Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, mediante el cual se aprueba el Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de las Organizaciones de Ciudadanos que manifiesten su interés en constituirse como Partido Político Local de la Ciudad de México, con motivo de la expedición y entrada en vigor del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México aprobados en sesión pública el cuatro de agosto de dos mil diecisiete. (Aclaración)

34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 14 de Septiembre de 2017

INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LIC. RUBÉN GERALDO VENEGAS, SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 31, 32, 33, 36, 37, fracción VI, 86, fracciones I y IX, 110, Fracciones I y III y 113 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, y con la finalidad de cumplir con los principios de transparencia, certeza y publicidad, hago del conocimiento público la siguiente:

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, mediante el cual se aprueba el Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de las Organizaciones de Ciudadanos que manifiesten su interés en constituirse como Partido Político Local de la Ciudad de México, con motivo de la expedición y entrada en vigor del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México aprobados en sesión pública el cuatro de agosto de dos mil diecisiete. (Aclaración).

ÚNICO.- Como resultado de la revisión al Acuerdo publicado el 17 de agosto de 2017, debe quedar como sigue:

Artículo 93. 2026

I a III. 2026

  1. Al término del plazo establecido en el inciso e), del numeral 7 de la fracción anterior, la persona liquidadora procederá a dar la baja del Registro Federal de Contribuyentes ante las autoridades hacendarias y rendir un informe...

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