ACUERDO AS/025/2018. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Fecha de publicación | 31 Diciembre 2018 |
Sección |
Pág. 18 PERIÓDICO OFICIAL Diciembre 31 de 2018
(Primera Sección)
NOVENO.- Todo el personal comisionado normará su actuación conforme a lo establecido en el Código
de Ética y Código de Conducta, ambos del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes.
DÉCIMO.- Los Informes del Resultado se elaborarán conforme a los requisitos establecidos en la Ley de
Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes y contendrán los resultados y, en su caso, las observa-
ciones que podrán derivar en:
I. Acciones promovidas: incluyendo solicitudes de aclaración, pliegos de observaciones, promociones de
intervención de la instancia de control competente, promociones del ejercicio de la facultad de comprobación
scal, promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria, denuncias de hechos y denuncias de
juicio político.
II. Recomendaciones: incluyendo las referentes al desempeño.
DÉCIMO PRIMERO.- Las acciones que se deriven del Informe del Resultado, se noticarán con dicho
informe a las entidades scalizadas o autoridad que corresponda su atención, en los tiempos que establece
la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes y demás normatividad aplicable.
DÉCIMO SEGUNDO.- Los servidores públicos del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
Aguascalientes darán seguimiento a las observaciones, acciones y recomendaciones, hasta su conclusión
en términos de las disposiciones aplicables.
TRANSITORIO
Único.- Los presentes Criterios entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico
Ocial del Estado.
Dado en las ocinas del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes, a los diecinueve
días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.
EL AUDITOR SUPERIOR DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN,
C.P. SERGIO ESCALANTE JIMÉNEZ PCCAG.
ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
ACUERDO AS/025/2018
C.P. SERGIO ESCALANTE JIMÉNEZ, Auditor Superior del Órgano de Fiscalización del Estado de Aguasca-
lientes, en ejercicio de la facultad que me conere el artículo 27 A, párrafo primero, de la Constitución Política
del Estado de Aguascalientes y con fundamento en los artículos 24 fracción II, 100, fracciones I, V, XI y XXVII
de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes; 6 del Reglamento Interior del Órgano Su-
perior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes; en atención a las necesidades de esta institución, he
tenido a bien expedir el siguiente:
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
El presente Código de Conducta se emite en cabal observancia de la Norma Profesional de Auditoría del
Sistema Nacional de Fiscalización número 30, y se inscribe bajo el marco de integridad que impulsa el Ór-
gano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes, con la nalidad de que los servidores públicos
que laboran en él, mantengan como primicia el criterio sobre los principios y valores que rigen la actuación
cotidiana del personal en el ámbito de su desempeño laboral en cualquier lugar, situación o contexto en que
ejerciten una función de carácter ocial.
Que dicha actuación de los servidores públicos del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
Aguascalientes, se vincule estrictamente con la imagen y prestigio que reviste esta Entidad de Fiscalización
Superior, por lo que se conducirán con integridad, legalidad, lealtad, honestidad, responsabilidad y objetividad.
El comportamiento del personal deberá ser el idóneo, de tal manera que se convierta en el reejo de la imagen
de la institución que se representa.
Para el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes es menester resguardar la certeza
y conanza que los entes públicos esperan de quienes llevan a cabo las tareas de scalización de los recur-
sos públicos, motivos sucientes para fortalecer el desarrollo del personal que forma parte de esta entidad.
En razón de lo antes expuesto y fundado, tengo a bien expedir el presente Código de Conducta, al tenor
de lo siguiente:
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