ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNAN A LAS Y LOS CIUDADANOS QUE INTEGRARÁN LOS CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2018-2019, ASÍ COMO LAS SEDES EN DONDE SE INSTALARÁN

Fecha de publicación14 Enero 2019
SecciónCuarta Sección
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(Cuarta Sección)
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
CG-A-73/18
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL MEDIANTE EL CUAL SE
DESIGNAN A LAS Y LOS CIUDADANOS QUE INTEGRARÁN LOS CONSEJOS MUNICIPALES
ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2018-2019, ASÍ COMO LAS SEDES EN
DONDE SE INSTALARÁN CADA UNO DE ELLOS.
Reunidos en sesión ordinaria, en la sede del Instituto Estatal Electoral, las y los integrantes del Consejo
General, previa convocatoria de su Presidente y determinación del quórum legal, con base en los si guientes:
R E S U L T A N D O S
I. En fecha diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Edición
Matutina, en su Primera Sección, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político -
electoral.
II. El día veintitrés de mayo de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Edición
Matutina, en su Segunda Sección, el Decreto por medio del cual fue expedida la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
III. El día veintiocho de julio del año dos mil catorce, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución
Política del Estado de Aguascalientes, en materia político-electoral.
IV. En fecha dos de marzo de dos mil quince, se publicó en el Periódico Oficial del E stado de
Aguascalientes, Tercera Sección, Tomo LXXVIII, Núm. 9, el Decreto Número 152 por el que s e expide
V. En fecha once de julio del año dos mil dieciséis, se publicaron en el Periódico Oficial del Es tado de
Aguascalientes, Primera Sección, Tomo LXXIX, Núm. 28, los Decretos Números 354 y 355, por los que
se adicionaron diversos artículos del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes.
VI. En fecha siete de septiembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral
emitió el acuerdo INE/CG661/2016 “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO
NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL”, por medio del cual aprobó el Reglamento de Elecciones del
Instituto Nacional Electoral, junto con sus respectivos Anexos.
VII. En fecha veintinueve de mayo de dos mil diecisiete, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, el Decreto Número 91, por el que se adicionan, reforman y derogan diversas
VIII. En fechas veintidós de noviembre de dos mil diecisiete y diecinueve de febrero de dos mil dieciocho,
el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió los acuerdos INE/CG565/2017 “ACUERDO
DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE MODIFICAN
DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE ELECCIONES, EN TÉRMINOS DE LO
DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 441 DEL PROPIO REGLAMENTO” e INE/CG111/2018, “ACUERDO
DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE, EN
ACATAMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL
ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL EXPEDIENTE SUP-RAP-
749/2017 Y ACUMULADOS, SE MODIFICA EL ACUERDO INE/CG565/2017, QUE REFORMÓ
DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE ELECCIONES.” respectivamente, por medio
de los cuales hizo diversas modificaciones al Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral
y por ende a los Anexos aplicables.
IX. En fecha veintisiete de junio de dos mil dieciocho, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, Sección Extraordinaria, Tomo XIX, Núm. 16, el Decreto Número 334, por el que se
adicionan, reforman y derogan diversos artículos del Código Electoral para el Estado de
Aguascalientes, los cuales iniciaron su vigencia el primero de septiembre de dos mil dieciocho.
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X. En fecha diez de octubre del año dos mil dieciocho, en Sesión Extraordinaria del Consejo General del
Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, se declaró el inicio del Proceso Electoral Local 2018 -2019,
para la renovación de los H. Ayuntamientos del Estado.
XI. El día veintinueve de octubre de dos mil dieciocho se celebró el CONVENIO DE COLABORACIÓN
PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2018-2019, QUE CELEBRAN POR
UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, REPRESENTADO P OR EL
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, C.P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, CON LA
INTERVENCIÓN DE SU SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL LIC. RICARDO ENRIQUE
MORÁN FAZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO “EL GOBIERNO DEL
ESTADO”, Y POR LA OTRA EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL M. EN D. LUIS FERNANDO LANDEROS ORTIZ, EN SU
CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL, CON LA INTERVENCIÓN DEL
SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO GENERAL, M. EN D. SANDOR EZEQUIEL HERNÁNDEZ
LARA”, con la finalidad de que el Gobierno del Estado prestara el apoyo a este Instituto para llevar a
cabo el Proceso Electoral Local 2018-2019.
XII. En fecha tres de noviembre de dos mil dieciocho, este Consejo General emitió el acuerdo CG-A-58/18
“ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL
CUAL APRUEBA LA AGENDA ELECTORAL DEL PROCESO ELECTORAL 2018-2019 EN
AGUASCALIENTES, EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA RECAÍDA EN EL JUICIO PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, IDENTIFICADO
BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE TEEA-JDC-029/2018, EMITIDA POR EL TRIBUNAL
ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.” mediante el cual aprobó la Agenda Electoral
para el Proceso Electoral Local 2018-2019 en Aguascalientes.
XIII. Que el día cinco de noviembre de dos mil dieciocho, se emitió e inició la publicación en el sitio web
oficial de este Instituto y en diversos lugares públicos del Estado de Aguascalientes, la “Convocatoria
a las y los ciudadanos mexicanos interesados en participar en el procedimiento para la selección y
designación de integrantes de los Consejos Municipales en los cargos a la Presidencia del Consejo,
Secretaría Técnica y Consejerías Electorales, respectivamente, propietarias o propietarios y suplentes
que integrarán los 11 Consejos Municipales Electorales, que tendrán a su cargo la preparación,
desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral Local 2018-20191.
XIV. Que del cinco al doce de no viembre de dos mil dieciocho, estuvo disponible en el sitio web oficial de
este Instituto, el Sistema Informático de Registro de Aspirantes a Consejera(o) y Secretaria(o) Técnico,
en el que las y los ciudadanos interesados en participar en el procedimiento de selección y designación
como Consejeras (os) Presidentes, Secretarias (os) Técnicos y Consejeras (os) Electorales,
Propietarios y Suplentes2, pudieron registrar su intención de participar y llenar los formatos necesarios
para dicho efecto.
XV. Que la solicitud impresa y la documentación comprobatoria de los requisitos necesarios para poder
participar en el procedimiento de selección y designación, de aquellos ciudadanos y ciudadanas
que se interesaron en participar en él, pudo ser entregada a este Instituto en las oficinas que ocupa el
mismo, los días trece al veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho; y en los lugares habilitados para
tal efecto en las Presidencias Municipales de Calvillo, El Llano, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos
y Tepezalá los días catorce al dieciséis de noviembre del año dos mil dieciocho .
XVI. Que del día trece al veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho, una vez que las y los ciudadanos
acudieron a entregar la solicitud y documentación comprobatoria tendente a cumplir los requisitos
establecidos en la Convocatoria, en beneficio de la persona y en observancia del principio de certeza,
se realizaba en su presencia, por parte de personal del Instituto, la revisión de los documentos
presentados por las y los aspirantes registrados, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos
legales y curriculares. De ese modo, identificando alguna omisión en la documentación mostrada de
manera inmediata, se dio oportunidad de presentarla posteriormente de manera completa, dentro de
la fecha y horarios establecidos en la Convocatoria.
XVII. Que los días veintidós y veintitrés de noviembre de dos mil dieciocho, se publicó en los Estrados y en
el sitio web oficial de este Instituto, así como en las Presidencias Municipales citadas en el Resultando
XV de este acuerdo, la lista que contenía los nombres de las y los ciudadanos que cumplieron los
1 En adelante “Convocatoria”.
2 En adelante “procedimiento de selección y designación” .
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requisitos legales y curriculares y que por consecuencia pasaron a la etapa de Capacitación y
Evaluación, del procedimiento de selección y designación, garantizando en todo momento el
cumplimiento de los principios rectores de máxima publicidad y protección de datos personales.
XVIII. Que el día veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho, se impartió en las oficinas de este Instituto,
a las y los aspirantes del procedimiento de selección y designación, el curso de capacitación
correspondiente, a fin de que con los conocimientos obtenidos en él, presentaran el examen de
conocimientos del referido procedimiento. Cabe destacar que de los días veinticuatro al veintinueve de
noviembre de dos mil dieciocho, estuvo disponible el curso de capacitación referido en su modalidad
en línea en el sitio web oficial de este Instituto, donde aquellas y aquellos interesados en tomar el
curso por este medio, pudieron hacerlo.
XIX. El día treinta de noviembre de dos mil dieciocho, se llevó a cabo la etapa de Evaluación del
procedimiento de selección y designación, en las instalaciones del Centro Regional de Educación
Normal de Aguascalientes3, en la que las y los aspirantes realizaron el examen de conocimientos .
XX. El día cinco de diciembre de dos mil dieciocho, fue publicada en los Estrados, en el sitio web oficial del
Instituto y en las Presidencias Municipales citadas en el Resultando XV de este acuerdo, la lista de
aquellas y aquellos aspirantes que, de acuerdo a los resultados del examen de conocimientos, fueron
considerados idóneos para continuar en las etapas siguientes del procedimiento de selección y
designación. Es de hacerse notar que en esta lista fue publicado el resultado de cada uno de los y
las aspirantes con el correspondiente número de folio, así como la fecha, hora y sede, en que cada
uno de ellos sería entrevistado, garantizando en todo momento el cumplimiento de los principios
rectores de máxima publicidad y protección de datos personales
XXI. En los días del seis al doce de diciembre de dos mil dieciocho, se llevó a cabo la etapa de entrevistas
de las y los aspirantes participantes en el procedimiento de selección y designación, en las
instalaciones de este Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, por parte de los Consejeros
Electorales y el Secretario Ejecutivo de este Consejo General. En esta etapa también se realizó una
valoración curricular de las y los referidos aspirantes.
XXII. En fecha quince de diciembre de dos mil dieciocho, se notificó a los partidos políticos integrantes del
Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, un oficio mediante el cual se les hizo
de su conocimiento, la lista de aspirantes que participaron en la Convocatoria para integrar los
Consejos Municipales Electorales para el Proceso Electoral Local 2018-2019 que resultaron aptos en
el examen de conocimientos y accedieron a la etapa de la entrevista, esto con la finalidad de que en
caso de que conocieran algún hecho que imposibilitara la eventual elegibilidad de alguna de las
personas aspirantes, lo hicieran del conocimiento de esta autoridad.
XXIII. El día dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho, se recibió en la Oficialía de partes de este Instituto,
el escrito signado por la C. Judith Baca Morales, Representante del Partido político MORENA, en el
que atendiendo a lo indicado en el Resultando inmediato anterior, presentó observaciones respecto a
la ciudadana Luz Gabriela Gutiérrez Acevedo y el ciudadano Miguel Ángel Montoya Landeros.
XXIV. En fecha diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho, se notificó mediante los oficios
IEE/P/4603/2018 e IEE/P/4604/2018, a las personas mencionadas en el Resultando anterior, para
efecto de que tuvieran conocimiento de las observaciones planteadas por el mencionado partido
político y ejerciendo su garantía de audiencia, contestaran en el término de cuarenta y ocho horas
contadas a partir de la notificación, lo que a su derecho conviniera.
XXV. El mismo diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho, se recibieron en la Oficialía de partes del
Instituto, escritos presentados por la ciudadana Luz Gabriela Gutiérrez Acevedo y el ciudadano Miguel
Ángel Montoya Landeros, mediante los cuales presentaron sus manifestaciones respecto a lo señalado
por parte del partido político MORENA.
XXVI. En fecha veinte de diciembre de dos mil dieciocho, la Junta Estatal Ejecutiva del Instituto Estatal
Electoral de Aguascalientes llevó a cabo la evaluación de las y los aspirantes, de acuerdo al resultado
que cada uno de ellos obtuvo en las distintas etapas del procedimiento de selección y designación;
así mismo, se ponderaron diversos criterios orientadores, contenidos en la Convocatoria , a efecto de
3 Esta sede fue designada por el Consej ero Presidente del Consejo General, de acuerdo a sus facultades de representación jur ídica
del Instituto Estata l Electoral de Aguascalientes, contenidas en el artículo 76 fracción IX del Código Electoral para el Estado de
Aguascalientes y con fundamento en la Base “Capacitación y Evaluación” de la Convocatoria.

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