Acuerdo. Por el que se aprueba la convocatoria que regula el procedimiento de la o el nuevo integrante del comité de participación ciudadana del sistema anticorrupción ciudadana del sistema anticorrupción del Estado de Tlaxcala.

Fecha de publicación26 Julio 2019
Número de GacetaEXT
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA LXIII LEGISLATURA “2019, Conmemoración de los 500 años de mestizaje”

ACUERDO ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 y 54 fracción LXII, 55, 56 fracción I y 112 Bis fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 5 fracción II, 7, 9 fracción III, 51 y 53 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 15, 16 17, 18 y 35 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala, la Comisión Permanente de la Sexagésima Tercera Legislatura aprueba la Convocatoria que regula el procedimiento de elección de la o el nuevo integrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala, para quedar como sigue LA LXIII LEGISLATURA De conformidad con lo dispuesto por el artículo 112 Bis, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, así como los diversos 15, 16, 17, 18 y 35, de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala, a través de la Comisión de Puntos Constitucionales Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos

CONVOCA A las personas y sociedad en general para que postulen aspirantes a ocupar el cargo como integrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala. Lo anterior de acuerdo con las siguientes BASES PRIMERA. Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 112 Bis fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala, se integrará por cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala, los aspirantes a formar parte del Comité de Participación Ciudadana deberán reunir los requisitos establecidos para ser Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del citado Sistema Estatal y durarán en su encargo cinco años. En consecuencia el nombramiento de quien forme parte del Comité de Participación Ciudadana será del quince de agosto del año dos mil diecinueve al catorce de agosto del año dos mil veinticuatro.

La o el nuevo integrante del Comité de Participación Ciudadana no podrá ocupar, durante el tiempo de su gestión, un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza, en los gobiernos federal, estatal o municipal, ni cualquier otro empleo que le impida el libre ejercicio de los...

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