Acuerdo Que Aprueba Expedir el Reglamento para la Elaboración de Valores Unitarios de Terreno y Construcción del Municipio de Coquimatlán, COLIMA.

Tomo 104, Colima, Col., Sábado 26 de Octubre del año 2019; Núm. 77 pág. 2

DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO DE COQUIMATLÁN, COLIMA

ACUERDO

QUE APRUEBA EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN DE VALORES UNITARIOS DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA.

DICTAMEN RELATIVO A EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LAS TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA.

MCP. JOSÉ GUADALUPE BENAVIDES FLORIÁN, Presidente Municipal de Coquimatlán, a sus habitantes, sabed:

Que el H. Cabildo Municipal se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

DICTAMEN RELATIVO A EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LAS TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA.

El Honorable Cabildo Municipal de Coquimatlán, con fundamento a los artículos 116 y 117 fracción I de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, en relación con los artículos 43 y 50 del Reglamento que rige el Funcionamiento de las Sesiones y Comisiones del Ayuntamiento de Coquimatlán, Col., y 68 del Reglamento del Gobierno Municipal de Coquimatlán, Colima; ha tenido a bien aprobar el presente Dictamen, conforme a los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S

PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 115, señala que los estados tienen como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el municipio libre, a quien se dota de personalidad jurídica y de la facultad de manejar su patrimonio conforme a la ley, disponiéndose que éstos son gobernados por los ayuntamientos.

A su vez, dicha carta magna otorga de facultades a los ayuntamientos para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

Con base al artículo 45 fracción I inciso a) de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; son facultades y obligaciones de los ayuntamientos por conducto de su cabildo aprobar los reglamentos que sean de competencia municipal.

Que en términos de lo dispuesto por las fracciones I y III del artículo 108 y del Reglamento de Gobierno Municipal de Coquimatlán, los integrantes de esta Comisión somos competentes para estudiar, analizar y dictaminar las iniciativas de acuerdo, relativas a expedir los reglamentos municipales, en términos de los artículos 116 y 118 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

SEGUNDO. Como se advierte en el considerando anterior, este Cabildo cuenta con facultades para expedir reglamentos que fortalezcan la actividad gubernamental del Ayuntamiento, en el caso particular, se busca que los contribuyentes del municipio, lo hagan bajo los principios de proporcionalidad y equidad tributaria, esto es, resulta trascendental para la contribución del gasto público, que las leyes y reglamentos se actualicen de manera constante para, precisamente, respetar esos dos principios básicos en materia tributaria.

Asimismo, consideramos necesario el presente reglamento que se dictamina, siendo que con ello Coquimatlán se pone a la vanguardia en materia de tablas de valores unitarios de terreno y construcción, tablas que servirán para determinar el valor de los inmuebles en el Municipio, otorgando certeza y seguridad jurídica a los coquimatlénses en la determinación del pago de sus contribuciones.

Bajo ese orden de ideas, se pone a la consideración de los integrantes de este H. Cabildo el Dictamen con proyecto de

ACUERDO

ÚNICO.- Se aprueba expedir el Reglamento para la Elaboración de las Tablas de Valores Unitarios de Terreno y Construcción del Municipio de Coquimatlán, Colima, para quedar como sigue:

REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LAS TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 16
ARTICULO 1 Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público y de observancia general, atiende lo dispuesto en el artículo 115, fracción IV, inciso c), párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estado Unidos

Mexicanos, así como el artículo 90, fracción IV, inciso a), párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, los incisos a), b), c), d) y e) de la fracción II del artículo 45 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, el artículo 126 y demás relativos de la Ley del Instituto del Registro del Territorio del Estado de Colima y su Reglamento.

ARTICULO 2 El presente ordenamiento tiene por objeto establecer las normas aplicables en la elaboración de la propuesta de tablas de valores unitarios de terreno y de construcción para el Municipio de Coquimatlán, Colima.
ARTÍCULO 3 Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
  1. Ayuntamiento: Al Ayuntamiento del Municipio de Coquimatlán, Colima;

  2. Cabildo: Al Honorable Cabildo del Municipio de Coquimatlán, Colima, integrado por el Presidente Municipal, el Síndico Municipal y los Regidores;

  3. Calidad de construcción: A la clasificación dada a una construcción según los materiales empleados y sus acabados;

  4. Congreso del Estado: Al H. Congreso del Estado de Colima;

  5. Dirección General: A la Dirección General de Catastro del Ayuntamiento del Municipio de Coquimatlán, Colima;

  6. Estado de conservación: A las condiciones físicas en que se encuentra la construcción al momento de practicar la valuación o revaluación;

  7. Ley Estatal: A la Ley del Instituto para el Registro del Territorio del Estado de Colima;

  8. Municipio: Al Municipio de Coquimatlán, Colima;

  9. Padrón Catastral Municipal: Al conjunto de registros en los que se contienen los datos generales y particulares de los predios y/o bienes inmuebles ubicados en el Municipio;

  10. Predio y/o bien inmueble:

    1. El terreno con o sin construcción cuyos linderos forma un perímetro;

    2. Cada lote en que se subdivide un terreno con linderos que forma un nuevo perímetro con o sin construcción;

    3. La fracción de un condominio legalmente constituido y la parte proporcional de las áreas comunes;

    4. El que resulte de la fusión de dos o más predios con o sin construcción cuyos linderos formen un perímetro;

  11. Predio edificado: Al predio que cuente con construcciones permanentes;

  12. Predio no edificado: Al predio que carece de construcciones permanentes o que, estando ubicado dentro de la zona urbana de una ciudad, tenga construcciones permanentes en un área inferior al 25% de la superficie útil construible y que, al practicar el avalúo de la construcción, ésta resulte con un valor inferior al 50% del valor del terreno;

  13. Predio rústico: Al predio que está localizado fuera de la zona urbana, sin importar el régimen legal de tenencia que tenga;

  14. Predio urbano: Al predio que está localizado dentro de la zona urbana;

  15. Reglamento: Al presente Reglamento para la elaboración de las Tablas de Valores Unitarios de Terreno y de Construcción del Municipio de Coquimatlán, Colima;

  16. Revaluación catastral: Al conjunto de actividades técnicas realizadas para asignar nuevo valor catastral a un predio y/o bien inmueble;

  17. Sector catastral: A la delimitación de las áreas comprendidas de una zona catastral con características similares en cuanto a usos del suelo, servicios públicos y su calidad, edad, estado y tipo de desarrollo urbano, densidad de la población, tipo y calidad de las construcciones e índices socioeconómicos;

  18. Tabla de valores unitarios de terreno y de construcción: A las gráficas o documentos que señalan los valores por metro cuadrado, que servirán para evaluarlos; atendiendo en cuanto a terrenos, a su condición urbano o rústico

    y a sus características intrínsecas y por lo que hace a las construcciones a los diferentes tipos de construcción, categorías, elementos que los constituyen, estado de conservación y demás factores que les corresponda;

  19. Tipo de construcción: A la clasificación de una construcción atendiendo a su diseño y métodos de construcción empleados;

  20. Uso y grado de aprovechamiento: A las actividades vinculadas con la utilidad, explotación y/o servicios que brinda un predio;

  21. Valor catastral: Al que la Dirección General de Catastro asigne a cada uno de los predios ubicados en el territorio del Municipio, de conformidad a los procedimientos establecidos en este Reglamento y la Ley Estatal;

  22. Valuación catastral: Al conjunto de actividades técnicas realizadas para asignar un valor catastral, por primera vez, a un predio;

  23. Valor unitario de construcción: Al determinado para las distintas clasificaciones de construcción por unidad de superficie;

  24. Valor unitario de terreno: Al determinado para el suelo por unidad de superficie en cada sector catastral; y

  25. Zonas catastrales: A las áreas en la que se divide el territorio del Municipio.

ARTÍCULO 4 La aprobación de las tablas de valores unitarios de terreno y de construcción del Municipio de Coquimatlán, Colima,...

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