Acuerdo. Por el que se aprueban los lineamientos generales. Acuerdos. Por los que se aprueban las cuentas públicas de los siguientes municipios: apizaco, tepetitla de lardizábal y santa ana nopalucan, correspondientes al ejercicio fiscal de 2014. Acuerdos. Por los que se aprueban las cuentas públicas siguientes: patronato para las exposiciones y ferias en la ciudad de Tlaxcala, instituto de catastro del Estado de tlaxcala y la comisión de agua potable y alcantarillado del municipio de tlaxcala, correspondientes al ejercicio fiscal 2014.

Fecha de publicación09 Septiembre 2015
Número de Gaceta36-2ª SECC
2 párrafo segundo, 5 fracción I, 7, 9 fracción III, y 10 apartado B fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala;3, 12, 13 y 14, fracción IV del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala; y con base en la exposición que motiva este acuerdo, se aprueban los siguientes lineamientos generales 1) Todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, tienen derecho a intervenir en la deliberación legislativa en condiciones de igualdad por lo cual, tienen derecho a conocer el orden del día, mismo que deberá ser distribuido al menos 24 horas antes de que vaya a ser abordado en la sesión de que se trate, a efecto de involucrarse en las sesiones en las que se analice lo relativo a la aprobación de las cuentas públicas de los entes fiscalizables

2) Para la discusión, el Pleno en ejercicio de su facultad deliberativa para la toma de decisiones, podrá dispensar la lectura de los antecedentes y del capítulo de consideraciones de cada dictamen, hasta el rubro denominado estudio de fondo de las cuentas públicas de los entes fiscalizables siempre y cuando exista una razonable coincidencia en esos rubros entre las diversos dictámenes de las cuentas públicas que se hayan listado en el orden del día, para lo cual, la Junta de Coordinación y Concertación Política, previo al desarrollo de la sesión respectiva verificara tal circunstancia

3) De no haber objeción fundada de alguna diputada o diputado, se procederá a la lectura íntegra del primero de los dictámenes que sea sometido a consideración del Pleno, y de los subsecuentes, se omitirá los rubros en los que existe razonable coincidencia con el primero, y solo se leerá del rubro estudio de fondo hasta el proyecto de acuerdo, sometiéndose a discusión y votación siguiendo las reglas que para ello prevé la Ley y el...

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