ACUERDO ADMINISTRATIVO POR EL QUE SE TRANSFIEREN LOS EXPEDIENTES EN TRÁMITE Y CONCLUIDOS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA EN LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN, DE LA CONTRALORÍA DEL ESTADO AL INSTITUTO DEL AGUA DEL ESTADO

Fecha de publicación31 Enero 2020
Sección
Pág. 18 PERIÓDICO OFICIAL Enero 31 de 2020
CONTRALORÍA DEL ESTADO
ACUERDO ADMINISTRATIVO POR EL QUE SE TRANSFIEREN LOS EXPEDIENTES EN TRÁMITE Y
CONCLUIDOS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA EN LOS TÉRMINOS QUE SE
INDICAN, DE LA CONTRALORÍA DEL ESTADO AL INSTITUTO DEL AGUA DEL ESTADO.
MTRO. DENNYS EDUARDO GÓMEZ GÓMEZ, Contralor del Estado de Aguascalientes, en ejercicio de las
facultades atribuidas por los artículos 27 fracciones II y XIII, 46, fracciones XIX y XXXIV de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 1°, 3°, fracción XXVII, 7°, fracción I y 8° de la Ley
de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes; 6 y 10 fracciones VI y XXII del
Reglamento Interior de la Contraloría del Estado de Aguascalientes y C.P. MANUEL ARMANDO IBARRA
INFANTE, Director General y representante legal del Instituto del Agua del Estado (INAGUA), en ejercicio
de las facultades que le atribuyen los artículos 8° fracción VII, 15 fracciones I y II y 42 fracción I de la Ley
para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado, 10 segundo párrafo fracción I de la Ley de Agua
para el Estado y 14 fracciones I y VI del Reglamento Interior del Instituto del Agua del Estado, publicado el
24 de diciembre de 2019 en el Periódico Oficial del Estado (POE); quienes actúan respectivamente al amparo
de los oficios de nombramiento SGG/N/248/2019 de fecha 16 de diciembre de 2019 y SGG/N/225/2019 de
fecha 12 de noviembre de 2019, inscrito este último en el número 7 del volumen 32 del Registro de Entidades
Paraestatales del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, nombramientos emitidos por
el C.P. Martín Orozco Sandoval, Gobernador Constitucional del Estado y, CONSIDERANDO que:
I. Dentro de los objetivos estratégicos del Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, se encuentra el de propiciar
el desarrollo institucional que impulse la modernización y el mejoramiento en la eficiencia y eficacia de los
servicios.
II. Mediante decreto 164 de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, publicado en el Periódico Oficial del
Estado el 27 de octubre de 2017, se expidió la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Aguascalientes, en cuyo artículo cuarto transitorio se decretó el proceso de extinción del INAGUA., de lo
anterior se desprende que el Instituto del Agua del Estado de Aguascalientes sigue en funciones, sin
embargo, solo realizará actividades tendentes a su extinción, dentro de las cuales no se enlistan aquellas
dirigidas a investigar, substanciar y en su caso resolver y sancionar procedimientos de responsabilidad
administrativa. De igual forma, el párrafo cuarto de dicho artículo transitorio prevé que las Unidades
Administrativas del Instituto se transferirán a la Secretaría de Obras Públicas, y a la Secretaría de
Sustentabilidad, Medio Ambiente y Agua, Dependencias de la Administración Pública Centralizada en
términos del artículo 18, fracciones VII y X de la Ley Orgánica reformada antes citada, según corresponda,
por lo que también se transferirán a dichas dependencias los expedientes, asuntos y procedimientos
pendientes a su cargo, para que sean asumidos por la Secretaría correspondiente, siendo en el caso que nos
ocupa, la Contraloría del Estado quien cuenta con la competencia para realizar la substanciación del presente
Procedimiento de Responsabilidad Administrativa, por ser esta Autoridad el Órgano Interno de Control de la
Administración Pública Centralizada, de conformidad con los artículos 1, 7 fracción I y 8 de la Ley de
Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes, así como 4 y 18 fracción XVI de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes.
III. En virtud a lo anterior, a través del acuerdo administrativo 003 de fecha 1º de febrero de 2018 y publicado
en el Periódico Oficial del Estado en fecha 26 de marzo de 2018, el INAGUA transfirió a la Contraloría del
Estado, los expedientes relativos a responsabilidades administrativas de los servidores y ex servidores
públicos adscritos al citado Instituto, a fin de que ésta ejerciera sus facultades en materia de investigación y
recepción de quejas y denuncias, substanciación, y en su caso resolución y sanción de los
procedimientos de responsabilidad administrativa que resultaran; motivo por el cual la Contraloría del Estado
resultaba competente substanciar y resolver los expedientes relativos a procedimientos de responsabilidad
administrativa seguidos en contra del personal que laboró en el Instituto del Agua del Estado de
Aguascalientes.
IV. Mediante decreto 235 de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, publicado en el Periódico Oficial
del Estado en fecha 11 de noviembre de 2019, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y de la Ley de Agua para el Estado, mismas que
revierten el proceso de extinción del INAGUA, dotándolo nuevamente de funciones, estructura y del marco
normativo necesarios para que reanude sus actividades ordinarias como organismo público descentralizado
de la Administración Pública del Estado, mismo que en términos de lo establecido por los artículos 45, 45 A
y 45 B de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales, al ser un órgano descentralizado deberá
contar con su propio órgano interno de control; estableciéndose dentro de la citada reforma a la Ley Orgánica,
en su artículo sexto transitorio, que a partir del 1º de enero de 2020, el INAGUA debería retomar el
conocimiento, la investigación y sustanciación de los procedimientos de responsabilidad administrativa

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR