Acuerdo por el que se aprueba la Creación del Sistema de Datos Personales

Fecha de publicación23 Agosto 2013
EstadoVeracruz
MunicipioXalapa
COMISIÓN MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO DE XALAPA, VER.
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En la Séptima Sesión Ordinaria de fecha 15 de julio de
2013, el Órgano de Gobierno de la Comisión Municipal de Agua
Potable y Saneamiento de Xalapa, Veracruz, dictó el siguiente:
ACUERDO 085/OG/2013. Los integrantes del Órgano de
Gobierno en ejercicio de las atribuciones que confieren los
artículos 6 párrafo segundo fracción II y 16 párrafo segundo
6 y 67 fracción IV de la Constitución Política del Estado de
Veracruz; 1, 3, 6 fracción XII, 7, 10 y 40 de la Ley 581 para la
Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz; 6 y 7
de los Lineamientos para Tutela de los Datos Personales en el
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, aprueba por unani-
midad la creación de los Sistemas de Datos Personales de la
Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa,
Veracruz, por lo que para debida constancia es incluido a con-
tinuación, ordenándose su publicación en los términos de ley.
El Órgano de Gobierno de la Comisión Municipal de Agua
Potable y Saneamiento de Xalapa, Ver., en ejercicio de las atri-
buciones que confieren los artículos 6 párrafo segundo frac-
ción II y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 6 y 67 fracción IV de la Constitu-
ción Política del Estado de Veracruz; 1, 3, 6 fracción XII, 7,
10 y 40 de la Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales
en el Estado de Veracruz; 6 y 7 de los Lineamientos para Tute-
la de los Datos Personales del Estado de Veracruz de Ignacio
de la Llave, tiene a bien expedir la creación de los Sistemas de
Datos Personales de la Comisión Municipal de Agua Potable
y Saneamiento de Xalapa, Ver., conforme a los siguientes:
C O N S I D E R A N D O
Primero. Mediante Decreto número 547, publicado en la
Gaceta Oficial de Veracruz, número extraordinario 140, de fecha
30 de abril de 2009, se autorizó al Honorable Ayuntamiento de
Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, la creación del organis-
mo descentralizado de la administración pública municipal de-
nominado COMISIÓN MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO DE XALAPA, VERACRUZ con personalidad
jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es la prestación del
servicio público de agua potable, drenaje, alcantarillado, trata-
miento y disposición de aguas residuales, en términos de los
artículos 78 y 79, de la Ley Orgánica del Municipio Libre.
El Órgano de Gobierno de la Comisión Municipal de Agua
Potable y Saneamiento de Xalapa, Ver, en sesión ordinaria cele-
brada el día primero de enero del año dos mil once, y con las
facultades contenidas en el artículo 38, fracción XIV de la Ley
21 de Aguas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,
emitió su reglamento interior.
Segundo. En el artículo 33 de la Ley número 21 de Aguas
del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran
establecidas las atribuciones legales, de la Comisión Munici-
pal de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa, Ver.
Tercero. Que el artículo 1° de Ley 581 para la Tutela de
Datos Personales en el Estado de Veracruz, expresa que el obje-
to de la misma, es establecer los principios, derechos, obligacio-
nes y procedimientos que regulan la protección y tratamiento
de los datos personales en posesión de los entes públicos.
Cuarto. Que la Comisión además de fungir como Organismo
Operador de los servicios de agua potable, saneamiento, alcan-
tarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, tam-
bién le deviene el carácter de ente público de conformidad con
el artículo 6 fracción VI de la Ley 581 para la Tutela de Datos
Personales en el Estado de Veracruz, responsable del tratamien-
to y protección de datos personales contenidos en sus siste-
mas de datos personales por lo que debe cumplir las normas
aplicables en la materia.
Quinto. Que el artículo 3 de la Ley 581 para la Tutela de
Datos Personales en el Estado de Veracruz, dispone que los
entes públicos, en el ámbito de su competencia, deberán pro-
mover, respetar, proteger y garantizar la seguridad de los datos
personales que obren en su poder.
Sexto. Que con base en el artículo 10 de la Ley 581 para la
Tutela de Datos Personales en el Estado de Veracruz, cada ente
público determinará, a través de su titular o, en su caso, del
área correspondiente, la creación, modificación o supresión
de sistemas de datos personales, conforme a su ámbito de com-
petencia, con respecto a los principios y garantías estableci-
dos en esta Ley.
Séptimo. Que por sistema de datos personales debe en-
tenderse todo conjunto organizado de archivos, registros, fi-
cheros, bases o banco de datos personales de los entes públi-
cos, cualquiera que sea la forma o modalidad de su creación,
almacenamiento, organización y acceso.
Octavo. Que el acuerdo de creación, modificación o supre-
sión de datos personales debe contener:
1. La Finalidad del Sistema de datos personales y los usos
previstos para el mismo;
2. El origen de los datos y el grupo de personas al que va
dirigido;
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3. Las personas o grupos de personas sobre los que se preten-
da obtener datos de carácter personal o que resulten obliga-
dos a suministrarlos;
4. El procedimientos de recopilación de los datos de carácter
personal;
5. La estructura básica de los sistemas de datos personales y
descripción de los tipos de datos incluidos en el mismo;
6. La cesión de la que puedan ser objeto los datos;
7. Las instancias responsables del tratamiento del sistema de
datos personales;
8. La Unidad Administrativa ante la que podrán ejercitarse los
derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición;
9. El plazo de conservación de los datos; y
10. El nivel de protección exigible.
Noveno. Que el apartado 7 de los Lineamientos para la
Tutela de Datos Personales del Estado de Veracruz, establece
que los sistemas de datos personales deben identificarse de
los archivos, registros, ficheros o bancos de datos que son
producto de las actividades sustanciales que señale la
normatividad aplicable, por lo que después de revisar la orga-
nización documental, trámites y procedimientos que desarro-
llan, implementan o ejecutan las áreas administrativas de este
Organismo Operador, se detectó la existencia de 10 sistemas
de datos personales que contempla el art. 6 fracción XII de la
Ley 581 para la Tutela de Datos Personales en el Estado de
Veracruz, los cuales son:
1) Sistema de datos personales del padrón de usuarios de la
Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento de
Xalapa, Ver., a través del Departamento de Factibilidades
se verifica y analiza toda la documentación que proporcio-
nan los usuarios que requieran el servicio de agua potable,
drenaje y saneamiento; asimismo para el trámite, toda docu-
mentación entregada se utilizará para crear una facturación
mensual.
2) Sistema de datos personales de integración de expedien-
tes en el registro del padrón de proveedores y contratistas,
de la Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento
de Xalapa, Ver., a través del Órgano de Control Interno se
elabora un catálogo de proveedores el cual recolecta datos
personales que se inscriben en el mencionado catálogo, lo
que constituye un banco de datos personales que es sujeto
de tratamiento y protección de este Acuerdo.
3) Sistema de datos personales del control de quejas y proce-
dimientos administrativos disciplinarios de los servidores
públicos de la Comisión Municipal de Agua Potable y Sa-
neamiento de Xalapa, Ver., el Órgano de Control Interno tie-
ne la atribución de dar seguimiento a las quejas que se pre-
senten en contra de los servidores públicos de la Comisión
Municipal de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa, Ver.,
procedimiento a través del cual se recopilan datos
identificativos y laborales.
4) Sistema de datos personales de recursos humanos de la
Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento de
Xalapa, Ver., en la contratación, ingreso, designación, pago
de nómina, cumplimiento de obligaciones fiscales y pa-
tronales, integración de expediente del personal que labo-
ra o laboró en la Comisión, registro de asistencia, se reco-
pilan datos personales identificativos, electrónicos, patri-
moniales, laborales, de salud, biométricos e incluso datos
sensibles, cuyo soporte jurídico se establece en diversos
ordenamientos administrativos, contable y fiscales aplica-
bles a esta Comisión.
5) Sistema de datos personales de los expedientes de
prestadores del servicio social de la Comisión Municipal
de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa, Ver., como par-
te del vínculo de la Comisión con la sociedad y en cumpli-
miento a las reglas para la prestación de servicio social, la
Unidad de Capacitación recopila la información personal
de estudiantes para efectos de control y seguimiento.
6) Sistema de datos personales de los expedientes de solici-
tudes de acceso a la información de la Comisión Munici-
pal de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa, Ver., en el
artículo 56.1 de la Ley de Transparencia y Acceso a la In-
formación Pública del Estado de Veracruz, establece como
requisitos el nombre, domicilio o correo electrónico para
el ejercicio del derecho de acceso a la información a tra-
vés de sus distintas modalidades (escrito libre, formato,
correo electrónico, sistema Infomex) ante esta Comisión,
así mismo durante el trámite y respuesta también son re-
copilados datos personales para la comprobación de
personería, por lo que integran un conjunto de registros
que constituyen un sistema de datos personales de esta
Comisión.
7) Sistema de datos personales de los expedientes del recur-
so de revisión interpuestos contra la Comisión Municipal
de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa, Ver., en su cali-
dad de sujeto obligado esta Comisión recibe información
personal del solicitante que interpone el recurso, en con-
secuencia cumple con los elementos requeridos para con-
siderar un sistema de datos personales.
8) Sistema de datos personales de los asuntos jurisdicciona-
les de la Comisión Municipal de Agua Potable y Sanea-
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