEZ, respecto del inmueble
conocido como lote 14, de la manzana 560. ubicado en calle
Achiote. del Barrio Curtidores, en el municipio de Chimalhuacán.
Estado de México. inscrito bajo la partida 1378, del volumen 183.
del libro primero de la sección primera de fecha veintiséis de
octubre de mil novecientos noventa y cinco. el cual tiene las
siguientes medidas y colindancias: al norte- en 15.00 metros con
lote 13. al sur en 15.00 metros con lote 15, al oriente. en 11.00
metros con calle Achiote, y al poniente. en 11.00 metros con lotes
16 y 20, con una superficie total de 165.00 metros cuadrados,
exhibiendo para acreditar su propiedad un contrato de
compraventa de fecha veintiocho de mayo del año dos mil seis.
celebrado por la señora ESTHER CORDOVA CEDANO. en su
carácter de vendedora y como compradora la señora FABIOLA
ESMERALDA MARTINEZ LUNA, quien tiene la posesión en
concepto de propietaria, realizando diferentes actos de dominio,
de manera ininterrumpida, pública, de buena fe y desde esa
fecha lonorándose su domicilio de el litisconsorcio SAUL NAVA
GONZALEZ, hacendase saber al litisconsorcio. que deberá
p
resentarse dentro del plazo de treinta dias contados a partir del
día siguiente al de la última publicación, a dar contestación a la
demanda interpuesta en su contra, con el apercibimiento de ley
para el caso de no dar contestación, el presente juicio se llevará
en rebeldía, debiendo señalar domicilio para oir y recibir
notificaciones en esta ciudad y en caso de no hacerlo, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le
harán en términos del articulo 1.165 fracciones I y II.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días,
en el periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO. Boletín Judicial
y en otro de mayor circulación en esta entidad federativa.
expedidos a los tres dias del mes de marzo del año dos mil diez.-
Doy fe.-C. Secretario. Lic. Jesús Juan Flores.-Rúbrica.
179-B1.-11. 23 marzo y 5 abril
JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
EDICTO
BEATRIZ ADRIANA MENDEZ GONZALEZ.
En el expediente 1247/2009, relativo al Juicio Ordinario
Civil, sobre divorcio necesario, promovido por MIGUEL
QUINTERIO MEDEL, en contra de BEATRIZ ADRIANA MENDEZ
GONZALEZ y dando cumplimiento al articulo 1 181 del Código
de Procedimientos Civiles en vigor, se le hace saber que ante el
Juzgado Primero de lo Familiar de Texcoco, Estado de México.
se ha radicado el Juicio de divorcio necesario, en el cual MIGUEL
QUINTERIO MEDEL, demanda de la señora BEATRIZ ADRIANA
MENDEZ GONZALEZ el divorcio necesario por la causal XIX del
articulo 4.90 del Código Civil vigente para el Estado de México.
basándose para ello en el hecho que en fecha tres de septiembre
del año dos mil cuatro, contrajo matrimonio civil con la señora
BEATRIZ ADRIANA MENDEZ GONZALEZ, ante el Oficial del
Registro Civil de Texcoco, Estado de México, que de dicho
matrimonio procrearon una hija de nombre DEBORA BEATRIZ
QUITERIO MENDEZ, quien a la fecha cuenta con la edad de
cinco años, que establecieron como domicilio conyugal el ubicado
en calle prolongación de Olivo numero 33, edificio "G",
departamento 102, colonia San Pedro. en Texcoco, Estado de
México, que al principio la relacion era llevadera, que tenian
problemas pero no graves que originaran su separación, que en
fecha veinte de diciembre de dos mil cinco sin motivo alguno
abandonó el domicilio conyugal, siendo que a la fecha no tiene
noticias de su esposa ni de su menor hija, razón por la cual le
demanda el divorcio necesario invocado el fundamento de
derecho que considero aplicable por lo que se ordenó su
emplazamiento por medio de edictos que se publicarán por tres
veces de siete en siete días, en el periodo° oficial de esta entidad
federativa "GACETA DEL GOBIERNO", así como también en un
periódico de mayor circulación en esta población y en el Boletín
Judicial, haciéndole saber que debe presentarse dentro del plazo
de treinta dias contados a partir del dia siguiente de la última
publicación, debiéndose fijar además en la puerta de este
Tribunal una copia íntegra de esta resolución por todo el tiempo
del emplazamiento, con el apercibimiento que de no comparecer
poi sí, por apoderado o gestor que la pueda representar se
seguirá el juicio en rebeldía. asimismo se previene a la
demandada para que señale domicilio para oir y recibir
notificaciones dentro del primer cuadro de ubicación de este
juzgado, en la inteligencia que de no hacerlo las subsecuentes,
aún las de carácter personal se le harán conforme a las no
personales en términos de los artículos 1.170 y 1.182 del
ordenamiento legal invocado, quedando a su disposición las
copias de traslado en la Primera Secretaría de este Juzgada-Se
expide el presente edicto a los veinticinco dias del mes de febrero
de dos mil diez.-Doy fe.-Primer Secretario de Acuerdos, Lic. en D.
Iván Sosa Garcia.-Rúbrica.
180-B1.-11, 23 marzo y 5 abril.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
CARLOS ALBERTO GONZALEZ RIOS.
ESTHER AIDA BALBUENA y EPIFANIO HERNANDEZ,
parte actora en el Juicio Ordinario Civil sobre usucapión tramitado
bajo el expediente número 346/09, de este Juzgado le demandan
a CARLOS ALBERTO GONZALEZ RIOS, las siguientes
prestaciones: a) La propiedad por usucapión o prescripción
adquisitiva respecto del inmueble identificado del lote de terreno
número 4 cuatro, manzana 70 setenta, de la calle Oriente 11
once, número 366 trescientos sesenta y seis, de la Colonia
Reforma„ Nezahualcóyotl. Estado de México, el cual tiene una
5 de abril de 2010
IG C
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Página 15
superficie de 118.89 metros cuadrados, con medidas y
colindancias: al norte: 15.05 metros con lote tres; al sur: 15.05
metros con lote cinco; al oriente: 7.90 metros con calle Oriente
Once, al poniente: 7.90 metros con lote veintisiete; fundándose en
los siguientes hechos, con fecha dieciocho de diciembre de mil
novecientos noventa y ocho. ESTHER AIDA BALBUENA y
ERFANIO HERNANDEZ, celebraron cdntrato privado de
compraventa con CARLOS ALBERTO GONZALEZ RIOS,
respecto del bien inmueble en comento; por lo que, ignorándose
el domicilio del demandado, se les emplaza por edictos para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir del dio siguiente
al de la última publicación conteste la demanda entablada en su
contra con el apercibimiento que de no comparecer a juicio, por si
por apoderado o gestor que pueda representarlo, se seguirá el
juicio en su rebeldia, se le previene para que señale domicilio en
esta Ciudad, ya que de no hacerlo las posteriores notificaciones
se le haran por Lista y Boletín Judicial Quedando a disposición
del demandado las copias de traslado en la Secretaría de este
Juzgado -Notifiquese.-Lo acordó y firma el Juez Cuarto Civil de
Primera Instancia M. en A. de J. Arturo Armeaga lturbe, quien
actúa en forma legal con Segundo Secretario de Acuerdos
Licenciada Ana Luisa Reyes Ordóñez. quien firma y da fe de lo
ncluado.-Doy fe.
Para su publicación por tres veces de siete en siete dias
en la GACETA DEL GOBIERNO que se edita en Toluca. México,
y en un periódico de mayor circulación de esta ciudad, que tenga
nulgicación diaria y que cubra un territorio mas amplio; asi corno
en el Boletín Judicial del Estado de México.-Se expide el presente
en Ciudad Nezahualcóyotl. México, a los ocho dias del mes de
febrero del año dos mil diez -Segundo Secretario de Acuerdos del
Juzgado Cuarto Civil del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl,
México. Lic, Ana Luisa Reyes Ordóñez.-Rúbrica,
181-91.-11, 23 marzo y 5 abril
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO
EDICTO
C EUSEBIO RIVERA GALARZA
Por medio del presente se les hace saber que en el
expediente marcado con el número 27712008, relativo al Juicio
Ordinario Civil, SILVIA GARCIA GARCIA, le demanda la
propiedad por usucapión, respecto del lote de terreno marcado
con el número 34, de la manzana 21, de la zona 03, del Ex Ejido
de Charco II, de la Colonia Ampliación Emiliano Zapata, con las
siguientes medidas y colindancias: al noreste: 19.320 metros con
lotes 8 y 9: sureste: 34.11 metros con lote 33; suroeste: 9.05
metros con Avenida José Maria Martínez, noroeste: 34.39 metros
con lote 35, con una superficie total de: 314.00 metros cuadrados:
por lo que se le emplaza por medio de edictos, haciéndole saber
que de aerá de presentarse dentro del término de treinta (30) dias
contados a partir del dia siguiente al en que surta efectos la
última publicación, con el apercibimiento que en caso de no
comparecer a dar contestación a la instaurada en su contra por sí
o por apoderado legal que le represente se seguirá el juicio en su
rebeldía. Haciéndole las ulteriores notificaciones en términos del
articulo 1.170 del Código de Procedimientos Civiles, fijándose
además en la puerta de este Juzgado una copia integra de la
resolución por todo el tiempo del emplazamiento.
Publiquese por tres veces de siete en siete días en el
periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado, otro de mayor
circulación en esta población y Boletín Judicial.-Expedidos en
Charco. Estado de Mexico, a los once (11) días del mes de
diciembre de dos mil nueve (2009).-Doy fe -Primer Secretaria de
Acuerdos del Juzgado Primero Civil de Primera Instancia de
Chalco. México, M. en D. María Dolores Abundes Granados -
Rubrica
182-B1.-11. 23 marzo y 5 abril.
JUZGADO SEGUNDO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
EDICTO
JORGE ABRAHAM BERNAL DIAZ.
Se hace de su conocimiento que la señora
GUILLERMINA VAZQUEZ VICENCIO, en el expediente marcado
con el número 778/2009, iniciado en fecha catorce de julio del dos
mil nueve, promueve en su contra las siguientes prestaciones: A).
La pérdida de la patria potestad de su menor hija de EMILY
DIANA BERNAL VAZQUEZ: B). La guarda y custodia de la menor
EMILY DIANA BERNAL VAZQUEZ: C). La prohibición de visitar y
convivir de la menor FMILY DIANA BERNAL VAZQUEZ; D). El
pago de una pensión alimenticia a favor de la menor EMILY
DIANA BERNAL VAZQUEZ, asi como el aseguramiento del
mismo; E). El pago de pensiones alimenticias adeudadas a partir
del tres de febrero del dos mil seis. a la fecha: F). El pago de la
cantidad de $ 80,000.00 (OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) y
G). El pago de los gastos y costas que genere la presente
controversia. Por lo que el Juez del conocimiento dio entrada a la
demanda; y por desconocer su domicilio actual, por auto de fecha
cuatro de diciembre del año dos mil nueve, ordeno su
emplazamiento por edictos, los cuales se publicarán por tres
veces de siete en siete dias en el periódico oficial GACETA DEL
GOBIERNO del Estado, en el Boletín Judicial y otro de mayor
circulación en la población donde se haga la citación.
Haciéndosele saber que debe presentarse dentro del plazo de
treinta días contados a partir del dia siguiente al en que surta
efectos la Ultima publicación, debiendo fijar además en la puerta
del Juzgado una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo
del emplazamiento, bajo apercibimiento legal que de no
comparecer a juicio por si. por apoderado o por gestor que le
represente, se seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndole las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal por
medio de lista y boletin judicial
Publiquese por tres veces de siete en siete días en la
GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en el Boletín Judicial del
Estado de México y en periódico de mayor circulación en esta
ciudad.-Texcoco, México, a diez de diciembre del año dos mil
nueve.-Doy fe.-Segundo Secretar:o de Acuerdos, Lic, Rosina
Palma Flores -Rúbrica.
183-81.-11, 23 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO. 1323/09
JUICIO: DIVORCIO NECESARIO
ACTOR. LiLIANA GARCIA MARIN
DEMANDADO JOSE LUIS PASCUAL HERNANDEZ
EMPLAZAR A: JOSErLUIS PASCUAL HERNANDEZ.
La señora LILIANA CARCA MARIN, promueve en la via
ordinaria civil, el divorcio necesario reclamando las siguientes
prestaciones: a).- La disolución del vínculo matrimonial, que los
une: b).- La guarda y custodia provisional y en su momento
definitiva de su menor hija YDALI PASCUAL GARC1A: c).- El
pago de pensión alimenticia provisional y en su momento la
definitiva, para su menor hija: d) - La pérdida de la patria potestad
que el demandado ejerce sobre su menor hija; e).- El pago de
gastos y costas que el presente juicio origine. El último domicilio
conocido lo fue el ubicado en. calle Costeñas No, 378, Colonia
Benito Juárez. en Nezahualcóyotl, Estado de México; y por
ignorarse su domicilio actual, se le hace saber al demandado
JOSE LUIS PASCUAL HERNANDEZ, que deberá comparecer en
un plazo no mayor de treinta días contados a partir del siguiente
al de la última publicación a dar contestación a la instaurada en
Página 16
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5 de abril de 2010
su contra. Se fijara
-
además en la pueda del Tribunal, una copia
íntegra de la resolución.
Si
pasado este término no comparece
por si. por apoderado o por gestor que pueda representarla, se
seguirá
el juicio en
rebeldía,
haciéndole
las ulteriores
notificaciones de conformidad a lo establecido por el articulo
I. 170 del Código de Procedimientos Civiles.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en
otro de circulación en esta Ciudad y en el Boletín Judicial.-Dado
nn Ciudad
Nezahualcóyotl. México,
a los veinticuatro dias del
mes de febrero del año dos mil diez.-Secretario de Acuerdos,
Lic.
Karina Leticia Hernández Cortez.-Rúbrica.
184-B1
23 marzo y 5 abril
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL-LA PAZ
EDICTO
SUCESION A BIENES DE ADAN ORTIZ ESPINOZA.
representada por su albacea MARTHA MELENDEZ CHAVEZ.
Usucapión del inmueble ubicado en calle Tepanecas
numero treinta y tres, manzana dieciocho, lote nueve, de la
colonia Ancón, en el municipio de La Paz, Estado de México,
Código Potal 56410.
En el Juzgado Sexto de lo Civil de Nezahualcóyotl, con
Residencia en Los Reyes La Paz, Estado de México. se radicó un
Juicio Ordinario Civil sobre usucapión, registrado en el expediente
número 711/2009. promovido por ADAN ORTIZ HUERTA, en
contra de la sucesión a bienes de ADAN ORTIZ ESPINOZA,
representada por su albacea MARTHA MELENDEZ CHAVEZ,
respecto del inmueble ubicado en calle Tepanecas número treinta
y tres, manzana dieciocho, lote nueve, de la Colonia Ancón, en el
municipio de La Paz, Estado de México, Código Postal 56410,
con las siguientes medidas y colindancias: al noreste: 15.00
metros con lote ocho, al sureste: 10.04 metros con calle
Tepanecas, al suroeste: 14.89 metros con lote 10, y al noroeste:
10.20 metros con calle lote catorce, con una superficie total de:
151 00 metros cuadrados; lo anterior por encontrarse ADAN
ORTIZ ESPINOZA, en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio de Texcoco. Estado de México. como propietario del
lote de terreno citado. toda vez que la actora manifiesta que
posee dicho inmueble desde el día 20 de diciembre de 1999. y
que dicha posesión se deriva de un Contrato Privado de
Compraventa que celebró con ADAN ORTIZ ESPINOZA, mismo
que le hizo entrega real y material del inmueble y que se ha
ostentado en concepto de propietario, de manera continua, de
forma pacifica, en forma pública y de buena fe, y admitida que fue
la demanda, ignorándose el domicilio de ADAN ORTIZ
ESF'INOZA, se ordenó emplazarlo a juicio mediante edictos,
previniendosele que deberá presentarse por sí, por apoderado o
por gestor. dentro del término de treinta 30 días contados a partir
de/ siguiente en que surta efectos la ultima publicación y señale
domicilio en esta ciudad, ya que de no hacerlo, el juicio se llevará
en rebeldía y las notificaciones se le harán en términos del
articulo 1.170 del Código Procesal Civil. dejándose a su
disposición en la Secretaria de este Juzgado las copias de
traslado
Publiquese el presente edicto por tres 3 veces de siete 7
en siete 7 días en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México. en un periódico de mayor circulación y en el Boletín
Judicial, así también, fíjese una copia del mismo en la tabla de
avisos de este Juzgado, por todo el tiempo que dure el
emplazamiento. Dado en Los Reyes la Paz, México, a
veinticuatro de febrero del año dos mil diez.-Doy fe.-Primer
Secretario de Acuerdos, Lic. Abel Flores Vences.-Rúbrica
185-B1.-11, 23 marzo y 5 abril
JUZGADO CUARTO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL-CHIMALHUACAN
EDICTO
ANTONIETA ORTEGA GOROSTIETA
Se le notifica el juicio de divorcio necesario, promovido
por ALFREDO GUTIERREZ GARCIA, en su contra, en el
Juzgado Cuarto Familiar de Primera Instancia del distrito judicial
de Nezahualcóyotl, con residencia en Chimalhuacán. Estado de
México se radicó juicio ordinario civil sobre divorcio necesario.
bajo el número de expediente 705/2009, promovido por
ALFREDO GUTIERREZ GARCIA, en contra de ANTONIETA
ORTEGA GOROSTIETA, por lo que dándose cumplimiento a lo
dispuesto por los artículos 1.138 y 1 181 del Código de
Procedimientos Civiles se le hace saber las prestaciones que de
usted demanda la parte actora: A) La disolución del vinculo
matrimonial que une a las partes, con base en las fracciones IX y
XII del articulo 4.90 Código Civil vigente en el Estado de México,
B) La liquidación de la sociedad conyugal, C) La declaración
judicial de que han cesado los efectos de la sociedad conyugal
desde el día dos de septiembre del año dos mil ocho. fecha en la
que la demandada abandonó el hogar conyugal sin causa
justificada y D) El pago de los gastos y costas que se originen en
el juicio. Y admitida que fue la demanda, toda vez que se ignora
donde se encuentra ANTONIETA ORTEGA GOROSTIETA y que
se han tomado las providencias necesarias a que se refieren los
aiticulos invocados con anterioridad, se ordenó emplazarla a
juicio mediante edictos, previniéndosele para que dentro del
termino de treinta días contados a partir del siguiente en que
surta sus efectos la última publicación deberá dar contestación a
la incoada en su contra y señale domicilio para oír notificaciones
dentro del primer cuadro de ubicación de este juzgado, ya que de
no hacerlo, el juicio se llevará en rebeldia y las notificaciones se
le liaran en términos del artículo 1 170 del Código Procesal Civil:
dejándose a su disposición en la Secretaria de este juzgado las
copias de traslado.
Publiquese el presente edicto por tres veces de siete en
siete días en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado que se
edita en Toluca, México. en un periódico de mayor circulación en
esta población y en el Boletin Judiciai, asimismo fíjese una copia
del mismo en la tabla de avisos de este juzgado por todo el
tiempo que dure el emplazamiento -Primer Secretario de
Acuerdos. Lic. Benito Juárez Ortiz-Rúbrica.
824.-11. 23 marzo y 5 abril.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI
EDICTO
EMPLAZAMIENTO.
J. ISABEL PEREZ RIVERA y CELIA OLVERA ROMERO
promoviendo por conducto de su apoderado legal
CARLOS
PEREZ
OLVERA,
en el expediente 1135/2008, relativo al juicio
ordinario civil (inexistencia de acto jurídico), en contra de JESUS
BARRIENTOS SOLIS y JOSE ISABEL PEREZ MENDOZA,
reclamando las siguientes prestaciones: A).- La inexistencia del
acto jurídico de cesión de derechos de veinticinco de agosto de
mil novecientos ochenta y uno, celebrada supuestamente entre
JOSE
ISABEL PEREZ MENDOZA
y JESUS BARRIENTOS
SOLIS, respecto a la cesión de los derechos de un lote de
dotación ejidal de mil novecientos metros cuadrados. lote que se
encuentra dentro del polígono de expropiación a favor de la
Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, el
cual fue desincorporado del régimen ejidal y pasó a ser parte del
derecho común. B) La inexistencia del acto juridico de cesión de
derechos de un lote de dotación ejidal de veinticinco de agosto de
mil novecientos ochenta y uno. celebrada supuestamente entre
JESUS BARRIENTOS SOLIS y el inexistente JOSE ISABEL
5 de abril de 2010
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Página 17
PEREZ MENDOZA. respecto a un lote de dotación ejidal de
longitudes de cincuenta por treinta metros, dando una superficie
aproximada de mil quinientos metros cuadrados, lote que se
encuentra dentro del polígono de expropiación a favor de la
Comision para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, el
cual fue desincorporado del régimen ejidal y pasó a ser parte del
derecho común. C).- El pago de los gastos y costas que originen
en el presente proceso. Así mismo, el Juez del conocimiento,
mediante proveido de fecha veintidós de octubre de dos mil
nueve, ordenó emplazar al codemandado JOSE ISABEL PEREZ
MENDOZA, por edictos, haciéndoles saber que debe presentarse
a contestar la demanda instaurada en su contra dentro del plazo
de treinta dias, contados a partir del siguiente en que surta
efectos la última publicación, habiéndose fijado además en la
puerta de este tribunal, una copia íntegra de la presente
resolución, por todo el tiempo del emplazamiento, con el
apercibimiento que si pasado dicho término no comparecen por
si., por apoderado o por gestor que pueda representarlos, se
seguirá el juicio en su rebeldía, y las ulteriores notificaciones se
les harán por Lista y Boletín en términos de lo dispuesto por los
articulos 1.182 y 1.183 del Código Adjetivo de la Materia.
Y para su publicación por tres veces, de siete en siete
dias, en el periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado,
en otro de mayor circulación en esta población y en el Boletín
Judicial. se
_expiden a los veintidós dias del mes de octubre de
dos mil nueve.-Doy fe.-Secretario, Lic. Martha Maria Dolores
Hernández Gonzalez.-Rúbrica.
296-Al -11 23 marzo y 5 abril
JUZGADO SEGUNDO CIV/L DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEX.
EDICTO
EXPEDIENTE 36/2009
DEMANDADOS' VICTOR MAYO SOUS.
IGNACIO PIÑON BENITEZ, por su propio derecho,
demandando en la via ordinaria civil, al demandado arriba citado
las prestaciones señaladas con los incisos A) y B), consistente en
la nulidad de contrato de compraventa de fecha veintiséis de
mayo del dos mil cinco, ante la fe del Notario Público número
Veintinueve del municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México,
Licenciado Javier Reyes Duarte, respecto del inmueble ubicado
en el lote de terreno número 907, de la manzana 618, del
Fraccionamiento Valle de Aragón, Estado de México, con una
superficie de 122.50 metros cuadrados, e identificado también
como lote de terreno número 7, de la manzana 18. supermanzana
6. de la calle Valle de Fértil, colonia Valle de Aragón Primera
Seccion Nezahualcóyotl, Estado de México, hoy en dia
identificado con el número oficial 217, toda vez que la parte
actora refiere en los hechos de su demanda, que es propietario
del inmueble identificado con anterioridad, tal como lo acredita
con la constancia consistente en el convenio de cambio de título
celebrado entre el propietario con la constancia consistente en el
convenio de cambio de titular celebrado entre el antes
mencionado el propietario original EDUARDO RODRIGUEZ
RODRIGUEZ y el hoy actor de fecha catorce de febrero de mil
novecientos setenta y cuatro. En fecha quince de junio del año
dos mil cinco de manera sorpresiva recibí en el inmueble de mi
propiedad una notificación dirigida a VICTOR MAYO SOLIS, al
comparecer me entero que dicha persona había seguido un juicio
de usucapión respecto
del
inmueble mencionado bajo el número
de expediente 669/2003. promovido por el promovente en la
sucesión testamentaria de JESUS VALDEZ ZEPEDA
representada por su albacea CONSUELO CASTAÑEDA
CALDERON VIUDA DE VALDEZ, ante el Juzgado Tercero Civil
del distrito judicial de Nezahualcóyotl, México, y con apoyo en la
misma el hoy demandado celebró contrato de compraventa sobre
el bien materia de la presente litis ante la fe del LICENCIADO
JAVIER REYES DUARTE, Notario Público número 29 del
municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, protocolizada
bajo la escritura pública número 60,191, volumen 1221 de fecha
veintiséis de mayo de dos mil cinco; de la cual exhibe copia
fotostática del mismo, lo que resulta falso debido a que la
sentencia que favorable que obtuvo en el juicio de que se
trata y
con la cual el notario protocolizó la escritura señalada en lineas
que antecede refiere que la sentencia es de fecha dos de
diciembre del año dos mil cuatro, cuando lo cierto es sentencia de
fecha cuatro de noviembre del año dos mil cuatro, como también
es falsa la ubicación de la colonia en que se ubica el inmueble ya
que es Valle de Aragón, y de que el inmueble se encuentra al
corriente del impuesto predial, dando fe con el certificado de no
adeudo expedida por la Tesorería Municipio de Nezahualcóyotl,
Estado de México, ya que los recibos de pago predial número
248197 y del traslado de dominio 299225 presentadas por el hoy
demandado
y
OLIVIA MOLINA JERONIMO resultan falsos.
Ignorándose el domicilio del demandado se le emplaza para que
dentro del plazo de treinta dias, contados a partir del siguiente al
de la última publicación comparezca a contestar la demanda que
hace en su contra y señale domicilio dentro de
esta
ciudad
para
oír
y recibir notificaciones, con el apercibimiento
que
de no
hacerlo y pasado este término no comparece
por sí. por
apoderado o gestor
que
pueda representarlo a juicio, el presente
se seguirá en su rebeldía se le tendra por contestada la demanda
en sentido negativo y las subsecuentes notificaciones aún las
personales se le harán por Boletín y Lista Judicial en los estrados
de este H. Juzgado en términos del articulo 1.182 del Código de
Procedimientos Civiles en comento, quedando a su disposición
en la Secretaría copias de la demanda.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México,
en otro de mayor circulación de esta ciudad y en el Boletin
Judicial, se expide en Ciudad Nezahualcóyotl, México, a
diecisiete de febrero del año dos mil diez -Segundo Secretario de
Acuerdos, Lic. Maria de Jesús Ramirez Benítez-Rúbrica
296-A1.-11, 23 marzo y 5 abri/.
JUZGADO DECIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA
EDICTO
ALFONSO HUMBERTO TORRES ESQUIVEL
Se le hace saber que en este juzgado se tramita el
expediente 1161/2009, relativo al juicio ordinario civil usucapión,
promovido por MARIA ESTELA CHAVEZ MELENDEZ en contra
ALFONSO HUMBERTO TORRES ESQUIVEL, demandando lo
siguiente: Prestaciones. A) La declaración judicial en el sentido
que me he convertido en propietaria, en virtud de haber operado
en mi favor la usucapión respecto al inmueble: departamento No.
6, del edificio 180 F, de la Avenida Paseo de las Villas, en
Atizapán de Zaragoza, Estado de México, lote 16, manzana: XXII,
Fraccionamiento Villas de la Hacienda, con las medidas y
colindancias que se describen: al este: tres metros y diez
centímetros en recámara colinda con lindero; al sur un metro
setenta y cinco centímetros en recámara colindando con vacío, al
este: dos metros noventa y cinco centimetros con recámara
colindando con vacío, al sur: en tres metros quince centímetros
en recámara conectando con vacio; al oeste: un metro sesenta y
cinco centímetros en recámara colindando con vacío, al sur: dos
metros noventa centímetros en sala colindando con acceso y
vacío: al oeste: seis metros veinte centímetros en sala comedor,
colindando con sala comedor y patio del departamento número
cinco: al norte: cuatro metros treinta centímetros en comedor,
cocina y patio colindando con lindero; al este: un metro sesenta y
cinco centimetros en patio de servicio, colindando con vacío; al
421. C 11-451
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5.de abril de 2010
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norte: tres metros cincuenta centLmetros en recámara, colindando
con vatio arriba:
en su superficie con
la azotea, con una
superficie aproximada de 45.66 metros cuadrados. B) Como
consecuencia, se ordene la cancelación de la inscripción que se
encuentra a favor de los demandados en el Registro Público de la
Propiedad y del
Comercio de este distrito judicial, que
actualmente se encuentra registrado ante 'ésta dependencia a
favor del demandado, bajo los siguientes antecedentes
registrales: partida
242, volumen 1108, libro primero, sección
primera, de fecha 25 de Junio de 1992, y se inscriba a favor de la
suscrita MARIA ESTELA CHAVEZ MELENDEZ, la sentencia que
se llegue a dictar en el presente asunto, la cual me servirá de
título de propiedad en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio de este distrito judicial. C). El pago de gastos y costas...
Hechos
.
1 - De acuerdo con el certificado expedido por el
Registro Público de la Propiédad y del Comercio de este distrito
itidicial que en
original se exhibe,
respecto inmueble:
departamento No. 6, del edificio 180-F, de la Avenida Paseo de
las Villas, en Atizapán de-Zaragoza, Estado de México, lote 16,
manzana XXII, Fraccionamiento Villas de la Hacienda. con las
medidas y colindancias descritas... 2.-
Asimismo el citado
inmueble fue vendido a favor del señor ALFONSO HUMBERTO
TORRES ESQUIVEL en el año de 1992 y se le entregó la
posesion y la propiedad, con todas sus medidas, colindancias y
superficie total de metros cuadrados,
por parte de los
demandados, manifestando que todos los pagos de la compra
que realizó el
señor ALFONSO HUMBERTO TORRES
ESQUIVEL, asi como los pagos de las mensualidades de la
hipoteca, la suscrita los he pagado a su nombre desde el año de
1992. y hasta hoy en día. 3.- En fecha 1° de enero de 1994,
empecé a ejercer actos de dominio, en forma pacífica, continua.
pública, de buena fe, a título de dueña respecto del inmueble
señalado-anteriormente. Y el dia 15 de mayo de 1995, mediante
contrato verbal de compra venta, que celebramos por una parte el
señor ALFONSO HUMBERTO TORRES ESQUIVEL, éste en su
carácter de vendedor, con la suscrita MARIA ESTELA CHAVEZ
MELENDEZ. en mi carácter de compradora respecto del
inmueble señalado, el precio del contrato verbal de compra venta
fue por la cantidad de S 20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100
M.N.), aclarando que se perfeccionó este contrato verbal de
compra venta ante los testigos de nombres MARIA ISABEL
LOPEZ RIVERA, SOLEDAD RIVERA MARTINEZ y ARTURO DE
LA PEÑA GUTIERREZ, si como de otras personas que fueron
testigos. 4. Bajo protesta de decir verdad manifiesto que el
inmueble descrito en el hecho que antecede, desde la fecha en
que lo adquirí (15 de mayo de 1995) y hasta la actualidad, lo he
venido poseyendo en concepto de propietaria, en forma pacífica,
continua, pública y de buena fe. posesión que no ha sido
interrumpida._ y es pública, en virtud de que la he adquirido de
manera que es conocida por todos. 5).-
El inmueble descrito
anteriormente todos los servicios del inmueble como son luz y
predial, los he pagado a nombre de la suscrita MARIA ESTELA
CHAVEZ MELENDEZ, desde 1996, en virtud de que por más de
10 años tengo la posesion del inmueble de buena fe... 6).- Solicito
se declare judicialmente que he poseído el inmueble que se
describe en los hechos anteriores a titulo de dueño y por ende me
he convertido en legal propietaria por haber operado en mi favor
:a usucapión del multicitado inmueble y como consecuencia de lo
anterior se ordene la cancelación de la inscripción que existe a
favor de los demandados en el Registro Público de la Propiedad y
clel Comercio y con ello la sentencia definitiva que se llegare a
dictar en el presente asunto, solicito se inscriba en el Registro
Publico de la Propiedad y del Comercio a mi favor para que sirva
de titulo de propiedad.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México. y en otro
periódico de mayor circulación en esta ciudad, así como el Bo/etin
Judicial. haciéndole saber de que debe
presentarse a este
juzgado dentro del término de treinta días contados a partir del
día siguiente al de la última publicación del edicto fijando la
Secretaria una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo
del emplazamiento. en la puerta de este tribunal, apercibiéndole
al demandado que de no comparecer por sí, por apoderado o
gestor que pueda representarlos se seguirá el juicio en rebeldía,
haciéndole las ulteriores notificaciones por Lista y Boletín Judicial.
Atizapán de Zaragoza, Estado de México, a cuatro de marzo del
dos mil diez.-Doy fe.-El Primer Secretario de Acuerdos,
Licenciada Emmy Gladys Alvarez Manzanilla.-Rúbrica.
296-A1.-11, 23 marzo y 5 abril.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOVOTL, MEXICO
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO: 557/2009.
DEMANDADO: RAFAEL VELAZCO HERNANDEZ y RAUL
GARCIA RAMOS.
JUICIO: ORDINARIO CIVIL USUCAPION.
FRANCISCA TOVAR RODRIGUEZ, le demanda en la vía
ordinaria civil la usucapión, respecto del lote de terreno número
12, de la manzana número 45, ubicado en calle Once de la
Colonia Campestre Guadalupana de esta ciudad, inmueble que
tiene las siguientes medidas y colindancias: al norte: en 20.00
metroVcon lote 11, al sur: en 20.00 metros con lote 13, al oriente:
en 10.00 metros con lote 28, al poniente. en 10.00 metros con
calle 11. Con una superficie total de: 200.00 metros cuadrados.
Así el conocimiento de dichos demandados de que me he
convertido en nueva propietaria del inmueble antes mencionado,
con la sentencia que en su momento sirva dictar su Señoria.
Toda vez que la parte actora refiere en los hechos de su
demanda que se encuentra en posesión del inmueble descrito,
desde el dia quince de marzo de mil novecientos noventa y
nueve, en concepto de propietaria, de manera pacifica. pública,
de buena fe, y ha ejercido actos de dominio construyendo dentro
del mismo algunas habitaciones donde vive en compañía de su
familia, a la vista de todos los vecinos, por haber realizado una
compraventa con el señor RAUL GARCIA RAMOS. Ignorándose
su domicilio se le emplaza para que dentro del plazo de treinta
dias, contados a partir del siguiente al de la última publicación
ordenada, comparezca. a contestar la demanda y señale
domicilio dentro de esta Ciudad, para oir y recibir notificaciones,
con el apercibimiento que de no hacerlo y pasado el término no
comparece por si, o por apoderado que pueda representarlo a
juicio, el presente se seguirá en su rebeldia, teniéndole por
contestada la demanda en sentido negativo y las subsecuentes
notificaciones aún las de carácter personal, se le harán por medio
de lista y Boletín Judicial, en términos de lo dispuesto por el
articulo 1.182 del Código de Procedimientos Civiles, quedando a
su disposición en la Secretaría del Juzgado las copias simples de
la demanda.
Para su publicación por tres veces de siete en siete dias,
en el periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado, que
se edita en la Ciudad de Toluca. México, Boletín Judicial y en otro
de mayor circulación de esta ciudad, se expide el presente en
Nezahualcóyoll, México, a los cuatro días del mes de marzo del
año dos mil diez.-Doy fe.-Primer Secretario de Acuerdos, Lic.
Eugenio Valdez Molina.-Rúbrica.
186-81.-11, 23 marzo y 5 abril
5 de abril de 2010
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JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO: 42212008.
DEMANDADA: DESARROLLO URBANO DE ARAGON, S.A.
En cumplimiento a lo ordenado por autos de fechas
veintiséis de agosto y seis de marzo del año dos mil nueve,
dictado en los autos del presente expediente se ordena el
emplazamiento a la demandada DESARROLLO URBANO DE
ARAGON, mediante edictos, por lo tanto, se hace una relación
sucinta de la demanda en los siguientes términos: IVONNE
SANTILLAN PEREZ, le demanda en la vía ordinaria civil la
usucapión, de la mitad del lote de terreno 17, lado izquierdo de la
Avenida San Marcos, de la manzana 22. del fraccionamiento
Plazas de Aragón, C.P. 57139 que tienen las siguientes medidas
y colindancias: al norte: 6.00 metros con Av. Plaza de San
Marcos, al sur: 6.00 metros con lote 13, al este: 16.00 metros con
lote 18, y al oeste: 16.00 metros con lote 17 lado derecho, con
una superficie total de 96 metros cuadrados, que adquirió de
FERNANDO SANTILLAN JIMENEZ y MARIA PEREZ
SANTILLAN, mediante contrato privado de compraventa de fecha
dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y ocho y que a la
fecha lo posee de manera pública, pacifica, continua, de buena fe
y como propietaria. Ignorándose su domicilio se le emplaza para
que dentro del término de treinta días contados a partir del día
siguiente al en que surta efectos la última publicación del
presente edicto, comparezca por sí, por apoderado o por gestor
que pueda representarla a juicio y para que señale domicilio
dentro de la colonia de ubicación de este Juzgado, para oír y
recibir notificaciones, con el apercibimiento que para el caso de
no hacerlo, el presente juicio se seguirá en su rebeldía y las
posteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le
harán por medio de lista y boletín judicial.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México,
en otro de mayor circulación de esta ciudad y en el boletín
judicial, se expide el presente en ciudad Nezahualcóyotl, a los
diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil nueva-Doy
fe.-Segundo Secretario de Acuerdos, Lic. María de Jesús
Ramírez Benítez-Rúbrica
175-81.-8, 18 marzo y 5 abril.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE EL ORO-ATLACOMULCO
EDICTO
A QUIEN PUDIERA INTERESAR:
Se hace saber que en el expediente número 316/2004,
relativo al juicio ordinario civil (responsabilidad subjetiva),
promovido por HILARIO GARCIA AGUILAR en contra de
GREGORIO VALENTE CONTRERAS, el Juez dicto un auto que
a la letra dice:
AUTO. Atlacomulco, México, catorce de enero de dos mil
diez.
A los autos el escrito de cuenta, visto su contenido, con
fundamento en el artículo 1.181 del Código de Procedimientos
Civiles, en virtud de que no fue posible la localización y paradero
de la parte demandada GREGORIO VALENTE CONTRERAS,
según informes de las diferentes dependencias, los cuales obran
en autos, por lo tanto, emplácese al mismo por medio de edictos,
los cuales deberán publicarse por tres veces de siete en siete
días en el periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado
de México, en el periódico Sol de Toluca y en el boletín judicial
del Estado de México, haciéndole saber que deberá presentarse
dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente día
al que surta sus efectos la última publicación, a dar contestación
a la instaurada en su contra, quedando a su disposición las
copias simples de traslado en la Secretaría de este H. Juzgado,
debiendo fijarse en la puerta de avisos de este Juzgado copia
integra del presente auto. por todo el tiempo del emplazamiento,
previniéndose a la parte codemandada para que el caso de no
comparecer por sí o por apoderado que pueda representarlo se
seguirá el proceso en rebeldía con las consecuencias legales
correspondientes, además para que señale domicilio dentro de
esta ciudad de Atlacomulco, México, para oir y recibir
notificaciones de carácter personal se harán por medio de lista y
boletín judicial conforme a lo dispuesto por el artículo 1.168 y
1.170 del Código Adjetivo invocado, expídanse a la parte actora
los edictos correspondientes.-Secretario de Acuerdos, Licenciada
Julia Martínez García-Rúbrica.
736-8, 18 marzo y 5 abril.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE JILOTEPEC
EDICTO
A MARCELO BARRALES.
SE
LE HACE SABER:
Que en el expediente número 430/2006, relativo al Juicio
Ordinario Civil de usucapión, promovido por JOSE ORDOÑEZ
FIGUEROA, en contra de MARCELO BARRALES y LUCIANO
CUAUHTEMOC OLGUIN MARTINEZ, el Juez Civil de Primera
Instancia de Jilotepec, México, que actúa en forma legal con
Segundo Secretario de Acuerdos, dictó un auto que a la letra
dice: con fundamento en el artículo 1.181 del Código de
Procedimientos Civiles vigente, en virtud de que se actualizan las
hipótesis que el establece el artículo invocado; por lo tanto,
emplácese al demandado MARCELO BARRALES por medio de
edictos, que contendrá una relación sucinta de los hechos de la
demanda, del inmueble que se encuentra ubicado en la avenida
Miguel Hidalgo Norte No. 117, en Jilotepec, México, el cual.
aparecen como propietarios el señor MARCELO BARRALES,
inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de
Jilotepec, México, bajo el número once, a fojas noventa y dos
vuelta, libro segundo, sección primera, y el segundo de los
demandados LUCIANO CUAUHTEMOC OLGUIN MARTINEZ,
administrativamente ante la Tesoreria Municipal de Jilotepec,
México, bajo la clave catastral 0310100235000000, el cual tiene
las siguientes medidas y colindancias: al norte: 9.00 metros con
Josefina Chávez de Sánchez; al sur: 9.00 metros con Efrén
Martínez Vda. de Maldonado; al oriente: 4.30 metros con la calle
Hidalgo y al poniente: 4.30 metros con Efrén Martínez Vda. de
Maldonado, inmueble que tiene una superficie aproximada de
38.70 metros cuadrados. Publicándose por tres veces de siete en
siete días en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México, en otro de circulación en esta población y en el
Boletín Judicial, haciéndole saber a MARCELO BARRALES, que
deberá presentarse a este juzgado dentro del plazo de treinta
días, contados a partir del día siguiente que surta efectos la
última publicación, fijándose además por conducto del Secretario,
en la puerta del juzgado una copia íntegra del presente proveído,
por todo el tiempo del emplazamiento, apercibiéndose al
demandado que si pasado dicho término no comparece por sí,
por apoderado o por gestor que lo represente, se seguirá el juicio
en rebeldía y se le harán las ulteriores notificaciones en términos
de los artículos 1.170 y 1.171 del ordenamiento legal invocado.
Se expiden estos edictos a los quince días del mes de diciembre
de dos mi/ nueva-Doy fa-Secretario, Lic. Salomón Martínez
Juárez.-Rúbrica.
747.-8, 18 marzo y E abril.
Página 20
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5 de abril de 2010
JUZGADO SEPTIMO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-NAUCALPAN DE JUAREZ
EDICTO
RICARDO JAVIER VERA PATRON.
Se le hace saber que ante el juzgado al rubro indicado,
bajo el número de expediente 129/2009, SANDRA JACOB GAMA
por su propio derecho y en representación de su menor hijo
RICARDO SEBASTIAN VERA JACOS, en la via ordinaria civil, le
demando la guarda y custodia de su menor hijo de nombre
RICARDO SEBASTIAN VERA JACOB; la pérdida de la patria
potestad que ejerce el señor RICARDO JAVIER VERA PATRON
sobre su menor hijo RICARDO SEBASTIAN VERA JACOB y el
pago de gastos y costas que el presente juicio origine,
fundándose en que el demandado al verse afectado por
problemas económicos con la suscrita y nuestro menor hijo,
decide abandonar y llevarse todas sus pertenencias personales,
saliéndose del domicilio antes señalado;... y tomando en
consideración que se desconoce el domicilio de RICARDO
JAVIER VERA PATRON y que el Juez del conocimiento
previamente tomo las providencias necesarias para cerciorarse
del desconocimiento del domicilio actual de la demandada, en
consecuencia ordenó su emplazamiento por edictos, en términos
del artículo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles en vigor,
haciéndosele saber que deberá comparecer ante este juzgado
dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente al
de la última publicación, con el apercibimiento que en caso de no
hacerlo se le tendrá por contestada la instaurada en su contra en
sentido negativo. Asimismo se apercibe a la demandada para que
en su primer escrito o comparecencia señale domicilio para oír y
recibir notificaciones dentro del primer cuadro de ubicación de
éste Órgano Jurisdiccional, con el apercibimiento que de no
hacerlo las subsecuentes notificaciones se le harán conforme a
las reglas establecidas para las no personales.
Para su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del
Estado, en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, en
la tabla de avisos de este juzgado y en el Boletín Judicial, una
copia íntegra del edicto, por tres veces de siete en siete días, se
expiden en Naucalpan, México, a los veintiséis días del mes de
febrero del dos mil diez-Primer Secretario de Acuerdos, Lic. en
D. Graciela Tenorio Orozco.-Rúbrica.
287-A1.-10, 22 marzo y 5 abril.
JUZGADO SEXTO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA
EDICTO
EXPEDIENTE: 1318/09.
JENNIFER MARTINEZ LEON, por su propio derecho,
demando en la vía ordinaria civil, divorcio necesario de DAYRON
MARQUEZ CARDOSO, registrado bajo el número de expediente
1318/09.
Atizapán de Zaragoza, México, dieciocho de febrero del
dos mil diez.
Agréguese a sus antecedentes el escrito de cuenta
presentado por JENNIFER MARTINEZ LEON, visto su contenido
y atento el estado de los autos, así como a la contestación que
hacen la Policia Judicial y Municipal de Atizapán de Zaragoza,
México, como se solicita, con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles en vigor,
emplácese al demandado DAYRON MARQUEZ CARDOSO, por
medio de edictos que deberán ser publicados por tres veces de
siete en siete días en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México, en el periódico de mayor circulación en esta ciudad y en
el Boletín Judicial y fíjese una copia del mismo en la puerta del
juz
g
ado durante el tiempo que dure el emplazamiento el cual
deberá de contener una relación suscinta de la demanda
haciéndosele saber que la actora le reclama las siguientes
prestaciones: A.- El divorcio necesario y como consecuencia
lógica la disolución del vínculo matrimonial existente entre la
suscrita y mi aún cónyuge DAYRON MARQUEZ CARDOSO, B.-
EI pago de gastos y costas que se originen con motivo del
presente juicio. Basando sus pretensiones en los siguientes
hechos: Que el veintiséis de mayo del dos mil ocho contrajeron
matrimonio en el Registrador del Estado Civil de Morón, Provincia
de Ciego de Avila de la República de Cuba, posteriormente el
seis de junio del mismo año fue legalizada la misma por parte de
la Embajada de México en Cuba dependiente del Servicio
Exterior Mexicano, en fecha dos de julio del mismo año fue
inscrito en el Juez Central del Registro Civil del Distrito Civil, que
el último domicilio conyugal lo establecieron en Castillo de
Lindsey cuarenta, Condado de Sayavedra, municipio de Atizapán
de Zaragoza, que durante su matrimonio no procrearon hijos, que
contrajeron matrimonio bajo el régimen patrimonial de separación
de bienes, que como todo matrimonio tenían desavenencias
mismas que intentaban solucionar en forma conjunta, sin
embargo el día treinta y uno de agosto del dos mil ocho, por
diferencias existentes irreconciliables y de común acuerdo,
decidieron separarse sin que a la fecha se hayan vuelto a reunir
ni en forma temporal ni definitiva. Asimismo, deberá de
apersonarse en el presente juicio por sí, o por apoderado que
legalmente lo represente para hacer valer sus derechos dentro
del término de treinta días contados a partir del siguiente en el
que surta efectos la última notificación, con el apercibimiento que
de no hacerlo se seguirá, el juicio en rebeldía, asimismo se le
previene para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones
dentro de esta ciudad, con el apercibimiento que para el caso de
no hacerlo las posteriores notificaciones aún las de carácter
personal se le harán por medio de Lista y Boletín Judicial.
Notifíquese.
Así lo acordó y firma la Jueza del conocimiento
LICENCIADA PAULA EVA HERNANDEZ GRANADOS, que actúa
en forma legal con Secretario de Acuerdos LICENCIADO EDGAR
GUTIERREZ ANAYA, que firma y da fe de lo actuado.-Doy fe.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días,
en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en el
periódico de mayor circulación en esta ciudad y en el Boletin
Judicial, suscrito en la ciudad de Atizapán de Zaragoza, México, a
los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil diez-Doy fe.-
Segundo Secretario de Acuerdos, Lic. Edgar Gutiérrez Anaya.-
Rúbrica.
287-Al .-10, 22 marzo y 5 abril.
JUZGADO TERCERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-NAUCALPAN DE JUAREZ
EDICTO
En los autos del expediente 1306/2009, relativo al juicio
de divorcio necesario, promovido por OSCAR SORIA
CERVANTES en contra de HERLINDA MARVAN VILLALBA, el
Juez del conocimiento por auto de fecha dieciséis de diciembre
del dos mil nueve, admitió a trámite la demanda interpuesta,
cuyas prestaciones y hechos de manera sucinta son los
siguientes: Prestaciones: A) La disolución del vínculo matrimonial
por las causales de las fracciones XIX del numeral 4.90 del
Código Civil en vigor. B) La liquidación y disolución de la sociedad
conyugal. C) El pago de gastos y costas. Hechos: 1.- Que el día
13 de marzo de 1989, contrajeron matrimonio bajo el régimen de
sociedad conyugal como lo acredita con el acta de matrimonio. 2.-
Durante el matrimonio procrearon tres hijos de nombres ISMAEL,
OSCAR y BRENDA de apellidos SORIA MARVAN, exhibe actas
de nacimiento. 3.- Tuvieron su último domicilio conyugal en calle
Belisario Domínguez número sesenta y dos, colonia Valle
Dorado, Naucalpan, Estado de México. 4.- Durante los primero
años de matrimonio la vida en común era más o menos llevadera
entre los cónyuges posteriormente la demandada cambió su
forma de ser y su carácter hacia el actor, pues se volvió una
persona indiferente desapareciendo el cumplimiento de las
obligaciones maritales y conyugales, basándose la relación
existente únicamente en el cumplimiento de los deberes y gastos
del hogar. 5.- Persistiendo la separación de hecho entre los
cónyuges en cuanto a la vida marital, desapareciendo casi por
completo la comunicación no cumpliendo con los fines de pareja.
En virtud de lo anterior el día 24 de noviembre del 2009 el actor
se presentó ante el Oficial Calificador de Naucalpan de Juárez, en
donde levantó una acta informativa donde se hizo constar la
razón por la cual dejaron de cohabitar, como lo acredito con la
5 de abril de 2010
CaCE -Fra
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Página 21
copia certificada que anexo a su escrito inicial de demanda 6.-
Los hechos antes señalados evidencian que las partes en
controversia se encuentran separadas desde el día 26 de julio del
año dos mil, esto dentro de un lapso de tiempo que excede en
demasía el término al que se refiere la fracción XIX del artículo
4.90 del Código Civil del Estado de México, sin que las partes
hayan reanudado vida en común o realizado vida marital por lo
que ante la ausencia de vida en común demanda el divorcio
necesario y exige a la demandada el cumplimiento de todas y
cada una de las prestaciones reclamadas. El actor refiere que los
hechos narrados fueron vistos y presenciados por EMMA MARIA
AMELIA MONZALVO RERGIS, por lo que considera es la
persona idónea para que rinda testimonio ante su señoría.
Y por auto de fecha 10 de febrero del dos mil diez, se
ordena emplazamiento por medio de edictos a HERLINDA
MARVAN VILLALBA, que contendrán una relación sucinta de la
demanda, que se publicará por tres veces, de siete en siete días
en el Boletín Judicial, en la GACETA DEL GOBIERNO y en un
periódico de mayor circulación de esta localidad, haciéndole
saber que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días,
contados a partir del da siguiente al en que surta sus efectos la
última publicación, a contestar la demanda, apercibida que de no
comparecer por sí, por apoderado o por gestor que pueda
representarle dentro del término fijado, se seguirá el juicio en
rebeldía, teniéndole por contestada la demanda en sentido
negativo y se realizaran las subsecuentes notificaciones por
medio de Lista y Boletín Judicial.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos,
Lic. Martha Filiberta Pichardo Esquivel.-Rúbrica.
287-Al .-10, 22 marzo y 5 abril.
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO: 51111999.
SECRETARIA "A".
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del juicio especial hipotecario, promovido por
NACIONAL MONTE DE PIEDAD, INSTITUCION DE
ASISTENCIA PRIVADA en contra de MARIA DEL CARMEN
VEGA MENDOZA DE DELGADILLO y RICARDO DELGADILLO
LOPEZ, el C. Juez Quinto de lo Civil por Ministerio de Ley del
Distrito Federal, mediante diverso proveído dictado en la
audiencia de fecha dieciocho de febrero del año dos mil diez,
ordenó sacar a la venta en segunda almoneda y en pública
subasta el bien inmueble hipotecado identificado como fracción
del lote de terreno marcado con el número 21, de la manzana 27
y construcciones en él existente como son los departamentos 1,
2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21.
22, 23, 24 y 25 del edificio marcado con el número 117, de la
calle de Coatepec, ubicado entre las colonias Atlacomulco y
Metropolitana, Primera Sección conocida como el Periodista,
municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, C.P. 55725, por
cuanto al monto de la cantidad fijada como precio para el remate,
se señalan la cantidad media de los avalúos será la cantidad de $
6,180,500.00 (SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA MIL
QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) y será postura legal la que
cubra las dos terceras partes de dicha cantidad para lo cual
deberá tomarse en cuenta el precio reducido por un 20% respecto
del avalúo esto es por la cantidad de CUATRO MILLONES
NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS
PESOS. 00/100 M.N., y se señalan las once horas del día quince
de abril del año dos mil diez, para la celebración de dicha
diligencia, en el entendido de que los interesados para que se les
admita como postores deberán exhibir por la menos el 10% de
dicha cantidad en billete de depósito de BANCO DEL AHORRO
NACIONAL Y DE SERVICIOS FINANCIEROS, S.N.C.,
INSTITUCION DE BANCA DE DESAROLLO (BANSEFI). Se
convocan postores.
Para su publicación por dos veces debiendo mediar entre
una y otra publicación diete días hábiles y entre la última
publicación y la fecha del remate igual plazo, en los tableros de
avisos de la Tesorería del Distrito Federal, como en los tableros
de avisos de este juzgado y en el periódico El Diario de México,
así como en los lugares de costumbre del juzgado competente en
Nezahualcóyotl, Estado de México. México, D.F., a 18 de febrero
del 2010.-El C. Secretario de Acuerdos, Lic. Crispin Juárez
Martínez-Rúbrica.
311-A1.-17 marzo y 5 abril.
JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del juicio especial hipotecario, seguido ante
este juzgado por ING. HIPOTECARIA, S.A. DE C.V., SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, ANTES HIPOTECARIA
COMERCIAL AMERICA, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
LIMITADO, en contra de SERGIO GUADALUPE MEJIA FLORES
y MARIABELA CUEVAS PEREZ. expediente número 749/2009,
el C. Juez ordenó convocar postores a la subasta judicial en
primera almoneda, respecto del inmueble ubicado en casa
habitación en condominio horizontal vivienda dos del lote 61, de
la manzana 3, sujeto al régimen de propiedad en condominio
ubicado en el conjunto urbano de tipo mixto habitacional, social
progresivo, comercial y de servicios denominado "Rancho La
Capilla" ubicado en camino a San Juan Teotihuacán sin número,
en el municipio de Tecámac, Estado de México, que tendrá
verificativo en el local del juzgado a las diez horas del día quince
de abril del año dos mil diez, cuyo precio de avalúo es la cantidad
de $ 307,000.00 (TRESCIENTOS SIETE MIL PESOS 00/100
M,N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes
de dicha cantidad, se ordena publicar por dos veces en el tablero
de avisos de este juzgado y en los de la Tesorería, así como en el
periódico "Diario Imagen", debiendo de mediar entre una y otra
publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha de
remate igual plazo, para participar como postor se deberá
depositar una cantidad igual al diez por ciento del valor del bien
indica.
México, D.F., a 17 de febrero del 2010.-La C. Secretaria
de Acuerdos, Lic. Rosa Arcos Rayón.-Rúbrica.
311-A1.-17 marzo y 5 abril.
JUZGADO DECIMO QUINTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
En los autos del expediente número 188/2008, relativos al
juicio, dictados en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO,
promovido por THE BANK OF NEW YORK MELLON, S.A.,
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE (ANTES) BANCO J.P.
MORGAN, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, J.P.
MORGAN GRUPO FINANCIERO, DIVISION FIDUCIARIA
(REPRESENTADA POR) HIPOTECARIA SU CASITA, S.A. DE
CV., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE,
ENTIDAD FINANCIERA NO REGULADA, en contra de NORMA
EDITH MORALES BAUTISTA, ordenó mediante auto de fecha
dieciséis de febrero del año en curso, y como lo establece el
artículo 584 del Código de Procedimientos Civiles, señaló las
doce horas del día quince de abril del presente año, para que
tenga verificativo el remate en primera y pública almoneda del
bien inmueble: casa habitación de interés social identificada con
la letra D, del lote número 29, de la manzana 23, ubicada en la
calle Circuito Real de Colima, Fraccionamiento denominado
comercialmente como "Real de Costitián II, ubicada en el
municipio de Chicoloapan, en el Estado de México,
convocándose postores por medio de edictos que deberán
publicarse por dos veces, debiendo mediar entre una y otra
publicación siete días hábiles y entre la última publicación y la
fecha del remate igual término, en el tablero de avisos de éste
juzgado, en los tableros de la Tesorería del Distrito Federal y en
el periódico "El Diario Imagen", sirve de base para el remate la
cantidad de $ 294.800.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO
MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), que es el precio de
Página 22
GACE
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LDEL a
5 de abril de 2010
avalúo, debiendo ser postura legal la que cubra las dos terceras
partes de dicho precio y toda vez que el inmueble se encuentra
fuera de la jurisdicción de este juzgado, líbrese atento exhorto al
C. Juez competente de Texcoco, en el Estado de México, para
que en auxilio de las labores de este juzgado, se sirva hacer las
publicaciones de edictos como esta ordenado en líneas
anteriores, convocando postores en los tableros del propio
juzgado, en los de la Tesorería o Recaudación de Rentas de la
entidad y en los del periódico de mayor circulación de aquella
entidad. Por último, se tienen por autorizadas a las personas que
menciona, para oír y recibir toda clase de notificaciones, así como
documentos y valores. Notifíquese. Lo Proveyó y firma el C. Juez
Décimo Quinto de lo Civil.-Doy fe.
Se sirva ordenar la publicación de los edictos por dos
veces, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días
hábiles y entre la última publicación y la fecha del remate, igual
término. México, D.F., a 19 de febrero de 2010.-La C. Secretaria
de Acuerdos, Lic. Ruth de las M. Orozco Navarrete.-Rúbrica.
311-A1.-17 marzo y 5 abril.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE SULTEPEC
EDICTO
ADRIAN GONZALEZ SANTANA.
Por el presente se le hace saber que en el expediente
432/2008, relativo al juicio de ordinario civil sobre divorcio
necesario, promovido por ANAYELI HERNANDEZ AGUSTIN en
contra de ADRIAN GONZALEZ SANTANA, de quien le demanda
las siguientes prestaciones: A).- La disolución del vínculo
matrimonial que los une, previsto por el artículo 4.90 fracción XIX
del Código Civil vigente para el Estado de México; y B).- La
disolución de la sociedad conyugal; y C).- El pago de gastos y
costas que origine la tramitación del presente juicio. Por lo que en
cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha veintiséis de
febrero del año en curso y en términos del artículo 1.181 de
Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de
México, se le emplaza para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir del siguiente al en que surta efectos la última
publicación del presente edicto, comparezca al local de éste
Juzgado ubicado en el libramiento de Sultepec, San Miguel
Totolmoloya, barrio La Parra, sin número, Sultepec, México, a dar
contestación a la instaurada en su contra, con el apercibimiento
que de no comparecer por sí, por apoderado o gestor se seguirá
el juicio en rebeldía, teniéndose por contestada la demanda en
sentido negativo, así mismo se le previene para que señale
domicilio en ésta población para oír y recibir notificaciones, con el
apercibimiento que de no hacerlo se le hará por lista y boletín
judicial en términos de los artículos 1.168 y 1.182 del Código
Adjetivo, quedando a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado las copias simples de la demanda, asimismo fíjese en la
Tabla de Avisos de éste Tribunal copia del presente proveído, por
todo el tiempo del emplazamiento. Publíquese por tres veces de
siete en siete días en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México, en otro de mayor circulación en ésta población y en el
Boletín Judicial; dado en Sultepec, Estado de México, el día tres
de marzo del dos mil diez.-Doy fe.-Secretario, Lic. Julia Gaspar
Gaspar-Rúbrica.
762.-9, 19 marzo y 5 abril.
JUZGADO TRIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
EXPEDIENTE: 815/2007
SECRETARIA "A".
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del juicio especial hipotecario, promovido por
HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO
BBVA BANCOMER en contra de SERGIO OCTAVIO LOPEZ
FERIA y MARIA AVIENID CUENCA RAMIREZ, expediente
número 815/2007, Secretaría "A", el C. Juez Trigésimo Primero
de lo Civil, en proveído de fecha dieciséis de febrero del año en
curso, señaló las once horas del día quince de abril del año dos
mil diez, para que tenga verificativo la audiencia de remate en
primera almoneda, respecto del bien inmueble hipotecado materia
del presente juicio, ubicado en la vivienda de interés social
progresivo "7-C", de la calle Retorno Diez Brisa, número oficial
siete, del lote de terreno noventa y cuatro de la manzana
veinticuatro, del conjunto urbano Cuatro Vientos, ubicado en la
zona conocida como Rancho San Jerónimo Cuatro Vientos, en el
municipio de Ixtapaluca, Estado de México, anunciándose su
venta mediante edictos que se publiquen por dos veces debiendo
mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la
última y la fecha de remate igual término, en los Tableros de
Avisos de este Juzgado, en los de la Tesorería del Gobierno del
Distrito Federal y en el periódico "El Diario de México", de esta
ciudad, en la inteligencia de que todas las publicaciones deberán
realizarse los mismos días, sirviendo de base para el remate la
suma de $243,000.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL
PESOS 00/100 M.N.), que es precio de avalúo y es postura legal
la que cubra las dos terceras partes de dicha suma. Se convocan
postores.
Para su publicación por dos veces, debiendo mediar entre
una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la
fecha de remate igual plazo, en los tableros de avisos de este
Juzgado, en los de la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal
y en el periódico El Diario de México, de esta ciudad, así como en
los sitios de costumbre del Juzgado exhortado, en las puertas de
ese Juzgado y en el periódico de mayor circulación.-México, D.F.,
a 23 de febrero del 2010.-El C. Secretario de Acuerdos "A",
Licenciado Jesús Valenzo López.-Rúbrica.
870.-17 marzo y 5 abril.
JUZGADO QUINCUAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
En los autos del juicio especial hipotecario promovido por
GE CONSUMO MEXICO, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA
DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA en contra de
MARIA LUISA GUZMAN ROJAS, expediente número 814/2007,
el C. Juez Quincuagésimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal,
dicto diversos autos de fechas dieciocho de noviembre del dos mil
nueve y veinticinco de febrero del dos mil diez, se manda
subastar en primera almoneda el inmueble hipotecado que es la
vivienda en condominio identificada como vivienda "B" del
conjunto en condominio marcado con el número oficial 18, de la
calle de Bosque de Azucenas, edificado, sobre el lote 38, de la
manzana 6, del conjunto urbano tipo interés social denominado
"Real del Bosque", ubicado en el municipio de Tultitlán, Estado de
México y convóquese postores por edictos publicándose dos
veces en los lugares de costumbre de esta jurisdicción, que son
en los tableros de avisos de la Tesorería del Distrito Federal, los
tableros de este Juzgado y en el periódico El Sol de México, en el
entendido que mediará entre una publicación y otra siete días
hábiles e igual término entre la última publicación y la fecha de
remate, asimismo, deberá hacerse la publicación de los edictos
en comento en la entidad que corresponde a la ubicación del
inmueble a subastar, publicándose dos veces en los lugares de
costumbre de conformidad a la legislación Procesal Civil de la
entidad, en el entendido que mediará entre una publicación y otra
siete días hábiles e igual término entre la última publicación y la
fecha de remate, siendo postura legal la que cubra las dos
terceras partes de su valor dictaminado por el perito de la parte
actora que es de CUATROCIENTOS MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL y los postores que acudan deberán hacer
el previo depósito de ley. Para la subasta se señalan las once
horas del día quince de abril del dos mil diez.-La C. Secretaria de
Acuerdos "B", Lic. Guadalupe Murrieta Montes.-Rúbrica.
871.-17 marzo y 5 abril.
5 de abril de 2010
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Página 23
JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCA POSTORES.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha primero
de julio, en relación con los autos dictados en las audiencias de
fechas siete de septiembre, veintisiete de octubre y nueve de
diciembre, todos del año dos mil nueve, así como proveído
dictado con fecha veintinueve de enero del año en curso, dictado
en los autos del juicio ordinario civil, promovido por INSTITUTO
DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS
TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de SILVESTRE
GUZMAN CARREON, con número de expediente 964/2007, el C.
Juez Vigésimo Tercero de lo Civil en el Distrito Federal señaló las
diez horas con treinta minutos del día quince de abril del dos mil
diez, para que tenga lugar la diligencia de remate en tercera
almoneda, respecto del bien inmueble materia del presente juicio,
ubicado en calle sin nombre hoy Juan Diego, número 37, lote 1,
manzana 16, colonia conjunto urbano denominado "Los Héroes
de Coacalco I", en el municipio de Coacalco de Berriozábal,
Estado de México, código postal 55712, debiéndose convocar
postores por medio de edictos que se fijarán por dos veces en los
tableros de avisos del juzgado, en los de la Tesorería del Distrito
Federal, y en el periódico "El Rumbo de México", debiendo
mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la
última y la fecha del remate igual plazo, en el entendido que los
postores que deseen participar en la almoneda que se señala,
deben exhibir billete de depósito que cubra el diez por ciento del
precio que sirvió de base para la segunda almoneda siendo este
DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS PESOS
00/100 M.N., lo anterior para efecto de tener derecho a participar
en el remate, en el entendido que en caso de que la postura que
quieran formular, debe atenderse a las reglas que se señalan en
los artículos 584, 585, 586 y demás relativos y aplicables del
Código de Procedimientos Civiles.
Para su publicación por dos veces en los tableros de
avisos del juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal, y
en el periódico "El Rumbo de México", debiendo mediar entre una
y otra publicación siete dias hábiles y entre la última y la fecha del
remate igual plazo.-Atentamente, el C. Secretario de Acuerdos
"B", Lic. Javier Mendoza Maldonado-Rúbrica.
332-A1.-22 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
EXPEDIENTE: 232/08.
SECRETARIA "B".
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido
por BANCO INBURSA S.A. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO INBURSA, en contra de IAN
MARTELL CAMARILLO, expediente: 232/08, la C. Juez Primero
de lo Civil ordenó publicar por edictos, el siguiente proveído:
México, Distrito Federal, a veinticuatro de febrero del dos
mil diez.-
Al expediente número 232/2008, el escrito de cuenta
del apoderado de la parte actora, se le tiene devolviendo exhorto
y edictos, y para que tenga verificativo la celebración de la
audiencia de remate en primera almoneda se señalan las diez
horas del día quince de abril de dos mil diez, debiéndose preparar
la misma conforme a lo ordenado en proveídos de veintiuno y
veintinueve de enero ambos del dos mil diez.-Notifíquese.-Lo
proveyó y firma el C. Juez Primero Civil por Ministerio de Ley,
Licenciado VICTOR MANUEL SILVEYRA GOMEZ ante la C.
Secretaria de Acuerdos,
Licenciada ROSA MARIA DEL
CONSUELO MOJICA RIVERA que autoriza y da fe.-Doy Fe.-
México, Distrito Federal, a veintinueve de enero del dos
mil diez.
Al expediente número 232/2008, el escrito de cuenta del
apoderado de la parte actora, por hechas las manifestaciones a
que se contrae, y toda vez que del certificado de gravámenes del
inmueble a rematar se desprende que la ubicación del mismo,
también es conocida como Fracción C del número 25 de la calle
Morelia Acueducto, en consecuencia se aclara la parte
conducente del proveído de veintiuno de los corrientes que reza:
". . inmueble hipotecado, identificado como calle Acueducto de
Morelia número 42, perteneciente al lote 5, de la manzana 113,
Sección Tercera, fracción C, del Fraccionamiento Vista del Valle,
Municipio de Naucalpan de Juárez, Distrito de Tlalnepantla,
Estado de México, . . ." siendo el correcto ". . . inmueble
hipotecado, identificado como calle Acueducto de Morelia número
42, perteneciente al lote 5, de la manzana 113, Sección Tercera,
fracción C, del Fraccionamiento Vista del Valle, Municipio de
Naucalpan de Juárez, Distrito de Tlalnepantla, Estado de México,
también es conocida como Fracción C del número 25 de la calle
Morelia Acueducto,..." aclaración que se hace para los efectos
legales a que haya lugar, debiendo formar el presente proveido
parte integrante del citado en líneas que anteceden,-Notifíquese.-
Lo proveyó y firma la Juez Primero Civil, Licenciada MARIA
ELENA GALGUERA GONZALEZ ante la C. Secretaria de
Acuerdos "B", Licenciada ROSA MARIA DEL CONSUELO
MOJICA RIVERA que autoriza y da fe.-Doy Fe.
México, Distrito Federal, a veintiuno de enero del dos mil
diez.
Al expediente número 232/2008, el escrito de cuenta
del apoderado de la parte actora, por hechas las manifestaciones
a que se contrae, y con fundamento en los artículos 570, 573 y
demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal, se señalan las diez horas del día once de marzo
del dos mil diez, para que tenga verificativo la celebración de la
audiencia de remate en primera almoneda, el bien inmueble
hipotecado identificado como calle Acueducto de Morelia número
42, perteneciente al lotes, de la manzana 113, Sección Tercera,
Fracción C, del Fraccionamiento Vista del Valle, Municipio de
Naucalpan de Juárez, Distrito de TIalnepantla, Estado de México,
con valor de avalúo de $3870,000.00 (TRES MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), siendo
postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor de
avalúo; debiendo los licitadores para tomar parte en la subasta,
consignar previamente mediante billete de depósito, una cantidad
igual al diez por ciento efectivo del valor que sirve de base para el
remate, sin cuyo requisito no serán admitidos, atento a lo
dispuesto por el artículo 574 del ordenamiento legal en cita;
debiéndose anunciar la venta legal mediante edictos que se
publicarán por dos veces, debiendo mediar entre una y otra
publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha de la
audiencia igual plazo, publicándose en los Tableros de Avisos de
este Juzgado, en la Tesoreria del Distrito Federal y en el
periódico "La Crónica de Hoy", y toda vez que el domicilio a
rematar se encuentra fuera de la jurisdicción de la suscrita, con
los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez
Competente en Naucalpan de Juárez, Estado de México, para
que realice las publicaciones de los edictos correspondientes en
los lugares públicos, facultándose al C. Juez exhortado para que
acuerde todo tipo de promociones tendientes a dar cumplimiento
al presente proveído.-Notifiquese.-Lo proveyó y firma la Juez
Primero Civil, Licenciada MARIA ELENA GALGUERA
GONZALEZ ante la C. Secretaria de Acuerdos "B", Licenciada
ROSA MARIA DEL CONSUELO MOJICA RIVERA que autoriza y
da fe.-Doy Fe.
Para su publicación por dos veces, debiendo mediar entre
una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la
fecha de la audiencia de remate igual plazo, publicándose en los
tableros de aviso de este juzgado, Tesorería del Distrito Federal y
en el periódico "La Crónica de Hoy', de esta Ciudad.-México D.F.,
a 26 de febrero del 2010.-La C. Secretaria de Acuerdos, Lic, Rosa
María del Consuelo Mojica Rivera-Rúbrica.
332-A1.-22 marzo y 5 abril.
Página 24
GACETA
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5 de abril de 2010
JUZGADO OCTAVO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
SECODETO, S.A. DE C.V.
En el expediente radicado en este Juzgado bajo el
número 185/2008, relativo al juicio ordinario civil, promovido por
MARIO CUAUHTEMOC ORTIZ MEZA en contra de BENITA
ESPINOZA HERNANDEZ, ALBERTO MODESTO y JORGE de
apellidos ESPINOZA CONTRERAS, ALFREDO ESPINOZA
CONTRERAS, EDUARDO MUZQUIZ ARTEAGA, JULIO
TORRES DE LA VEGA, VICTORIANO LUIS ZEPEDA
ESPINOZA, SECODETO, S.A. DE C.V., e INSTITUTO
TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE
MONTERREY, por auto de fecha diecisiete de febrero del dos mil
diez, el Juez del conocimiento ordenó emplazar por medio de
edictos, al demandado SECODETO, S.A. DE C.V., a quien se le
hace saber que MARIO CUAUHTEMOC ORTIZ MEZA, demanda
en la vía ordinaria civil y en ejercicio de la acción que le compete
las siguientes prestaciones: A.- Se declare que el suscrito ha
tenido la posesión material y juridica del predio denominado "Las
Jaras", ubicado en el pueblo de San Francisco Coaxusco,
actualmente en la esquina que forman las calles Prolongación
Guadalupe Victoria y desague, colonia Luisa Isabel Campos de
Jiménez Cantú, en el pueblo de San Francisco Coaxusco,
municipio de Metepec, México, B.- Se restituya al suscrito en la
posesión del inmueble denominado "Las Jaras", ubicado
actualmente en la esquina que forman las calles Prolongación
Guadalupe Victoria y Desague, colonia Luisa Isabel Campos de
Jiménez Cantú, en el pueblo de San Francisco Coaxusco,
municipio de Metepec, México, C.- Que los demandados
indemnicen al suscrito de los daños y perjuicios que me han
ocasionado al ser desposeído del terreno señalado en la
prestación que antecede, D.- Que los demandados garanticen su
abstención de no volver a despojar al suscrito del inmueble
referido en la prestación marcada con la letra "A", E.- Se conmine
a los demandados con multa y arresto para el caso de
reincidencia y F.- El pago de los gastos y costas que se generen
en el presente juicio, solicito sea llamado a juicio a efecto de que
le pare perjuicio la sentencia, motivo por el cual solicito a su
Señoría sea llamado a juicio, para que comparezca a deducir lo
que a su derecho convenga en relación a la litis que nos ocupa,
haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de
treinta días contados a partir del siguiente al de la última
publicación del edicto, a dar contestación a la demanda,
apercibido que si pasado este término no comparece por sí por
apoderado o gestor que pueda representarlo se seguirá el juicio
en su rebeldía, haciéndoles las ulteriores notificaciones por medio
de lista y boletín judicial. Fijándose además en la puerta del
Juzgado una copia integra de este proveído.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, así
como en el boletín judicial. Dado en el Juzgado Octavo Civil de
Toluca con residencia en Metepec, México, a los nueve días del
mes de marzo del dos mil diez.-Doy fe.-Secretario, Lic. Alma
Delia García Benítez.-Rúbrica. 895.-18 marzo, 5 y 14 abril.
JUZGADO SEPTIMO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A: CORNELIO MANUEL FRANCISCO.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha
veintitrés de febrero, de dos mil diez, en el expediente 97/2010,
que se tramita en este Juzgado, relativo a la CONTROVERSIA
SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y DEL
DERECHO FAMILIAR, promovida por ESTHER PLIEGO
ESQUILA en contra de CORNELIO MANUEL FRANCISCO, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 1.181 del Código de
Procedimientos Civiles en vigor, emplácese al demandado
CORNELIO MANUEL FRANCISCO, por medio de edictos que
deberán ser publicados por tres veces de siete en siete días en el
periódico oficial, "GACETA DEL GOBIERNO", en el periódico de
mayor circulación en esta Ciudad y en el Boletín Judicial
y
fíjese
una copia del mismo en la puerta del juzgado durante el tiempo
que dure el emplazamiento el cual deberá de contener una
relación sucinta de la demanda.
En fecha dieciséis de
diciembre del año mil novecientos noventa y uno, la actora y el
señor CORNELIO MANUEL FRANCISCO contrajeron
matrimonio, bajo el régimen de sociedad conyugal, ante el Oficial
Número Uno del Registro Civil del Municipio de Temoaya, Estado
de México, 2.- Establecieron su último domicilio conyugal en la
casa ubicada, en la calle de Independencia Número 105, de la
localidad de San Pedro Arriba l
a
.
Sección, del Municipio de
Temoaya, Estado de México; 3.- De su vida común procrearon a
tres menores que llevan por nombres CARLOS, JOSE y DIANA
todos de apellidos MANUEL PLIEGO. En fecha veintinueve de
octubre del año dos mil siete, se instauro procedimiento ordinario
civil en contra del demandado
CORNELIO MANUEL
FRANCISCO con motivo de la guarda y custodia de sus menores
hijos, radicándose bajo el expediente número 87/2007 en el
Juzgado Primero Familiar del Distrito
Judicial de Toluca; 4.-
Durante su matrimonio aparentemente tenían altibajos y
fricciones normales; sin embargo a partir del día dieciocho de
junio del año de mil novecientos noventa y cinco, empezaron a
agudizarse dichas fricciones por maltrato físico del consorte de la
actora, por falta de cumplimiento en su obligación alimentaría, así
como el sentirse sojuzgado porque la actora cursaba la carrera de
enfermería, acreditando dicha circunstancia con el acta
informativa levantada ante el Juez Conciliador del Municipio de
Temoaya, Estado de México; 5.-El señor CORNELIO MANUEL
FRANCISCO se dedica al comercio ambulante vendiendo
diversos accesorios de vehículos, y tapetes para carros, refiere la
actora que se iba a vender sus productos al Municipio de
Nezahualcóyotl, en Ciudad Azteca, por lo que salía del domicilio
desde el lunes hasta el sábado de cada semana, por lo que
estando en su domicilio la actora requería al demandado del
gasto familiar para sufragar sus necesidades básicas; a lo que
este manifestaba que no tenía dinero, que le había ido mal en las
ventas, creyéndole la actora las primeras veces, sin embargo
cada semana era lo mismo y empezó a dudar de su palabra, por
lo cual decidió visitarlo por los lugares por donde frecuentaba
vender, encontrándose con la sorpresa que estaba con otra mujer
y al reclamarle le contestó "... deja de estar chingando... además
que te quejas, si no te doy dinero es porque no son mis hijos...",
por lo cual regreso enojada y frustrada de que había hecho algo
mal en la vida. 6.- Debido a las desavenencias anteriores y a la
irresponsabilidad por parte del actor de darle un sustento
económico a su familia y con el altercado señalado por la actora
en líneas que anteceden, de común acuerdo se presentaron
ambos cónyuges ante el Oficial Conciliador y Calificador del
Municipio de Temoaya, Estado de México: a efecto de manifestar
que era voluntad del señor CORNELIO MANUEL FRANCISCO
irse del domicilio conyugal que habían establecido: circunstancia
que acredita la actora con el acta informativa 1250/2005
elaborada ante dicha autoridad municipal. Por otra parte se le
hace saber al demandado CORNELIO MANUEL FRANCISCO
que la actora le reclama las siguientes presentaciones: 1.- Con
fundamento en el artículo 4.90 fracción XIX del Código Civil del
Estado de México, la disolución del vínculo matrimonial y 2.- La
terminación de la sociedad conyugal, el demandado deberá de
apersonarse en el presente juicio por sí o por apoderado que
legalmente la represente para hacer valer sus derechos dentro
del término de treinta días contados a partir del siguiente en el
que surta efectos la última publicación con el apercibimiento que
de no hacerlo se seguirá el juicio en rebeldía, asimismo se le
previene para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones
dentro de esta ciudad, con el apercibimiento que para el caso de
no hacerlo las posteriores notificaciones aún las de carácter
personal se le harán por medio de lista y Boletín Judicial. Se
expide en la ciudad de Toluca, Estado de México, a los ocho días
del mes de marzo del dos mil diez.-Doy fe.-Secretario de
Acuerdos, Licenciada Adriana Mondragón Loza.-Rúbrica.
897.-18 marzo, 5 y 14 abril.
5 de abril de 2010
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Página 25
JUZGADO QUINCUAGESIMO NOVENO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
EXPEDIENTE: 508/2006.
SECRETARIA "B".
En los autos del juicio especial hipotecario, promovido
-
HIPOTECARIA NACIONAL S.A. DE C.V., SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO GRUPO FINANCIERO
BBVA BANCOMER en contra de RODRIGUEZ TORRES
EMIGDIO, la C. Juez dictó un auto unos autos que en lo
conducente dice: En los proveídos dictados en la audiencia
celebrada el día veinticinco de febrero del año en curso,
proveídos del trece de enero del año dos mil diez y veinticuatro
de noviembre del año dos mil nueve. ...con el que se le tiene
exhibiendo el certificado de libertad de gravámenes que se
acompaña al mismo el cual surte sus efectos legales a qua haya
lugar y por corresponder al estado procesal del presente juicio y
en ejecución de sentencia, para que tenga lugar la subasta
pública en segunda almoneda con la rebaja del veinte por ciento
de la tasación sobre el bien inmueble hipotecado consistente en
el inmueble ubicado en calle Circuito Periodistas número 1, lote 3,
manzana 38-B, del Fraccionamiento Ciudad Satélite, municipio de
Naucalpan de Juárez, distrito de Tlalnepantla, Estado de México,
y para que tenga verificativo dicha subasta se señalan las doce
horas del día quince de abril próximo, sirviendo de base para el
remate la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL
PESOS 00/100 M.N., cantidad fijada por el perito de la parte
actora, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes
de la cantidad mencionada y para intervenir en el remate los
licitados deberán exhibir el diez por ciento del valor del inmueble
antes mencionado mediante certificado de depósito expedido por
la NACIONAL FINANCIERA y sin cuyo requisito no serán
admitidos. Asimismo dicha subasta de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 570 del Código de Procedimientos
Civiles, deberá de anunciarse por medio de edictos que se
publicarán por dos veces en los tableros y avisos del juzgado, en
los de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal
y asimismo en el periódico el Diario de México, debiendo
mediante entre una y otra publicación siete días hábiles entre la
última y la fecha de remate igual plazo. Notifiquese. Lo proveyó y
firma la C. Juez ante su C. Secretaria de Acuerdos que autoriza y
da fe.-Doy fe.-Rúbricas.
Para su publicación por dos veces en los tableros de
avisos del juzgado, en los de la Secretaría de Finanzas del
Gobierno del Distrito Federal y en el periódico Diario de México,
debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles
entre la última y la fecha de remate igual plazo. México DF, a 26
de febrero de 2010.-La C. Secretaria de Acuerdos, Lic. Ma.
Susana Leos Godinez.-Rúbrica.
877.-17 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEX.
EDICTO
ANDRE:S JIMENEZ BECERRIL.
MIGUEL HERRERA ZAVALA, en el expediente marcado
con el número 206/07-2, le demanda en la via ordinaria civil la
iisucapión respecto del lote de terreno 10 diez, de la manzana
290 doscientos noventa, de la colonia Aurora de esta ciudad, con
las siguientes medidas y colindancias: al norte: 17.00 diecisiete
metros con lote 09 nueve; al sur: 17.00 metros con lote 11 once,
oriente: 09.00 metros con lote 32 treinta y dos: al poniente:
5900 metros con calle México Lindo, con una superficie total de
153.00 ciento cincuenta y tres metros cuadrados. Argumentando
irl actor en los hechos de su demanda que dicho inmueble lo
adquiría mediante contrato de compraventa celebrado con el hoy
demandado ANDRES JIMENEZ BECERRIL, en fecha 1 uno de
mayo de 1985 mil novecientos ochenta y cinco, en la cantidad de
:S 135.000.00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL PESOS 00/100
M.N 1. entregándole la posesión y que desde entonces lo ha
poseido en forma pacífica, pública, continua, de buena fe y a
titulo de propietario, en compañia de su familia, así como que ha
efectuado los pagos relacionados con las contribuciones de dicho
predio. Ignorándose su domicilio se le emplaza para que
comparezca por si, por apoderado o por gestor que pueda
representarlo a juicio dentro del término de treinta días contados
a partir del siguiente al en que surta efectos la última publicación,
dar contestación a la demanda instaurada en su contra,
apercibido que de no comparecer dentro de referido término se
-.equina el Juicio en su rebeldía, haciéndole las posteriores
notificaciones en términos del artículo 1.170 del Código de
Procedimientos Civiles en vigor, quedando en la Secretaria de
este juzgado a disposición del demandado las copias simples de
traslado
Publiquese por tres veces de siete en siete dias en el
periódico GACETA DEL GOBIERNO. Boletín Judicial y en un
diario de mayor circulación en esta ciudad, se expide en Ciudad
Nezahualcóyotl. Estado de México, a los veintiocho 28 dias del
mes de noviembre del año dos mil ocho 2008 -Doy fe -Secretario
de Acuerdos, Lic María Rosalba Briseño Alvarado.-Rúbrica,
177-B1.-11. 23 marzo y 5 abril.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANCINGO-IXTAPAN DE LA SAL
EDICTO
En el expediente número 78/2010, INMOBILIARIA CLUB
DE GOLF IXTAPAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, representada por el contador público LEONARDO
DURAN GONZALEZ, promueve procedimiento judicial no
contencioso sobre diligencias de información de dominio,
respecto del inmueble ubicado en domicilio bien conocido en la
comunidad de Plan de San Miguel, perteneciente a lxtapan de la
Sal, Estado de México, mismo que mide y linda: al norte: 36.84
metros con propiedad del señor Toribio Estrada, al este: 139.28
metros con terreno propiedad del señor Canuto Carreño, en 77.64
metros con el señor Wulfrano Gómez, al norte: 21.29 con el señor
Wulfrano Gómez, al este: en 37.32 metros y 56.55 metros con
terreno propiedad del señor Hermilo Arizmendi, al sur: 35.76
metros y 3.18 metros con Camino Real del Campo Santo, al
oeste: 273.01 metros con propiedad de la empresa inmobiliaria
Club de Golf lxtapan, S.A. de C.V. y 34.24 metros con el señor
Toribio Estrada. Superficie aproximada de: 9,626.88 metros
cuadrados.
Se expiden para su publicación por dos veces con
intervalos de por lo menos dos días en el periódico oficial
"GACETA DEL GOBIERNO" y en otro periódico de circulación
diaria en esta ciudad con el objeto de que si alguna persona se
cree con igual o mejor derecho sobre el inmueble descrito, lo
deduzca en términos de ley.-Dado en la Ciudad de Ixtapan de la
Sal, Estado de México, el dieciséis de marzo de dos mil diez.-Doy
fa-Secretario, Lic. Anita Escobedo Ruiz.-Rúbrica.
991.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANCINGO-IXTAPAN DE LA SAL
EDICTO
En el expediente número 79/2010, INMOBILIARIA CLUB
DE GOLF IXTAPAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, representada por el contador público LEONARDO
DURAN GONZALEZ promueve en la vía procedimiento judicial
no contencioso, información de dominio, respecto de un terreno
ubicado en domicilio bien conocido en la comunidad de Plan de
San Miguel, perteneciente al municipio de Ixtapan de la Sal,
Estado de México, mismo que mide y linda: al norte: 32.85 metros
con propiedad del señor Toribio Estrada, al este: 273.01 metros
con terreno dos, propiedad de la empresa Inmobiliaria Club de
Página 26
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5 de abril de 2010
Golf Ixtapan, S.A. de C.V., al sur: 34.01 metros con Camino Real
al Campo Santo, al oeste: en una línea 89.60 metros con el señor
Jaime Domínguez, en dos líneas de: 35.93 y 36.04 metros con
Gustavo Domínguez y en dos líneas: 31.31 metros y 68.74
metros con el señor Asunción Flores Hernández. Con una
superficie de: 7,918.37 metros cuadrados.
Haciéndoles saber a las personas que se crean con igual
o mejor derecho lo deduzcan en términos de ley; para su
publicación en la GACETA DEL GOBIERNO y otro periódico de
circulación diaria por dos veces con intervalos de por lo menos
dos días.-Ixtapan de la Sal, México, a los diecisiete días del mes
de marzo de dos mil diez.-Doy fe.-Secretario, Licenciada Anita
Escobedo Ruiz-Rúbrica.
992.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANCINGO
EDICTO
CONCEPCION LUCILA CASTRO NAVARRETE, en el
expediente número 266/2010, promueve por su propio derecho
en la vía de Procedimiento Judicial no Contencioso información
de dominio, respecto de un terreno urbano con construcción
ubicado en el kilómetro 4.5 de la carretera Tenancingo a Tenería,
municipio de Tenancingo, Estado de México, con las siguientes
medidas y colindancias: al norte: 15.09 metros con carretera a
Tenería, al sur: 14.82 metros con Licenciado Jorge García
Mondragón, al oriente: 29.22 metros con Francisco Luna y al
poniente: 30.40 metros con Marcela Izquierdo Noriega, con una
superficie de: 439.00 metros cuadrados.
Por lo que el Juez Primero Civil de Primera Instancia de
Tenancingo, México, dio entrada a su promoción en fecha
dieciséis de marzo del dos mil diez, ordenándose la expedición de
los edictos correspondientes para su publicación por dos veces
con intervalos de por lo menos dos días, en el periódico oficial
GACETA DEL GOBIERNO y en otro de circulación diaria.-Doy
fe.-Tenancingo, México, marzo dieciocho del año dos mil diez.-
Secretario de Acuerdos, Lic. Ana Díaz Castillo.-Rúbrica.
993.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANCINGO
EDICTO
MA. DEL CARMEN ROJAS FLORES, promoviendo por
su propio derecho en el expediente número 262/2010, promueve
en la vía de Procedimiento Judicial no Contencioso diligencias de
información de dominio, respecto de dos terrenos con
construcción ubicados en la calle Francisco I. Madero sur número
treinta y cuatro y sin número respectivamente en el pueblo de
Santiago Oxtotitlán, municipio de Villa Guerrero, Estado de
México, con las siguientes medidas y colindancias: PRIMER
INMUEBLE: al norte: 30.00 metros con Julia Ayala Enríquez, al
sur: 30.00 metros con Raquel Ayala, al oriente: 13.50 metros con
Raquel Ayala, al poniente: 13.50 metros, con calle Francisco I.
Madero. Teniendo una superficie de: 405.00 metros cuadrados.
SEGUNDO INMUEBLE: al norte: 18.00 metros con María
Guadalupe y Teodora Millán, al sur: 18.00 metros con Teresa
Nava, al oriente: 13.50 metros con calle Francisco I. Madero, al
poniente: 13.50 metros con Teresa Nava. Teniendo una superficie
de: 243.00 metros cuadrados.
Por lo que el Juez Primero Civil de Primera Instancia de
Tenancingo, México, dio entrada a su promoción en fecha marzo
dieciséis del año dos mil diez, se ordenó la expedición de los
edictos correspondientes por dos veces con intervalos de por lo
menos dos días, en el periódico oficial GACETA DEL GOBIERNO
y en otro periódico de circulación diaria -Doy fe.-Tenancingo,
México, marzo dieciocho del año dos mil diez-Segundo
Secretario de Acuerdos, Lic. Ana Díaz Castillo.-Rúbrica.
994.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
EDICTO
APOLONIO SALINAS RAMIREZ, por su propio derecho,
promueve en el expediente número 188/2010, procedimiento
judicial no contencioso, inmatriculación judicial, respecto del
predio denominado "Guadalupe", ubicado en calle Santana sin
número, Barrio Santo Tomás, Santa María Actipac, municipio de
Axapusco, México, el cual tiene las siguientes medidas y
colindancias: al norte: 125.91 metros colinda con Elías Torres
Ortega; al sur: 123.62 metros colinda con Marcelino Balderas
Cruz y Julián Borja Texocotitla ahora Apolonio Salinas Ramírez;
al oriente: 52.52 metros colinda con calle Gustavo Díaz Ordaz; al
poniente: 42.92 metros colinda con calle Santana; teniendo una
superficie aproximada de 6,046.57 metros cuadrados.
Que adquirió el citado terreno mediante contrato privado
de compraventa del señor JULIAN BORJA TEXOCOTITLA, en
fecha veinte (20) de diciembre del año de mil novecientos
noventa y nueve (1999), que posee el predio antes citado en
forma pacífica, continua, pública, de buena fe y a título de dueño.
Se expide el presente edicto para su publicación por 02
dos veces con intervalos de por lo menos 02 dos días, en la
GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro
periódico de los de mayor circulación, además se fijará un
ejemplar de la solicitud en el predio objeto de la información.-
°tumba, México, dieciséis (16) de marzo de dos mil diez (2010).-
Doy fe.-Segundo Secretario, Lic. Hipólito E. Martínez Ortiz.-
Rúbrica.
996.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
EDICTO
APOLONIO SALINAS RAMIREZ, por su propio derecho,
promueve en el expediente número 187/2010, procedimiento
judicial no contencioso, inmatriculación judicial, respecto del
predio denominado "Guadalupe", ubicado en calle Santana sin
número, Barrio Santo Tomás, Santa María Actipac, municipio de
Axapusco, México, el cual tiene las siguientes medidas y
colindancias: al norte: 85.90 metros colinda con Julián Borja
Texocotitla, ahora Apolonio Salinas Ramírez, al sur: 86.25 metros
colinda con Epigmenio Salinas, ahora Andrés Salinas, al oriente:
29.31 metros colinda con Marcelino Balderas Cruz y Maricela
González Cruz, al poniente: 29.31 metros colinda con calle
Santana. Teniendo una superficie aproximada de: 2,552.76
metros cuadrados.
Que adquirió el citado terreno mediante contrato privado
de compraventa del señor JULIAN BORJA TEXOCOTITLA, en
fecha veinte (20) de diciembre del año de mil novecientos
noventa y nueve (1999), que posee el predio antes citado en
forma pacífica, continua, pública, de buena fe y a título de dueño.
Se expide el presente edicto para su publicación por 02
dos veces con intervalos de 02 dos días, en la GACETA DEL
GOBIERNO del Estado de México y en el periódico denominado
"La Prensa", el cual es el de mayor circulación, en este municipio,
además se fijará un ejemplar de la solicitud en el predio objeto de
la información.-Otumba, México, diecisiete (17) de marzo de dos
mil diez (2010).-Doy fe.-Secretario Judicial, Lic. Esperanza Leticia
Germán Alvarez-Rúbrica.
997.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
En el expediente 87/2010, relativo al Juicio Diligencias de
Información de Dominio, promovido por RICARDO MONTES DE
OCA ALVAREZ, promueve en la vía de procedimiento judicial no
contencioso, diligencias de información de dominio, a fin de
acreditar la posesión que dice tener en forma pacífica, continúa,
pública y en concepto de propietario respecto del inmueble
ubicado en Privada de Atotonilco s/n Santa Maria Zozoquipan,
Barrio de Santa Ana Tlapaltitlán, Toluca, Estado de México, con
las siguientes medidas y colindancias: al norte: 10.00 metros con
Laureano Desales Alcántara, al sur: 10.00 metros con
Concepción Desales González, al oriente: 10.00 metros con
Privada Atotonilco, al poniente: 10.00 metros con Tomás Desales
Alcántara. Con una superficie aproximada de 100.00 metros
cuadrados.
Haciéndose saber a quienes se crean con igual o mejor
derecho lo deduzcan en términos de ley, publíquese /a solicitud,
por dos veces con intervalos de por lo menos dos días en el
Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO y en otro periódico
local de circulación diaria.-Dado en la ciudad de Toluca, Estado
de México, el cinco de marzo del dos mil diez.-Doy fe.-Primer
Secretario de Acuerdos, Lic. María
Alicia Osorio Arellano.-
Rúbrica.
1000.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE EL ORO
EDICTO
En los autos del expediente: 77/2010, relativo al
Procedimiento Judicial no Contencioso sobre Información de
Dominio promovido por FRANCISCO FURRUSCA CANO,
respecto de un inmueble, ubicado en La Rinconada de San Juan,
calle Aldama, número uno, El Oro de Hidalgo, México, con una
superficie de 628.00 metros cuadrados y con las medidas y
colindancias siguientes: al norte: 21.90 metros, linda con calle
Rinconada de San Juan; al sur: 27.70 metros y linda con Jaime
Piedra Hernández; al oriente: dos líneas: 15.21 metros y 4.90
metros, colinda con Callejón del Carmen y al poniente: dos líneas:
27.97 y 5.83 metros y linda con Lucía Ferrusca Cano. Ordenando
el Juez su publicación por dos veces con intervalos de por lo
menos dos días en el periódico GACETA DEL GOBIERNO y en
uno de mayor circulación en esta Ciudad, para conocimiento de
fas personas que se sientan afectados en sus derechos y se
presenten a deducirlos en términos de Ley.-Dado en el Juzgado
Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Oro,
Estado de México, el nueve 09 de marzo de dos mil diez 2010.-
Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic. Yolanda González Diaz.-
Rúbrica.
1001.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE•SANTIAGO
TIANGUISTENCO
EDICTO
En el expediente número 185/10, relativo al procedimiento
judicial no contencioso sobre (información de dominio), promovido
por MIRIAM RUIZ MEDINA, sobre el inmueble ubicado en la
Municipalidad de Almoloya del Río, distrito de Tenango del Valle,
México, en el camino a Chalma s/n, con las siguientes medidas y
colindancias: al norte: 129.00 metros en dos líneas y la otra 33.00
metros con camino viejo a Chalma; al sur: 84.00 metros con
Clemente Pulido; al oriente: en dos líneas: una de 33.50 metros
otra de 83.43 metros con Clemente Pulido; al poniente: en tres
líneas: una de 127.50 metros otra de 36.00 metros, otra de 84.00
metros lindando en estas tres lineas con Román Rojas y camino
a San Lorenzo, con una superficie de 14,293.05 metros
cuadrados.
Página 27
Y se expide el presente edicto para su publicación por
dos veces con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA
DEL GOBIERNO y en otro periódico de circulación diaria en esta
ciudad, con el objeto de que si alguna persona se cree con igual o
mejor derecho sobre el inmueble descrito lo deduzca en términos
de ley. Santiago Tianguistenco, México, a los dieciséis días del
mes de marzo del dos mil diez.-Doy fa-Secretario de Acuerdos,
Lic. Verónica Morales Orta.-Rúbrica.
990.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE ZUMPANGO
EDICTO
JOSE REMEDIOS GODINEZ TREJO, promueve ante
este Juzgado Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Zumpango, Estado de México, por su propio derecho, bajo el
expediente número 176/2010. relativo al procedimiento judicial no
contencioso, inmatriculación judicial, respecto del inmueble
ubicado en calle Unión sin número, Barrio de San Lorenzo,
municipio de Zumpango, Estado de México, el cual tiene las
siguientes medidas y colindancias:
al norte: 8.50 metros con
Beatriz Luna García, al sur: 8.50 metros con entrada al lote
propiedad de la vendedora; al oriente: 12.00 metros con Juan
Ramírez y al poniente: 12.00 metros con Rosa Isela López
García, con una superficie total aproximada de: 102.00 metros
cuadrados.
Para su publicación en el periódico oficial GACETA DEL
GOBIERNO del Estado, y en otro periódico de mayor circulación
diaria en esta ciudad, por dos veces, con intervalos de por lo
menos dos días por medio de edictos, para conocimiento de las
personas que se crean con mejor derecho y lo hagan valer en
términos de ley, se expiden los presentes en la Ciudad de
Zumpango, México. a los cinco días del mes de marzo del año
dos mil diez.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic. Carlos Esteva
Alvarado.-Rúbrica.
345-A1.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO DECIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA
EDICTO
En el expediente marcado con el número 128012009,
relativo al Juicio Procedimiento Judicial no Contencioso
(información de dominio), promovido por EVA MUÑOZ
SIFUENTES. tramitado ante este juzgado, respecto del bien
inmueble que se encuentra ubicado en del lote de común
repartimiento denominado "La Era" el cual se encuentra ubicado
en Cerrada de Comonfort número 19, esquina con calle de
Comonfort, Colonia Lomas de Guadalupe, municipio de Afizapán
de Zaragoza, Estado de México, el cual cuenta con una superficie
de 239.55 m2, (doscientos treinta y nueve punto cincuenta y cinco
metros cuadrados), con las siguientes medidas y cohndancias: al
norte: 14.74 m (catorce punto setenta y cuatro metros) con calle
Cerrada Comonfort; al sur: 15.12 m (quince punto doce metros),
con Javier Hernández Cruz; al oriente: 15.58 m (quince punto
cincuenta y ocho metros), con Francisco Uribe; al poniente: 16.15
m (dieciséis punto quince metros), con calle Comonfort, por lo
que por autos de fecha dieciséis de diciembre del dos mil nueve y
uno de marzo del dos mil diez, se ordeno la publicación de
edictos, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, y
en el periódico Diario Amanecer, por dos veces de dos en dos
días, para conocimiento de las partes que se crean con mejor
derecho, para el fin de que comparezcan a deducirlo ante este
Tribunal en términos de ley, debiéndose fijar durante todo el
tiempo que se ordenó la publicación de edictos, un ejemplar de
esta solicitud en el predio objeto de las diligencias y en tabla de
avisos que se lleva en este juzgado, debiéndose citar a la
autoridad municipal, a los colindantes y a las personas que
figuren en los registros fiscales de la oficina rentística del Estado
y désele la intervención que le compete a/ agente del ministerio
público adscrito a este H. Juzgado.-Atizapán de Zaragoza,
Estado de México, a diez de marzo del año dos mil diez.-
Segundo Secretario de Acuerdos, Licenciado Rubén Delgado
Hernández-Rúbrica.
345-A1.-24 marzo y 5 abril.
5 de abril de 2010
CACE
Era.
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Página 28
GACETA
E 11-Ina
5 de abril de 2010
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL-CHIMALHUACAN
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO 849/09.
MARIA ESTHER ALATRISTE DE FERNANDEZ,
promueve diligencias de inmatriculación judicial, con el fin de
acreditar que se encuentra poseyendo en concepto de única y
legítima propietaria del terreno marcado con el: lote número seis,
de la manzana número cuatro, colonia Jardines de San Agustín,
municipio de Chimalhuacán, Estado de México, cuyas medidas y
colindancias son las siguientes: al norte: 16.70 metros y colinda
con lote cinco; al sur 16.70 metros y colinda con lote siete, al
oriente: 7.50 metros y colinda con calle Parral, al poniente: 7.50
metros y colinda con propiedad privada, con una superficie total
de 125.25 metros cuadrados; manifestando la ocursante que el
día cuatro de octubre de mil novecientos ochenta y nueve,
celebró contrato privado de compraventa con el señor PABLO
ARAIZA MOLINA del inmueble materia del presente asunto; así
mismo que desde que adquirió el inmueble de referencia lo ha
estado poseyendo en forma pacífica, continua, pública y de
buena fe, con carácter de propietaria, situación que les consta a
los vecinos, así mismo refiere que el inmueble mencionado no se
encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio a favor de persona alguna, aunado a que el mismo se
encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, tales como el
impuesto predial.
Publíquense los edictos respectivos por dos veces con
intervalos de por lo menos dos días, en la GACETA DEL
GOBIERNO Oficial del Estado y en un periódico de circulación
diaria en este distrito judicial, para que terceros que se crean con
igual o mejor derecho comparezcan a éste juzgado hacerlos
valer.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Licenciado Jesús Juan
Flores.-Rúbrica.
349-Al .-24 marzo, 5 y 8 abril.
JUZGADO CUADRAGESIMO OCTAVO DE LO CIVIL
MEXIOC, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del juicio ordinario mercantil, promovido por
BANCO SANTANDER MEXICO, S.A., INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, en contra de
AGUILAR HURTADO JAVIER, expediente número 296/2004, el C
Juez 48° Civil en el Distrito Federal señaló las once horas del día
trece de abril del año dos mil diez, para que tenga verificativo la
audiencia de remate en primera almoneda del bien inmueble
hipotecado consistente en el departamento 4, del edificio O, nivel
1, ubicado en la calle Circuito Presidente Adolfo López Mateas,
lote 12, manzana XXIII, del Fraccionamiento denominado
"Presidente Adolfo López Mateos", municipio de Cuautitlán Izcalli,
Estado de México, y sus accesorios según contrato de apertura
de crédito con garantía hipotecaria celebrada, con las medidas y
colindancias señaladas en autos, sirviendo de base para la
almoneda la cantidad de DOSCIENTOS CATORCE MIL PESOS
00/100 M.N., valor del avalúo más alto rendido por los peritos de
las partes, siendo postura legal la que cubra la totalidad por
tratarse de juicio ejecutivo mercantil.
Para ser publicados por tres veces dentro de nueve días
en los tableros de avisos del juzgado, Secretaría de Finanzas del
Distrito Federal y el periódico "El Sol de México". México, D.F. a
18 de marzo de 2010.-El C. Secretario de Acuerdos "B", Lic.
Angel Velázquez Villaseñor.-Rúbrica. Secretario de Acuerdos por
Ministerio de Ley.
351-A1.-24 marzo y 5 abril.
JUZGADO CUADRAGESIMO NOVENO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SECRETARIA "A".
EXPEDIENTE: 761/2000.
CODEMANDADOS: ROGELIO SOTO MARTINEZ Y
CONCEPCION IRUEGAS MARTINEZ.
En los autos relativos al
juicio especial hipotecario
promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A.
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO
BANORTE en contra de ROGELIO SOTO MARTINEZ y
CONCEPCION IRUEGAS MARTINEZ, el C. Juez Cuadragésimo
Noveno de lo Civil en el Distrito Federal, mediante proveídos de
veintiocho de noviembre del dos mil y seis de enero del año dos
mil diez se acuerda lo siguiente.
. México, Distrito Federal a
veintiocho de noviembre de dos mil. Con el ocurso de cuenta y
anexos que se acompañan, fórmese expediente, se tiene por
presentada a JESUS ALEJANDRO VIDAL SANCHEZ, mismo que
con fundamento en los artículos 468, 469, 470 y demás relativos
y aplicables del Código de Procedimientos Civiles se admite a
trámite por lo tanto con las copias simples exhibidas córrase
traslado y emplácese a la parte demandada o codemandados,
para que produzcan su contestación apercibidos que de no
hacerlo así, se tendrán por ciertos los hechos que dejaron de
contestar, salvo probar lo contrario, atento a lo dispuesto por el
articulo 637 del Código de Procedimientos Civiles. Lo proveyó y
firma el C. Juez Cuadragésimo Noveno de lo Civil. Por ante la C.
Secretaria de Acuerdos "A", con quien autoriza y da fa-Doy fe...
México, Distrito Federal a seis de enero del año dos mil diez... A
sus autos el escrito de cuenta como lo solicita la parte actora...
demando en consideración que de autos se desprende que no
fue posible la localización del domicilio de la parte demandada o
codemandados ROGELIO SOTO MARTINEZ y CONCEPCION
IRUEGAS MARTINEZ, se ordena emplazarlo a juicio por medio
de edictos. .. concediéndole el término de treinta días para que
conteste la demanda con el apercibimiento que de no hacerlo se
tendrá por contestada en sentido negativo, atento a lo dispuesto
por el articulo 271 del Código citado quedando a su disposición
las copias simples de traslado en la Secretaria del Juzgado para
lo que pase a recoger o se imponga de autos.-Notifíquese.-Lo
proveyó y firma el C. Juez Cuadragésimo Noveno de lo Civil,
Licenciado Jorge Luis Ramírez Sánchez, por ante el C. Secretario
de Acuerdos, con quien actúa, autoriza y da fe.-Doy fe.-México,
D.F., a 7 de enero de 2010.-El C. Secretario de Acuerdos "A", Lic.
Román Juárez González.-Rúbrica.
350-A1.-24 marzo, 5 y 8 abril.
AVISOS
ADMINISTRATIVOS Y
GENERALES
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
Exp. 22,910/253/2009, LA C. MARIA DE LA LUZ
BECERRIL ARZATE, promueve inmatriculación administrativa,
sobre el inmueble ubicado en la Privada 20 de Noviembre s/n, en
la Comunidad de San Martín Toltepec, municipio de Toluca,
distrito de Toluca, mide y linda: al norte: 16.30 m colinda con
Carlos Ballesteros Licea, al sur: 17.50 m colinda con Fermín
Bernal Santana, al oriente: 15.00 m colinda con Pedro Santana
Hernández, al poniente: 9.65 m colinda con Privada 20 de
Noviembre s/n. Superficie aproximada de 209.89 m2.
as
tiC
Era.
5 de abril de 2010
Página 29
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Toluca, México, a 08 de marzo del 2010.-C. Registrador, M. en D.
Juan José Libién Conzuelo.-Rúbrica.
909.-19, 24 marzo y 5 abril.
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE EL ORO
EDICTO
Exp. 31/02/2010, VENTURA REYES CONTRERAS,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en la comunidad de la Estancia, Sector II, municipio de
Acambay, México. distrito de El Oro de Hidalgo, mide y linda: al
norte: en tres líneas 15.12 m, 10.50, 38.22 m con la señora
Verónica Reyes Contreras, al sur: en dos lineas una de 21.50 m
con el señor Arturo Lovera Contreras y otra de 47.99 m con
barranca, al oriente: en dos lineas una de 66.50 m con el señor
Guillermo Trigueros y otra de 33.27 m con Adolfo Contreras, al
poniente: en cuatro líneas de 35.60 m y colinda con camino, otra
de 30.57 m con Arturo Lovera Contreras y 26.50, 39.50 m con
Arturo Lovera Contreras. Superficie aproximada de 4,617.91 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirla-El
Oro, México, a 26 de febrero de 2010.-C. Registrador, Lic. Leonel
Herrera Ramirez.-Rúbrica.
913.-19, 24 marzo y 5 abril.
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
Expediente 1793/09/08, C. PEDRO QUINTANAR
ACEVES, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado en Callejón del Pozo número 2, colonia La
Escuela, municipio de T/alnepantla, distrito judicial de
Tlalnepantla, Estado de México, mide y linda: al norte: en 12.02 m
con Raymundo Sandoval Morales, al sur: en 10.56 m colinda con
Guadalupe Jiménez García, al oriente: l en 11.91 m con
Concepción Granados Cruz, al poniente: en 09.55 m colinda con
Guadalupe Núñez y en 0.95 m con Callejón del Pozo. Con
superficie de 126.00 m2.
El C. Registrador dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho comparezcan a deducirlo.-
TIalcepantla, México, a 12 de marzo del 2010.-El C. Registrador
de la Propiedad, Lic. Carlos Ruiz Domínguez-Rúbrica.
344-A1.-24 marzo. 5 y 8 abril.
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTOS
Exp. 3589/44/09, C. DIEGO CARBAJAL LINARES,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado Cuatlapanca de calidad Eriazo,
ubicado en esta población de Santa Clara del municipio de
Ecatepec de Morelos, Estado de México. mide y linda: al norte:
17.67 m con Crisanto López, al sur: 16.75 m con una calle, al
oriente: 38.00 m con Lucas Carbajal, al poniente: 38.00 m con
Apuleyo Ramírez. Superficie aproximada de: 677.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic, Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 3588/43/2009, C. DIEGO CARBAJAL LINARES,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado Tepetzizintla, en el pueblo de
Santa Clara del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 29.00 m con Mateo Soto García y
Luis Linares, al sur: 31.80 m con Luis Linares, al oriente: 8.50 m
con calle Ignacio Rayón, al poniente: 9.10 m con privada de
Guerrero. Superficie aproximada de: 258.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic, Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 8704/93/2009, C. MARIO ADOLFO DIAZ RIVERO,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado Xaxala de calidad eriazo situado
en el lugar de su vecindad en San Cristóbal Ecatepec, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 57.50 m con Elías García, al sur: 55.40 m con
panteón municipal, al oriente: 55.80 m con Efrén Díaz, al
poniente: 55.80 m con Barranquilla. Superficie aproximada de:
3,039 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic, Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 9461/147/09, C. VIRGINIA CORTEZ REYES,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado El Rancho, ubicado en la Avenida
Morelos número 35 en Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de
Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte: 52.00 m con
Bonifacio Reyes Camacho, al sur: 52.00 m con Guillermina Reyes
Camacho, al oriente: 5.00 m con Teófito Reyes Méndez, al
poniente: 5.00 m con Avenida Morelos. Superficie aproximada de:
260.00 m2.
E/ C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 11 de febrero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Página 30
GACETA
IDEL GOISIE Ft Pi O
5 de abril de 2010
Exp. 1559/05/09, C. TOMASA FLORES CRUZ, promueve
inmatriculación administrativa, sobre el inmueble ubicado: en
predio denominado La Nopalera, lote 05, manzana 05, calle
Pomarrosa, de la Colonia El Parque, ampliación Tulpetlac, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 15.00 m con lote 04, al sur: 15.00 m con lote 06, al
oriente: 8.00 m con calle Pomarrosa, al poniente: 8.00 m con lote
18. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1560/06/09, C. SENOVIA VERA HERNANDEZ,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 17, manzana 05,
calle Ciruela de la Colonia El Parque, ampliación Tulpetlac, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 15.00 m con lote 18, al sur: 15.00 m con lote 16, al
oriente: 8.00 m con lote 06, al poniente: 8.00 m con calle Ciruela.
Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1561/07/2009, C. MARILU ROSAS QUINTERO,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 02, manzana
04, calle Durazno de la Colonia El Parque Tulpetlac, del municipio
de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
16.00 m con lote 1 y lote 25, al sur: 16.00 m con lote 03, al
oriente: 7.50 m con calle Durazno, al poniente: 7.50 m con lote
23. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1562/08/09, C. REYMUNDO OLMOS GUTIERREZ,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 17, manzana
03, calle Durazno de la Colonia El Parque Tulpetlac, del municipio
de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
16.00 m con lote 18, al sur: 16.00 m con lote 16, al oriente: 7.50
m con lote 08, al poniente: 7.50 m con calle Durazno. Superficie
aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a
quienes
se
crean
con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1563/09/09, C. HORTENCIA MORA EUGENIO,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 13, manzana
03, calle Durazno de la Colonia El Parque Ampliación Tulpetlac,
del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 17.00 m con lote 14, al sur: 17.00 m con calle
Chapultepec, al oriente: 9.53 m con lote 12, al poniente: 7.50 m
con calle Durazno. Superficie aproximada de: 169.45 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1564/10/09, C. VICTORIA SANCHEZ ESCAMILLA,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 02, manzana
05, calle Pomarrosa de la Colonia El Parque Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 15.00 m con lote 01, al sur: 15.00
m con lote 03, al oriente: 8.00 m con calle Pomarrosa, al
poniente: 8.00 m con lote 21. Superficie aproximada de: 120.00
m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1565/11/09, C. CARLOS MARTINEZ CRUZ,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 19, manzana
calle Ciruela de la Colonia El Parque Tulpetlac, del municipio
de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
15.00 m con lote 20, al sur: 15.00 m con lote 18, al oriente: 8.00
m con lote 04, al poniente: 7.50 m con calle Ciruela. Superficie
aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1566/12/09, C. ROBERTO GALICIA DE JESUS,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 03, manzana
calle Ciruela de la Colonia El Parque Ampliación Tulpetlac, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 17.00 m con lote 02, al sur: 17.00 m con lote 04, al
oriente: 8.00 m con calle Ciruela, al poniente: 8.00 m con
propiedad privada. Superficie aproximada de: 136.00 m2,
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días, Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
5 de abril de 2010
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Exp. 1567/13/09, C. TRINIDAD SILVIA VAZQUEZ
JUAREZ, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 05,
manzana 04, calle Durazno de la Colonia El Parque, Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 04, al sur: 16.00
m con lote 06, al oriente: 7.50 m con calle Durazno, al poniente:
7.50 m con lote 20. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1568/14/2009, C. MIGUEL CASTRO DE LA CRUZ,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 20, manzana
03, calle Durazno de la Colonia El Parque, Ampliación Tulpetlac,
del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 16.00 m con lote 21, al sur: 16.00 m con lote 19, al
oriente: 7.50 m con lote 05, al poniente: 7.50 m con calle
Durazno. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1569/15/09, C. MARIA DEL ROSARIO ESCAMILLA
HERNANDEZ, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado, en predio denominado La Nopalera, lote 12,
manzana 04, calle Durazno de la Colonia El Parque, Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 11, al sur: 16.00
m con lote 13, al oriente: 8.00 m con calle Durazno, al poniente:
9.00 m con lote 15. Superficie aproximada de: 136.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1570/16/09, C. ELISEO COLIN LOVERA, promueve
inmatriculación administrativa, sobre el inmueble ubicado: en
predio denominado La Nopalera, lote 04, manzana 01, calle
Granada de la Colonia El Parque, Ampliación Tulpetlac, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 16.00 m con lote 03, al sur: 16.00 m con lote 05, al
oriente: 7.50 m con propiedad privada, al poniente: 7.50 m con
calle Granada. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1571/17/09, C. GUADALUPE NICOLAS BERNAL,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 08, manzana
calle Granada de La Colonia El Parque, Ampliación Tulpetlac,
del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 16.00 m con lote 07, al sur: 16.00 m con lote 09, al
oriente: 7.50 m con propiedad privada, al poniente: 7.50 m con
calle Granada. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. M aura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1572/18/09, C. CIPRIANO FLORES CRUZ,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado Tlacuanepantla, lote 9, manzana
de la calle Guty Cárdenas de la Colonia Texalpa, Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 15.00 m con' lote 10, al sur: 16.00
m con lote 8, al oriente: 8.00 m con calle Guty Cárdenas, al
poniente: 8.00 m con lote 6. Superficie aproximada de: 120.00
m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona -Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1573/19/09, C. JUANA BARRIOS AGUILAR,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 24, manzana
04, calle Pomarrosa de la Colonia El Parque Tulpetlac. del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 10.67 m con calle del Parque, al sur: 10.67 m con
lote 23, al oriente: 13.00 m con lote 25, al poniente: 13.00 m con
calle Pomarrosa. Superficie aproximada de: 138.71 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1574/20/2009, C. MATILDE JIMENEZ CRUZ,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado: en predio denominado La Nopalera, lote 14, manzana
04, calle Pomarrosa de la colonia El Parque, Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 15, al sur: 16.00
m con lote 13, al oriente: 7.50 m con lote 11, al poniente: 7.50 m
con calle Pomarrosa. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero del 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
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5 de abril de 2010
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTOS
Exp. 1575/21/09, C. MARIA CERVANTES BARCENAS,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Tlacuanepantla del lote 03,
manzana 03 de la calle Alvaro Carrillo del poblado de Santa
María Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado
de México, mide y linda: al norte: 8.00 m con calle Alvaro Carrillo,
al sur: 8.00 m con lote 12, al oriente: 5.00 m con lote 04, al
poniente: 5.00 m con lote 02. Superficie aproximada de: 120.00
m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1576/22/09, C. MARIA GUADALUPE HERNANDEZ
GONZALEZ, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 23,
manzana 04, calle Pomarrosa de la colonia El Parque Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 24, al sur: 16.00
m con lote 22, al oriente: 7.50 m con lote 02, al poniente: 7.50 m
con calle Pomarrosa. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1577/23/09, C. CLAUDIA OROPEZA VALLE
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Texalpa de la calle Macedonio
Alcalá del poblado de Santa María Tulpetlac, del municipio de
Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
08.00 m con lote 05, al sur: 08.00 m con calle Macedonio Alcalá,
al oriente: 17.72 m con lote 11, al poniente: 17.23 m con lote 13.
Superficie aproximada de: 139.84 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1578/24/09, C. VALENTINA HERNANDEZ
GONZALEZ, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 18,
manzana 04, calle Pomarrosa de la colonia El Parque Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 19, al sur: 16.00
m con lote 17, al oriente: 7.50 m con lote 07, al poniente: 7.50 m
con calle Pomarrosa. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1579/25/09, C. LUISA LEONIDES DEL PILAR,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 02, manzana 02,
calle Granada de la colonia El Parque Ampliación Tulpetlac, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 16.00 m con lote 01, al sur: 16.00 m con lote 03, al
oriente: 7.50 m con calle Granada, al poniente: 7.50 m con lote
21. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo. 5 y 8 abril.
Exp. 1580/26/09, C. HERMENEGILDO HERNANDEZ
MICAELA, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 16,
manzana 04, calle Pomarrosa de la colonia El Parque Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 17, al sur: 16.00
m con lote 15, al oriente: 7.50 m con lote 09, al poniente: 7.50 m
con calle Pomarrosa. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y'8 abril.
Exp. 1581/27/09, TEODORA MARTINEZ BAUTISTA,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 19, manzana 03,
calle Durazno, de la colonia El Parque Ampliación Tulpetlac, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 16.00 m con lote 20, al sur: 16.00 m con lote 18, al
oriente: 7.50 m con lote 06, al poniente: 7.50 m con calle
Durazno. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1582/28/09, C. LUISA LEONIDES DEL PILAR,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 22, manzana 02,
calle Chabacano, de la colonia El Parque Ampliación Tulpetlac,
del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 10.67 m con calle del Parque, al sur: 10.67 m con
lote 21, al oriente: 13.00 m con lote 23, al poniente: 13.00 m con
calle Chabacano. Superficie aproximada de: 138.71 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
5 de abril de 2010
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a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1583/29/09, C. ANDRES BAUTISTA ANTONIA,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera Segunda, lote 03,
manzana 03, calle Chabacano, de la colonia El Parque
Ampliación Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos,
Estado de México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 02, al
sur: 16.00 m con lote 04, al oriente: 7.50 m con calle Chabacano,
al poniente: 7.50 m con lote 15. Superficie aproximada de: 120.00
m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1584/30/09, C. HIGINIA VARGAS CRUZ, promueve
inmatriculación administrativa, sobre el inmueble ubicado en
predio denominado La Nopalera, lote 02, manzana 03, calle
Chabacano de la colonia El Parque Tulpetlac, del municipio de
Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
16.00 m con lote 01, al sur: 16.00 m con lote 03, al oriente: 7.50
m con calle Chabacano, al poniente: 7.50 m con lote 22.
Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1587/33/09, C. LILIANA MEDINA ESCAMILLA,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 20, manzana 05,
calle Ciruela, de la colonia El Parque Ampliación Tulpetlac, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al norte: 15.00 m con lote 21, al sur: 15.00 m con lote 19, al
oriente: 8.00 m con lote 03, al poniente: 7.50 m con calle Ciruela.
Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1588/34/09, C. FILIBERTO HERNANDEZ CRUZ,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 21, manzana 04,
calle Pomarrosa de la colonia El Parque Ampliación Tulpetlac, del
municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y
linda: al noi 'e: 16.00 m con lote 22, al sur: 16.00 m con lote 20, al
oriente: 7.50 m con lote 04, al poniente: 7.50 m con calle
Pomarrosa. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica,
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1585/31/09, C. MARIA PAULITA RAMÍREZ
HERNANDEZ, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 06.
manzana 02, calle Granada de la colonia El Parque Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 05, al sur: 16.00
m con lote 07, al oriente: 7.50 m con calle Granada, al poniente:
7.50 m con lote 17. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1586/32/09, C. EDUARDO MINERO HERNANDEZ,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 17, manzana 02,
calle Granada, de la colonia El Parque Tulpetlac, del municipio de
Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
16.00 m con lote 06, al sur: 16.00 m con lote 08. al oriente: 7.50
m con calle Granada, al poniente: 7.50 m con lote 16. Superficie
aproximada de: 120.00 m2.
Exp. 1589/35/09, C. MINERVA HERNANDEZ GUZMAN,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera. lote 01, manzana 05,
calle Chabacano, de la colonia El Parque Tulpetlac, de/ municipio
de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
15.00 m con calle El Parque, al sur 15.00 m con lote 02, al
oriente: 8.00 m con calle Pomarrosa, al poniente: 8.00 m con lote
22. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1590/36/09, C. TIMOTEO ENCARNACION
TEOFILO, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 11,
manzana 05, calle Pomarrosa de la colonia El Parque Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
Página 34
CACE "FA
001_
GOIELIE.Ftru
5 de abril de 2010
México, mide y linda: al norte: 15.00 m con lote 10, al sur: 15.09
m con lote 11 bis, al oriente: 8.00 m con calle Pomarrosa, al
poniente: 8.00 m con lote 12. Superficie aproximada de: 120.00
m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp. 1591/37/09, C ALEJANDRO ALCANTARA
RESENDIZ, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 05,
manzana 02, calle Granada de la colonia El Parque Ampliación
Tulpetlac, del municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de
México, mide y linda: al norte: 16.00 m con lote 04, al sur 16.00
m con lote 06, al oriente: 7.50 m con calle Granada, al poniente:
7,50 m con lote 18. Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril,
Exp. 1592/38/09, C. JAIME LOPEZ GONZALEZ
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 07, manzana 01,
calle Granada, de la colonia El Parque TulpetIac, del municipio de
Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
16.00 m con lote 06, al sur: 16.00 m con lote 08, al oriente: 7.50
m con propiedad privada, al poniente: 7.50 m con calle Granada.
Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp, 1593/39/09, C. ROBERTO AGUILAR BAUTISTA,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 20, manzana 04,
de la colonia El Parque Ampliación Tulpetlac, del municipio de
Ecatepec de Morelos, Estado de México. mide y linda: al norte:
16.00 m con lote 21, al sur: 16.00 m con lote 19, al oriente: 7.50
m con lote 05, al poniente: 7.50 m con calle Pomarrosa.
Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
Exp, 1594/40/09, C. CRISPIN MARTINEZ AGUILAR,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en predio denominado La Nopalera, lote 08, manzana 05,
calle Pomarrosa de la colonia El Parque Tulpetlac, del municipio
de Ecatepec de Morelos, Estado de México, mide y linda: al norte:
15.00 m con lote 07, al sur: 15.00 m con lote 09, al oriente: 8.00
m con calle Pomarrosa, al poniente: 8.00 m con lote 15.
Superficie aproximada de: 120.00 m2.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-
Ecatepec de Morelos, México, a 18 de enero de 2010.-C.
Registrador, Lic. Maura Adela Jaime Carmona.-Rúbrica.
1016.-24 marzo, 5 y 8 abril.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 135 DEL ESTADO DE MEXICO
NEZAHUALCOYOTL, MEX.
AVISO NOTARIAL
PATRICIA NIETO CID DEL PRADO, Notaría Provisional
Ciento Treinta y Cinco del Estado de México, para los efectos de
lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley del
Notariado del Estado de México, hago saber: que por instrumento
número cinco mil novecientos setenta, de fecha once de febrero
de dos mil diez, pasado ante mi fe, se radicó la sucesión
intestamentaria a bienes de don VICTOR MANUEL DIAZ Y
RODRIGUEZ también conocido como VICTOR MANUEL DIAZ
RODRIGUEZ, que otorgó doña JUANA MARIA OROPEZA
SANDOVAL; por su propio derecho y en representación de los
señores VICTOR MANUEL, EDMUNDO, GABRIELA, JUAN
MANUEL y ENRIQUE LORENZO todos de apellidos DIAZ
OROPEZA, quien manifestó su conformidad de /levar ante la
suscrita dicha sucesión, declarando, bajo protesta de decir
verdad, que no tiene conocimiento de que exista alguna otra
persona con igual o mejor derecho a heredar que ellos. Lo que se
da a conocer para que, quien o quienes crean tener igual o mejor
derecho a heredar comparezcan a deducirlo.
PATRICIA NIETO CID DEL PRADO.-RUBRICA.
207-B1.-23 marzo y 5 abril.
ACABADOS TEXTILES MODERNOS, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACIÓN)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 20 DE NOVIEMBRE DEL 2009.
ACTIVO
$ 0.00 PASIVO
CAPITAL SOCIAL
$ 0.00 SUMA PASIVO Y CAPITAL
$
0.00
$
0.00
$
0,00
TOTAL ACTIVO
CESAR CORTES CHAVEZ
LIQUIDADOR
(RUBRICA).
329-A1.-19 marzo, 5 y 19 abril,
5 de abril de 20 I O
giG A 0C
-ra
(DEL
GOBIERNO
Página 35
NOTARIA PUBLICA NUMERO 27 DEL ESTADO DE MEXICO
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEX.
AVISO
MEDIANTE ESCRITURA NUMERO 41,096 DE FECHA
09 DE FEBRERO DEL 2010, PASADA ANTE LA FE DE LA
LICENCIADA GUADALUPE ROJAS ICAZA, NOTARIO PUBLICO
INTERINO No. 27, DEL ESTADO DE MEXICO, SE HIZO
CONSTAR EL INICIO DE SUCESION TESTAMENTARIA A
BIENES DE LA SEÑORA MARIA DEL ROSARIO GARCIA
ESPINOSA, TAMBIEN CONOCIDA COMO MARIA DEL
ROSARIO GARCIA DE TOXQUI. QUE OTORGA EL SEÑOR
ALFREDO FEDERICO TOXQUI BASAVE, TAMBIEN CONOCIDO
COMO FEDERICO TOXQUI BASAVE, EN SU CARACTER DE
ALBACEA Y UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO DE LA
MENCIONADA SUCESION.
ATENTAMENTE
LIC. GUADALUPE ROJAS ICAZA.-RUBRICA
NOTARIO PUBLICO INTERINO No. 27.
341-A1.-23 marzo y 5 abril.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 17 DEL ESTADO DE MEXICO
TLALNEPANTLA, MEX.
AVISO NOTARIAL
Por escritura número 18,237 volumen número 447 de
fecha 4 de diciembre del 2009, firmada el día 4 de diciembre del
2009, otorgada en el Protocolo a
mi cargo, se tramitó la
Radicación de la Sucesión Intestamentaria a bienes del señor
ROGACIANO VILLALBA OLMOS, que otorgo el señor
ALEJANDRO ZAVALETA OLMOS, en su carácter de Heredero
Universal, en el que manifestó su conformidad para tramitar en la
Via Notarial la presente Sucesión Testamentaria.
Lo anterior se hace del conocimiento público para cumplir
con lo dispuesto en los Artículos sesenta y ocho, sesenta y nueve
y setenta del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de
México; y del Articulo cuatro punto setenta y siete del Código de
Procedimientos Civiles del Estado de México.
En la Ciudad de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, a
los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
EL NOTARIO PUBLICO No. 17 DEL ESTADO DE
MEXICO.
LIC. OSCAR ALFREDO CASO BARRERA VAZQUEZ.-
RUBRICA.
341-A1.-23 marzo y 5 abril.
NOTARIA PUBLICA NUMERO DOS DEL ESTADO DE MEXICO
TEXCOCO, MEX.
AVISO NOTARIAL
Por escritura número 22,092, del volumen 360, de fecha
09 de marzo del 2010, otorgada ante la fe del Suscrito Notario,
los señores DULCE MARIA LAURA RUIZ GONZALEZ.
GERARDO RUIZ GONZALEZ RUBEN ARTURO RUIZ
GONZALEZ y GUSTAVO ALBERTO RUIZ GONZALEZ, en su
calidad de hijos, y JOSE GERARDO RUIZ HERNANDEZ, KARLA
MARIA ELIZABETH RUIZ HERNANDEZ y EFRAIN ENRIQUE
RUIZ SANCHEZ, en su calidad de nietos, todos ellos como
herederos, radicaron en esta Notaría a mi cargo la Sucesión
Testamentaria a Bienes de la señora ESTELA GONZALEZ, quien
también utilizó el nombre de ESTELA GONZALEZ GONZALEZ.
así como también se llevó a cabo el nombramiento y aceptación
de la señora Dulce María Laura Ruiz González, en su calidad de
Albacea que le fue conferido, protestando su fiel y legal
desempeño.
Para su publicación de acuerdo con la Ley, por dos veces
consecutivas de siete en siete días en la GACETA DEL
GOBIERNO de la Ciudad de Toluca, México, y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República.
Texcoco, México, a 10 de marzo del 2010.
ATENTAMENTE
LIC. SERGIO ROBERTO MAÑON DIAZ.-RUBRICA.
341-A1.-23 marzo y 5 abril.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 38 DEL ESTADO DE MEXICO
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO
AVISO
EL SUSCRITO, en cumplimiento con lo establecido en el
Articulo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado vigente en el
Estado de México, hago constar que por escritura número 50,281,
volumen 1081 de fecha 3 de Febrero del 2010, se RADICO ante
Mí, la SUCESION INTESTAMENTARIA a bienes del señor
ANTONIO CRUZ PEREZ, el cual falleció el 24 de Enero de 1989,
por lo que se invita a que se presente en esta Notaría a mi cargo,
quien se crea con igual o mejor derecho a reclamar la herencia;
por lo que la C. IRMA GLORIA NEGRETE MONROY también
socialmente conocida como GLORIA NEGRETE MONROY en su
carácter de cónyuge supérstite y los C.C. SERGIO, SANTA,
MARIA DE LOURDES, JOSE CARMEN y DOLORES TODOS
ELLOS DE APELLIDOS CRUZ NEGRETE; en su carácter de
descendientes directos de Cujus; aceptan el acervo hereditario,
expresando que procederán a realizar el inventario y avaluó de
los bienes que lo constituye, así como la rendición de cuentas.
Para su publicación dos veces de 7 en 7 días.
Naucalpan de Juárez, Edo. de México, a 05 de febrero del
2010.
EL NOTARIO NUMERO TREINTA Y OCHO
DEL ESTADO DE MEXICO Y DEL PATRIMONIO
INMOBILIARIO FEDERAL.
LIC. JOSE ENRIQUE ROJAS BERNAL.-RUBRICA.
341-A1.-23 marzo y 5 abril.
NOTARIA PUBLICA NUMERO TREINTA Y OCHO DEL
ESTADO DE MEXICO
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO
AVISO
EL SUSCRITO, en cumplimiento con lo establecido en el
Artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado vigente en el
Estado de México, hago constar que por escritura número 50,395
de fecha 4 DE MARZO DEL 2010, se radico ante mi, la Sucesión
Intestamentaria a bienes del señor RUBEN PEREZ FLORES, la
cual falleció el 17 de junio del 2006, por lo que se invita a que se
presente en esta Notaría a mi cargo, quien se crea con igual o
mejor derecho a reclamar la herencia; por lo que la señora OLGA
OLIVOS SANCHEZ, en su carácter de cónyuge supérstite del de
cujus, acepta el cargo de albacea conferido, se le discierne del
mismo, protesta su fiel y legal desempeño, expresando que
procederá a realizar el inventario y avalúo de los bienes que
constituyen el acervo hereditario, así como la rendición de
cuentas.
Para su publicación dos veces de 7 en 7 días.
Naucalpan de Juárez. Méx., a 4 de marzo del 2010.
LIC. JOSE ENRIQUE ROJAS BERNAL.-RUBRICA.
NOTARIO NUMERO TREINTA Y OCHO
DEL ESTADO DE MEXICO Y DEL PATRIMONIO
INMOBILIARIO FEDERAL
341-A1.-23 marzo y 5 abril.
página 36
41G
stak C E
11-44
O F: I_ O Cl• A3 E Ft !a O
5 de abril de 2010
FREMONT, S.A. DE C.V.
(EN
LIQUIDACION)
Balance Final de Liquidación al
31
de enero de 2010
Activo Circulante
$
50,000.00
Caja
$
50,000.00
Total de Activo
$
50,000.00
Total de Pasivo
$
0.00
Total de Capital
$
50,000.00
El presente balance final de liquidación se publica para los efectos y en cumplimiento a lo dispuesto en el
articulo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el importe del capital está representado por 100
acciones de la porción fija, con valor nominal de $500.00 cada una, equivalente a $ 50,000.00 determinando
que el valor actualizado de cada acción es por la cantidad de $500.00; por lo que de esta última cifra resulta que
el haber social se devolverá a cada accionista en proporción al porcentaje de su participación en el capital
social.
Metepec, Estado de México, a 31 de enero de 2010
C. JOSE MARGARITO MATA GRIMALDO
Liquidador
(Rúbrica).
RFC: FRE-090317-112
657.-1, 16 marzo y 5 abril.
o
UNIVERSAL1
FONOICT
UAEM
"OPTICA UNIVERSAL", S.A. DE C.V., EN LIQUIDACION
OUN 030120 MY1
En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el Balance Final de
liquidación de "OPTICA UNIVERSAL", SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN LIQUIDACION, como sigue:
BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACION
AL 28 DE FEBRERO DE 2010
ACTIVO
Bancos
$
55,144.00
Total Activo
$
55,144.00
CAPITAL CONTABLE
Capital Social
$ 568,000.00
Resultados Acumulados
-504,305.00
Resultado del ejercicio
-8,551.00
Total Capital contable
$ 55,144.00
Toluca, México, 28 de febrero de 2010.
DAISY SALVADOR SILVA
LIQUIDADORA
(RUBRICA).
836.-12 marzo, 5 y 19 abril.
5 de abril de 2010
CflCETA,
O
EL GOB
u
E Ft N
ICI•
Pá .na 37
"BALTICWOOD", S.A. DE C.V., EN LIQUIDACION
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009
ACTIVO CIRCULANTE
BANCOS
TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE
TOTAL ACTIVO
0
PASIVO A CORTO PLAZO
CUENTAS POR PAGAR
TOTAL DE PASIVO A CORTO PLAZO
TOTAL PASIVO
O
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL
TOTAL DE CAPITAL
TOTAL DE PASIVO Y CAPITAL
De conformidad con el Balance anterior, los accionistas no recibirán cantidad alguna por concepto de reembolso
de capital.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se publica el
Bance Final de Liquidación de la Sociedad al 31 de Diciembre de 2009.
Los papeles y libros de la Sociedad quedan a disposición de los accionistas en el domicilio de la misma, por el
plazo que señala la Ley General de Sociedades Mercantiles a partir de la última publicación del presente.
México, D. F. 16 de marzo de 2010.
Sr. José Luis García Santana
Liquidador
(Rúbrica).
o
0
o
325-A1.-19 marzo, 5 y 16 abril.
Página 38
C 41C liE -ries
OEL
C0131111ERNO
5 de abril de 2010
"SERVICIO EDITORIAL LITOGRAFICO", S.A. DE C.V., EN LIQUIDACION
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009
ACTIVO CIRCULANTE
BANCOS
TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE
TOTAL ACTIVO
PASIVO A CORTO PLAZO
CUENTAS POR PAGAR
TOTAL DE PASIVO A CORTO PLAZO
TOTAL PASIVO
O
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL
TOTAL DE CAPITAL
TOTAL DE PASIVO Y CAPITAL
De conformidad con el Balance anterior, los accionistas no recibirán cantidad alguna por concepto de reembolso
de capital.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se publica el
Bance Final de Liquidación de la Sociedad al 31 de Diciembre de 2009.
Los papeles y libros de la Sociedad quedan a disposición de los accionistas en el domicilio de la misma, por el
plazo que señala la Ley General de Sociedades Mercantiles a partir de la última publicación del presente.
México, D. F., 16 de marzo de 2010.
Sra. Virginia Martínez Torres
Liquidadora
(Rúbrica).
O
o
O
o
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o
325-Al -19 marzo, 5 y 16 abril.
5 de abril de 2010
CACE Ir
Átak
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Cf III E Ft
NO
SOLUCIONES EMPRESARIALES DE PERSONAL, S.A. DE C.V.
NAUCALPAN DE JUAREZ EDO. DE MEXICO.
Balance General
Al 12 de Marzo 2010
Activos
CAJA
Caja
240,000.00
Total CAJA
240,000.00
BANCOS
BBVA Bancomer 195205
5,190.70
Total BANCOS
5,190.70
DEUDORES DIV.
Lic. Laura Díaz Sámano
2,500.00
Total DEUDORES DIV.
2,500.00
IVA ACREDITABLE
IVA por Egreso
896.96
IVA a Favor 4,717.33
Total IVA ACREDITABLE
5,614.29
IMPUESTOS A FAVOR
ISR a Favor
1,541.88
Total IMPUESTOS A FAVOR
1,541.88
Total Activos
254,846.87
Capital Contable
Capital
Social
270,000.00
Total Capital 270,000.00
Resultado Ejercicio Anteriores
-9,515.61
Resultado Ejercicio Actual
-5,637.52
Total Capital 254,846.87
Suma Pasivo
y
Capital
254,846.87
C. P. CONCEPCION EUCARIO AGUILAR MANZANARES
EN CARACTER DE APODERADO
(RUBRICA).
325-A1.-19 marzo, 5 y 16 abril.
Página 40
C a 41C E rik
[DEL C O
E1 1IE Pf N O
5 de abril de 2010
HOTEL LOS MIL S.A. DE C.V.
(EMPRESA EN LIQUIDACION)
ESTADOS DE SITUACION FINANCIERA
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2008 Y AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2009
2008
2009
Activo Circulante
Bancos
$00.00
$ 0.00
Cuentas por cobrar
Clientes
2,232,948.00
0.00
Deudores diversos
5,962.00
0.00
Impuestos por recuperar
0.00
0.00
Depósitos en garantía
0.00
0.00
Estimación de cuenta incobrables
(0.00)
(0.00)
TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE
$ 0.00
$ 0.00
Activo Fijo
Mobiliario y equipo de oficina
0.00
0.00
Equipo de Transporte
$ 0.00
$ 0.00
Maquinaria y Equipo
TOTAL ACTIVO FIJO
Pasivo
$ 0.00
$ 0.00
Proveedores
2,851 045.00
0.00
Compañías afiliadas
0.00
O 00
Otras cuentas por pagar
120 833.00
Total pasivo
(0.00)
Capital contable
(0.00)
Utilidades de ejercicios anteriores
(0.00)
(00.00)
Perdidas de ejercicios anteriores
(0.00)
-732,968.00
Resultado del periodo
-732,968.00
00.00
Total capital contable
totales
-$732 968.00
-$732,968.00
México, D.F., a 10 de marzo del 2010
Representante legal
José González Sanchis
(Rúbrica).
206-B1.-22 marzo, 5 y 16 abril.

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