ACUERDO DONDE SE AUTORIZA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Fecha de publicación20 Enero 2020
SecciónTercera Sección
Pág. 20 PERIÓDICO OFICIAL Enero 20 de 2020
(Tercera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE CALVILLO
El Honorable Ayuntamiento de Calvillo, Aguascalientes, en Sesión extraordinaria celebrada el día de hoy,
en uso de las facultades que le confieren los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 70 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y 36 de la Ley Municipal
del Estado de Aguascalientes, ha tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO: Se autoriza el Programa Municipal de Manejo de Residuos Sólidos Urbanos, consistente
en el anexo que forma parte del presente acuerdo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Cúmplase y Publíquese el presente en el Periódico Oficial del Estado para los efectos
legales conducentes.
Dado en el Salón de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Calvillo, Aguascali entes, a los dieciocho días del
mes de diciembre del año de dos mil diecinueve.
Mtro. Adán Valdivia López
Presidente Municipal.
C. David López López
Primer Regidor.
C. Ana Cecilia Medina Delgado
Segunda Regidora.
C. Guillermo Contreras Blancas
Tercer Regidor.
C. Ma. Luisa Hernández López.
Cuarta Regidora.
C. Roberto Ponce Martínez.
Quinto Regidor.
Lic. Alina Selene Rodríguez Gaytán
Sexta Regidora.
Prof. Enrique Peña Alba
Séptimo Regidor.
C. Rosa Martha Viramontes Hernández
Octava Regidora.
Lic. Ma. Inosencia Ramos de Lara
Síndica Municipal.
LAE. Fernando Figueroa Ortega
Secretario de Gobernación y del H. Ayuntamiento
LAS FIRMAS SE REFIEREN AL ACUERDO DONDE SE AUTORIZA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE MANEJO
DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS -----
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PROGRAMA MUNICIPAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS
URBANOS DEL MUNICIPIO DE CALVILLO, AGUASCALIENTES.M
1.- Resumen Ejecutivo
Introducción
Los residuos sólidos son las partes que quedan de algún producto y se conoc en comúnmente como basura. Se
puede considerar que los residuos sólidos son generados como resultado de las actividades que realiz a la
población para su subsistencia y para la obtención de insumos en los diferentes sectores productivos como so n el
comercio, la industria, el sector agropecuario y el de servicios.
Aunado a lo anterior, la propaganda encaminada a favorecer el consumo excesivo de productos superflu os y
prescindibles aumenta el problema de la generación y acumulación de residuos sólidos, lo cual se con vierte cada
día en algo más difícil de resolver.
Los residuos sólidos municipales significan, quizá el eslabón más sensi ble de los que vinculan a la población con
las autoridades municipales. La menor falla en el servicio público de limpia ocasion a severas críticas hacia estas
últimas.
Por lo que es necesario que los Municipios cuenten con indicadores precisos que les permitan planear y
programar sus acciones e inversiones en el corto, mediano y largo plazo, ya sea para incrementar su
infraestructura o para incorporar nuevas tecnologías.
Nivel Federal
El artículo 115Constitucional, confiere a los Municipios la responsabilida d de administrar y otorgar a la población
la dotación y operación de servicios públicos.
La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR), publicada el 8 de Octubre de 2003,
otorga el marco jurídico para la gestión y marca en los siguientes artículos que:
Artículo 10.- Los Municipios tienen a su cargo las funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos, qu e
consisten en la recolección, traslado, tratamiento, y su disposición final, conforme a las siguientes facultades:
I. Formular, por sí o en coordinación con las Entidades Federativas, y con la participación de represent antes
de los distintos sectores sociales, los Programas Municipales para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos Sólidos Urbanos, los cuales deberán observar lo dispuesto en el Programa Estatal para la
Prevención y Gestión Integral de los Residuos correspondiente.
Artículo 26.- Las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán
elaborar e instrumentar los programas locales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos
urbanos y de manejo especial, de conformidad con esta Ley, con el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral
de Residuos y demás disposiciones aplicables. Dichos programas deberán contener al menos lo siguiente:
I. El diagnóstico básico para la gestión integral de residuos de su competencia, en el que se precise la
capacidad y efectividad de la infraestructura disponible para satisfacer la demanda de servicios;
II. La política local en materia de residuos sólidos urbanos y de manejo especial;
III. La definición de objetivos y metas locales para la prevención de la generación y el mejoramiento de la
gestión de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, así como las estrate gias y plazos para su
cumplimiento;
IV. Los medios de financiamiento de las acciones consideradas en los pro gramas;
V. Los mecanismos para fomentar la vinculación entre los programas municipales corres pondientes, a fin de
crear sinergias, y
VI. La asistencia técnica que en su caso brinde la Secretaría.
Los principios básicos que rigen la gestión integral de los RSU están defin idos en la Ley, estableciendo en el
artículo 99las consideraciones que deberán tener en cuenta los Municipios para ll evar a cabo las acciones
necesarias para la prevención de la generación, la valorización y la gestión integra l de los RSU y señalando en el
artículo 100 las prohibiciones que podrá contener la legislación que expidan las Entidades Federativas, en
relación con la generación, manejo y disposición final de los RSU.
En el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos se expresa que para su
implementación requiere de la participación de los tres órdenes de gobi erno y del Sector Empresarial y de todos
los sectores de la sociedad para:
Elaboración, actualización e implementac ión de Programas Estatales y Municipales para la Prevención y
Gestión Integral de Residuos.
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Dicho Programa tiene como objetivo general para la Gestión Integral de los RSU el siguiente: “Contribuir con el
desarrollo sustentable de México a través de la promoción de cambios e n los modelos de consumo y producción
por la población, así como del establecimiento de los mecanismos que fomenten la prevención y gestió n integral
de los residuos sólidos urbanos, con acciones ambientalmente adecuadas, técnic amente factibles,
económicamente viables y socialmente aceptables, así como prevenir las afectaciones a la salud pública de l a
población por la exposición a los residuos sólidos urbanos y la recolección y disposición final ade cuada en
cualquier localidad del país.”
Nivel Estatal
En la Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes publicada el 25 de octubre de 2010, dond e
se señalan las siguientes competencias y obligaciones:
Artículo 10.- Corresponde a los Ayuntamientos:
XVI.- Aplicar las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente
ocasionados por el manejo de los residuos municipales e industriales que no estén considerados como
peligrosos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General, la pres ente Ley y demás ordenamientos
aplicables;
XVII.- Preservar, restaurar y proteger el ambiente en los centros de población, en relación con los efectos
derivados de los servicios públicos, de su competencia.
Artículo 170.- Corresponde a los Municipios:
I.- Proponer la expedición de lineamientos y criterios en materia de generación, recolección, almac enamiento,
transporte, alojamiento, reuso, tratamiento, estaciones de transferencia y centros de confinamiento
temporal y disposición final de residuos sólidos municipales;
II.- Tomar las medidas preventivas necesarias para evitar contingencias ambientales;
III.- Inspeccionar y vigilar el cumplimiento de esta Ley, su reglamento y las normas oficiales mexicanas en
materia de generación, recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento, reusó, estaciones de
transferencia, centros de confinamiento temporal y disposición final de re siduos no peligrosos en el ámbito
de su competencia; y
IV.- Solicitar al generador o al prestador de serv icios de residuos no peligrosos, un plan de contingencias
ambientales.
En él Reglamento en Materia de Prevención y Gestión Integral de los Residuos publicada el 29 de noviembre de
2010, donde se señala las siguientes competencias y obligaciones:
Artículo 5º.- La aplicación de lo dispuesto en este Reglamento compete al Poder Ejecutivo del Estado a través de
la Secretaría y la Procuraduría, así como a los Ayuntamientos de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas
competencias.
Artículo 6º.-Corresponde al Estado a través de la Secretaría ejercer las atribuciones establecidas por el artículo 9 º
de la Ley General en relación a la gestión y manejo integral de residuos de manejo especial y sólidos urbanos;
por las fracciones I, II, III y V a XXI del artículo 9º de la Ley General por los artículos 7º y 133 de la Ley, y las
siguientes:
I.- Formular, ejecutar, dar segui miento y evaluar el cumplimiento del Programa Estatal para la Prevenc ión y
Gestión Integral de los Residuos, así como evaluar los Programas municipales que se emitan en materia
de residuos sólidos urbanos.
Artículo 8º.- Los Ayuntamientos del Estado, deberán ejercer las atribuciones previstas en el artículo 10º de la Ley
General y 9º y 134 de la Ley, así como lo siguiente:
I.- Formula y ejecutar el Programa Municipal para la Prevención y Gesti ón Integral de los Residuos Sólidos
Urbanos, con base a los lineamientos establecidos por el Instituto a través del Programa a que se refiere la
fracción I del artículo 6º del presente Reglamento.
Nivel Local
A nivel Local El H. Ayuntamiento de Calvillo en su Plan Municipal de Desarrollo 2019-20 21, establece las
siguientes líneas de acción para el manejo de residuos sólidos urbanos:
Manejar y confinar responsablemente la basura, los residuos tóxicos, el material RPBI y basura
tecnológica. Estableciendo sistemas especializados de recolección de residuos de manera obligatori a al
emisor y disposición responsable de desechos.
Establecer un plan de manejo responsable que promueva la cultura de separac ión de basura.

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