Acuerdo 31/2017 por el que se modifica el Sistema de Datos Personales de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México denominado: “Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el Personal Operativo en Activo de la Policía Preventiva de la Ciudad de México”

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Mayo de 2017

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SUPERINTENDENTE GENERAL, LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México con fundamento en los artículos 15, fracción X, y párrafo segundo, 16 fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 8° fracción III, de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 6 y 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la seguridad pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad física de las personas y sus bienes, la cual se lleva a cabo por instituciones policiales, como lo es la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.

Que las y los integrantes de la Policía de la Ciudad de México rigen su actuación por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.

Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que la Secretaría de Seguridad Pública tiene la atribución de realizar, en el ámbito territorial y material de la Ciudad de México, las acciones dirigidas a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, entre las que se encuentra el apoyo a la población en situaciones de emergencia y desastres naturales, asimismo define a la Policía como la institución armada, disciplinada y jerarquizada de naturaleza civil, garante de los derechos humanos, de la integridad física y patrimonial de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México.

Que es facultad del Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, ejercer el mando directo de la policía, así como de designar y remover libremente a los servidores públicos titulares de la Unidades Administrativas y Unidades Administrativas Policiales y expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases conducentes al buen desempeño de las funciones de la Secretaría.

Que la Policía Preventiva forma parte de la Policía de la Ciudad de México.

Que uno de los Programas que ha instrumentado el Gobierno de la Ciudad de México y en particular la Secretaría de Seguridad Pública para beneficio del personal que ha cumplido determinada edad y años de servicio, y desean dar por terminada su relación laboral con esta Dependencia, es el de Baja Voluntaria, en el que el personal interesado en acogerse a este beneficio tiene la posibilidad de recibir una importante retribución extraordinaria por concepto de indemnización por una sola vez, adicional a la pensión por jubilación que por ley les corresponde.

Que corresponde a cada ente público...

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