Acuerdo 10-46/2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO 10-46/2014

En cumplimiento a lo ordenado en Acuerdo 10-46/2014, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en sesión plenaria extraordinaria celebrada el día veintitrés de octubre de dos mil catorce, se hace del conocimiento de los servidores públicos, litigantes, postulantes y público en general, que este Órgano Colegiado determinó aprobar la modificación de los siguientes Sistemas de Datos Personales en posesión de este H. Tribunal, en los siguientes términos:

CONSIDERANDO

  1. Se realiza la presente publicación de conformidad con el Artículo sexto y séptimo de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, que dispone que corresponde a cada ente público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de Sistemas de Datos Personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia y que se deberá publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal;

  2. Que de conformidad con lo establecido en el artículo Transitorio Tercero de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal y el Acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado por el pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal el diez de marzo de dos mil diez, los Sistemas de Datos Personales que se MODIFICAN mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

  3. Que los sistemas de datos personales inscritos en el RESDP por este H. Tribunal fueron considerados preexistentes a la entrada en vigor de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo cual en atención al principio de no retroactividad de la Ley establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no fue necesario publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, su creación.

  4. Que en cumplimiento a los Acuerdos 0825/SO/03-07/2013 de fecha tres de julio de dos mil trece y 0795/SO/04-07/2012 de fecha cuatro de julio de dos mil doce, emitidos por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, y considerando que los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se realizan las modificaciones establecidas en los numerales 5 y 6 del presente acuerdo.

  5. Es así, que derivado de las reformas al Capítulo IV del Título Sexto y los artículos 107, 108, el primer párrafo y las fracciones IV y V del artículo 109, el primer párrafo y las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 110, el artículo 111, el párrafo primero y las fracciones II y III del artículo 112, el artículo 114, el párrafo primero, la fracción I, el inciso f) de la fracción III y las fracciones IV, V, VI, VIII, IX y X del artículo 115, los artículos 116, 118, 119 y 120; y se adicionan los artículos 111 bis, 111 bis 1 y 186 bis 5; todos ellos de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en fecha 27 de julio de 2012, se cambia el nombre del SERVICIO MÉDICO FORENSE por el de INSTITUTO DE CIENCIAS FORENSES.

  6. Derivado de las actualizaciones realizadas a los Sistemas de Datos Personales: "Registro único de profesionales del derecho para su acreditación ante los Juzgados y Salas del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal", "Sistema Informático de Evaluación Psicológica "SIEVPS", Sistema Integral de Convivencias y entregas de menor y de control de acceso "SICOEM" y "SICA", "Sistema del expediente único del niño", "Sistema de expedientes individuales de personal del CENDI", "Sistema de solicitud del servicio de Mediación Penal y de Justicia para Adolescentes.", "Sistema de solicitud del servicio de Mediación Familiar.", "Sistema de solicitud del servicio de Mediación Civil-Mercantil.", "Sistema de base de datos de Consignaciones Civiles", "Asuntos de la Dirección Jurídica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal", "Sistema de Datos Personales relativo al Servicio Social y Practicas Profesionales dentro del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal", "Registro de asistentes y ponentes de eventos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal", "Registro de aspirantes a formar parte de la lista de peritos auxiliares en la administración de justicia ", "Registro de asistentes a cursos de capacitación", "Registro de concursos de oposición", "Administración y control escolar", "Sistema de nómina", "Sistema de expedientes personales", "Base de datos personales de certificación de lesiones, valoraciones psiquiátricas y psicológicas a petición de autoridad", "Sistema de Información para integrar la Estadística en materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal", "Sistema Integral para la Consulta de Resoluciones (SICOR)", éstos han sido modificados en su finalidad, normatividad, origen de los datos, y cesiones.

  7. Por lo que de conformidad con el artículo siete de la Ley en comento, los sistemas referidos en los puntos 5 Y 6 se constituirán de la siguiente forma:

    "Base de datos personales de certificación de lesiones, valoraciones Psiquiátricas y psicológicas a petición de autoridad"

  8. - Finalidad o uso previsto: este sistema tiene por finalidad recabar datos personales para la realización de certificaciones definitivas de lesiones, valoraciones psiquiátricas y psicológicas, requeridas por autoridades ministeriales y/o judiciales, en el ámbito local y/o federal.

  9. - Normatividad aplicable: 1.- Artículos 6 párrafo segundo fracción II; 16 párrafo segundo y 108 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Última reforma DOF: 07/06/2014). 2.- Artículos 4 fracciones II, VII, VIII, XV, XVIII, XIX; 10; 36; 37 fracción II; 38 fracción IV; 39 y 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. (Última reforma GODF: 13/03/2014) 3. Artículos 7, 8, 9, 13, 14 y 15 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal (publicada GODF: 03/10/2008) 4. Artículos 1; 3 fracción X, 30 fracciones VI y VII, 31, 32, 33, 34, 35 fracción VIII, 37, 38 y 40 de la Ley de Archivos del Distrito Federal (publicada GODF: 08/10/2008). 5. Artículos 23 y 30 al 32 del Reglamento de la Ley De Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. (Publicado en GODF: 25/11/2011) 6. Numerales 5, 10, 11 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. (Última modificación GODF: 22/11/2013). 7. Artículos 47 fracciones I y IV; 71; 73 párrafo primero de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (DOF: 13/06/2003). 8. Capítulo IV del Título sexto, artículos 107, 108, el primer párrafo y las fracciones IV y V del artículo 109, el primer párrafo y las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 110, el artículo 111, el párrafo primero y las fracciones II y III del artículo 112, el artículo 114, el párrafo primero, la fracción i, el inciso f) de la fracción III y las fracciones IV, V, VI, VIII, IX y X del artículo 115, los artículos 116, 118, 119 y 120, artículos 111 bis, 111 bis 1 y 186 bis 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (GODF: 09-06-2014). 9. Artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica De La Procuraduría General De Justicia Del Distrito Federal (DOF: 20/06/2011). 10. Sección V y VI del Manual de Procedimientos del Servicio Médico Forense. (Aprobado mediante Acuerdo Plenario del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal 256/2009). 11. Artículos 5 y 13 del Reglamento del Servicio Medico Forense del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (GODF 4/04/2007).

  10. - Origen de los datos:

    a.- Origen. Paciente y autoridades ministeriales y/o judiciales, en el ámbito local y/o federal.

    b.- Grupo de personas de las que se obtienen dichos datos. Paciente y autoridades ministeriales y/o judiciales, en el ámbito local y/o federal.

    c.- Forma de recolección de datos. Física.

    d- Medios de actualización. A petición del interesado.

    f.- Tratamiento. Mixta.

  11. - Estructura básica del sistema de datos personales.

    a.- Categoría de los datos personales recolectados.

    1. Datos identificativos: Nombre.

    2. Datos sobre la salud de las personas: Expediente Clínico.

    3. Datos sobre procedimientos administrativos y/o jurisdiccionales: Numero de expediente, partes del juicio y juzgado de procedencia.

    b.- Datos de carácter obligatorio: todos.

  12. - Cesión de datos: Autoridades Jurisdiccionales, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Contraloría del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, Consejo de la Judicatura del Distrito Federal y Auditoria Superior de la Ciudad de México.

  13. -Unidad Administrativa y cargo del responsable:

    1. Instituto de Ciencias Forenses a cargo del Director del Instituto de Ciencias Forenses

  14. - Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento:

    1. Unidad administrativa: Dirección de Información Pública del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

    2. Domicilio Oficial: Calle Niños Héroes, Número 132, planta baja, Colonia Doctores, Delegación...

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