Acuerdo por el Que Se Aprueba la Convocatoria para los Representantes de la Sociedad CIVIL.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 10 de Junio del año 2017; Núm. 40 pág. 55.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO

DIF ESTATAL

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL

SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE COLIMA

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO. Que conforme a los artículos 1° fracción III, y 122 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, se crea el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, en lo sucesivo Sistema Estatal de Protección; mediante el cual, el Estado cumple con su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y, en su caso, la restitución integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Dicho Sistema está conformado por las dependencias y entidades de la administración del Estado y de los Municipios, vinculadas con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, encargado de garantizar la participación de los sectores social y privado y, del diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia del ejercicio, respeto, protección y promoción de ésos derechos, así como para garantizar a niñas, niños y adolescentes el máximo bienestar posible, privilegiando su interés superior a través de medidas estructurales, legales, administrativas y presupuestales.

SEGUNDO. Que en el artículo 124 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, en relación con los artículos 14 y 15 del Reglamento de dicha Ley, se establece la forma y términos en que se integra la estructura orgánica del Sistema Estatal de Protección, quedando con el carácter de miembros las ocho personas que funjan como Representantes de la Sociedad Civil.

TERCERO. Que Las ocho personas que habrán de fungir como Representantes de la Sociedad Civil, con el carácter de miembros del Sistema Estatal de Protección, serán nombrados previo el procedimiento de elección previsto en las bases de la presente Convocatoria, que será publicada en el Periódico Oficial del Estado y, en los medios físicos y electrónicos que determine la Secretaría Ejecutiva del referido Sistema, para su mayor difusión.

CUARTO. Que conforme a los artículos 14 y 15 del citado Reglamento, las ocho personas que fungirán como Representantes de la Sociedad Civil, permanecerán cuatro años en el cargo y no recibirán emolumento o contraprestación económica, por su desempeño como miembros del Sistema Estatal de Protección.

Con base en lo expuesto, se tiene a bien emitir la siguiente:

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE OCHO PERSONAS QUE FUNGIRÁN COMO REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL, EN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE COLIMA

B A S E S:

  1. DEL OBJETO

    El objeto de la presente Convocatoria Pública, consta en establecer las bases para el proceso de elección de ocho personas, que fungirán como Representantes de la Sociedad Civil en el Sistema Estatal de Protección, quienes permanecerán cuatro años en el cargo, sin recibir emolumento o contraprestación económica por su desempeño como miembros integrantes del citado Sistema.

  2. DE LAS Y LOS PARTICIPANTES

    Esta Convocatoria se encuentra dirigida a Instituciones Académicas y Organizaciones de la Sociedad Civil para que propongan personas especialistas en la defensa o promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes o, de los derechos humanos, y que cuenten con experiencia en trabajo relacionado con niñas, niños y adolescentes.

  3. DE LAS PERSONAS PROPUESTAS PARA LAS CANDIDATURAS.

    III.1. REQUISITOS:

    De acuerdo a lo establecido en el artículos 14.2 y 16.1 del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en relación con el artículo 62 del Manual de Organización y Operación del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima; Toda persona que sea propuesta como candidata para fungir como miembro Representante de la Sociedad Civil del Sistema Estatal de Protección, deberá cumplir con los requisitos...

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